Personas jurídicasES523 - Valencia / València

Convocatoria concurso literario de obras de teatro, microteatro, apropòsits, sainetes y patrimonio en valencià 2026-202 · 2027

Título oficial: Convocatoria concurso literario de obras de teatro, microteatro, apropòsits, sainetes y patrimonio en valencià 2026-2027, en régimen de concurrencia competitiva

La presente convocatoria tiene por objeto regular la celebración del Concurso Literario de Obras de Teatro, Microteatro, Apropòsits, Sainetes y Patrimonio en valencià, edición 2026- 2027, con la finalidad de fomentar la creación literaria y teatral, promove r el uso del valenciano y contribuir a la difusión del patrimonio cultural fallero. En este marco, Junta Central establece las bases por las que se regirán algunos de los concursos falleros, en su edición 202 6-2027, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona JUNTA CENTRAL FALLERA.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 3.500,00 €. Plazo: Fin: 19/03/2027.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • - No incurrir en las prohibiciones para ser beneficiaria que se establecen en el art. 13.2 de la LGS.
  • - Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y no tener deudas en período ejecutivo con el Ayuntamiento de València.
  • - No tener pendiente de justificar subvenciones anteriores concedidas por el Ayuntamiento de València cuando el plazo de justificación de las mismas hubiera acabado. La apreciación
  • - PUBLICACION DE LA CONVOCATORIA Y FORMALIZACIÓN DE LAS
  • - ÓRGANO COMPETENTE PARA LA VALORACIÓN DE LOS CONCURSOS El Anexo I especificará las condiciones, composición y funcionamiento del jurado que valorará cada concurso fallero, que será nombrado por la Junta Central Fallera. El Jurado estará facultado para interpretar las bases de cada uno de los concursos, y podrá decidir sobre aquellas cuestiones no previstas en las mismas.
  • - CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LOS CONCURSOS Los criterios de valoración se especificarán para cada uno de los concursos en el Anexo I.
  • - IMPORTE DE LAS SUBVENCIONES La cuantía de cada una de las subvenciones que llevan aparejadas los premios son las que se relacionan en el Anexo I para cada uno de los concursos falleros. Oportunamente, y a través de la Secretaría Virtual y de la página web de la JCF, se indicará
  • RESOLUCIÓ 8/21 el día, la hora y el lugar para la entrega de los premios. Previamente al cobro de los premios los beneficiarios deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como con la Hacienda Municipal. A tal efecto, la inscripción en el concurso conlleva la autorización expresa a Junta Central Fallera para solicitar ambos datos a la Tesorería General de la Seguridad Social y a la Agencia Tributaria de forma telemática. El pago de las subvenciones se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por los beneficiarios, no requiriendo aceptación expresa del ganador del premio. Todas las comisiones participantes recibirán un banderín como recuerdo de su participación.
  • - INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN A la vista del acta de los jurados y las propuestas de las distintas delegaciones, la Presidencia de Junta Central Fallera, procederá al reconocimiento de los premios y pago de las subvenciones. El acuerdo por el que se conceden los premios a cargo de Junta Central Fallera pone fin a la vía administrativa. El acuerdo de aprobación de los premios deberá publicarse en la web de Junta Central Fallera. Contra dicho acuerdo podrá interponerse o bien el recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución, o bien, directamente el recurso contencioso -administrativo ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución.
  • - ACEPTACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS La inscripción en las convocatorias supone la aceptación íntegra de las normas contenidas en la misma, la interpretación de las cuales será potestad de Junta Central Fallera. Los datos registrados por los participantes serán recogidos y tratados conforme lo dispuesto en Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, pudiéndose ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición mediante instancia. La aceptación de estas bases implica la cesión de derechos de imagen de los participantes a Junta Central Fallera para que pueda divulgar y dar publicidad del concurso o actividad en sus redes sociales, página web y/o publicaciones. Cualquier otra circunst ancia deberá comunicarla por escrito en el momento de la inscripción

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

La presente convocatoria tiene por objeto regular la celebración del Concurso Literario de Obras de Teatro, Microteatro, Apropòsits, Sainetes y Patrimonio en valencià, edición 2026- 2027, con la finalidad de fomentar la creación literaria y teatral, promove r el uso del valenciano y contribuir a la difusión del patrimonio cultural fallero. En este marco, Junta Central establece las bases por las que se regirán algunos de los concursos falleros, en su edición 202 6-2027, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.