BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS DESTINADAS A APOYAR A LAS EMPRESAS DE ECONOMÍA SOCIAL DE SANTIAGO DE COMPOSTELA 2026
Otras actuaciones de carácter económico
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El presente decreto tiene como objeto establecer las bases reguladoras de unas ayudas destinadas a favorecer el relevo generacional en las empresas de ámbito familiar de Extremadura, a través del desarrollo e implementación de protocolos familiares, acompañado de un servicio de asesoramiento especializado dirigido al diseño, planificación e implantación en las empresas de un plan de relevo en las mismas, de modo que posibiliten una sucesión ordenada que permita su mantenimiento y la profesionalización de su actividad empresarial.
Fomento del Empleo
Investigación, desarrollo e innovación
Fomento del Empleo
1. Las presentes Bases reguladoras y convocatoria tienen por objeto financiar los gastos derivados de la adquisición, dotación y mejora de las instalaciones, edificios, espacios y centros culturales ubicados en las Entidades Locales de la provincia de Toledo.
La presente convocatoria tiene por objeto establecer el régimen general de la participación de las Comisiones de Falla integradas en Junta Central Fallera en el concurso de Presentaciones que se recoge en la misma, edición 2026-2027, con la finalidad de dar a conocer a los representantes de las distintas fallas y promocionar las artes escénicas mediante la representación de un apropósit fallero en valenciano. En este marco, Junta Central establece las bases por las que se regirá el concurso de Presentaciones, en su edición 202 6-2027, en régimen de concurrencia competitiva , de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2.1 El Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda convoca la concesión de becas destinadas a los alumnos de las escuelas municipales de música y danza, que hayan destacado en el curso 2025-2026 y que continúen en el curso 2026-2027. La finalidad de estas becas es fomentar la cultura en las modalidades de música y danza, apoyando la continuidad en la formación de los alumnos que hayan obtenido un mayor rendimiento en el curso anterior, en las citadas disciplinas artísticas.
Es objeto del presente convenio el otorgamiento de la subvención excepcional, a cargo de la aplicación p resupuestaria 31011.33400.4800000 Promoción cultural/Subven. familias e inst i. sin lucro por importe de 58.500,00 €, que representa el 13,65% sobre el total de los gastos que, presupuesta la entidad, a favor de la entidad, que lo acepta destinada a financia r las actividades a desarrollar, descritas en la cláusula cuarta realizadas dentro del municipio de Sant Cugat del Vallès. El 86,35% restante de la financiación necesaria para desarrollar el proyecto, se cubrirá con cuotas, fondos propios de la entidad y con otras subvenciones…
2.1. Estas Bases reguladoras tienen por objeto establecer el régimen jurídico para la concesión, en un régimen de concurrencia competitiva, de ayudas económicas para el apoyo a actividades culturales en relación con la edición de publicaciones, la promoción cultural y las escuelas municipales de música, año 2026.
1. Las presentes Bases reguladoras y convocatoria tienen por objeto impulsar y promover la actividad cultural en los municipios de la provincia de Toledo, promovida por las Entidades privadas culturales sin ánimo de lucro que tengan su domicilio social y fiscal en la provincia de Toledo.
La presente convocatoria tiene por objeto regular la celebración del Concurso Literario de Obras de Teatro, Microteatro, Apropòsits, Sainetes y Patrimonio en valencià, edición 2026- 2027, con la finalidad de fomentar la creación literaria y teatral, promove r el uso del valenciano y contribuir a la difusión del patrimonio cultural fallero. En este marco, Junta Central establece las bases por las que se regirán algunos de los concursos falleros, en su edición 202 6-2027, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
En este sentido se habilita a la Cámara para actuar como Encargado del tratamiento por cuenta del Ayuntamiento de Sant Pere de Ribes en el marco de las actuaciones objeto del presente convenio para llevar a cabo la realización del proyecto “Bons Jove” de acuerdo con términos que constan en el mencionado Anexo I. El tratamiento consistirá en el tratamiento de los datos personales de las personas jóvenes de empadrones 29 años. Concreción de los tratamientos a realizar: recogida, registro, estructuración, modificación, conservación, extracción, consulta, cotejo, limitación, supresión, destrucción.
1. Este real decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones a las administraciones públicas y entidades culturales que se indican en el artículo 3, en aplicación de lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con lo establecido en los apartados 2 y 3 del
Cultura
1.1.- Es objeto de la presente convocatoria la subvención a los ayuntamientos de la provincia que quieran tomar parte en la celebración de becerradas y novilladas con participación de alumnos/as de la Escuela de Tauromaquia. Todo ello de acuerdo con las competencias que el artº. 36.1 b) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, atribuye a la Diputación provincial en materia de asistencia y cooperación económica con los Municipios.
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