SUBVENCIONES NOMINATIVAS 2026
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Otorgar al Ajuntament de Banyoles una subvención nominativa por el importe detallado en el
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Sanidad
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1. Esta Ordenanza tiene por objeto establecer las n ormas generales para la solicitud, la concesión, la justificación y el pago de las subvenciones que otorguen las entidades incluidas dentro del ámbito de aplicación subjetivo del artículo 2, al amparo de lo que establece el título III del Decreto 179/1995, de 13 de junio, por el cual se aprueba el Reglament o de obras, actividades y servicios de los entes locales; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Genera l de Subvenciones (en adelante LGS), y el reglamento que la desarrolla, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante
Otras actuaciones de carácter económico
1. Esta Ordenanza tiene por objeto establecer las n ormas generales para la solicitud, la concesión, la justificación y el pago de las subvenciones que otorguen las entidades incluidas dentro del ámbito de aplicación subjetivo del artículo 2, al amparo de lo que establece el título III del Decreto 179/1995, de 13 de junio, por el cual se aprueba el Reglament o de obras, actividades y servicios de los entes locales; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Genera l de Subvenciones (en adelante LGS), y el reglamento que la desarrolla, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante
1. Esta Ordenanza tiene por objeto establecer las normas generales para la solicitud, la concesión, la justificación y el pago de las subvenciones que otorguen las entidades incluidas dentro del ámbito de aplicación subjetivo del artículo 2, al amparo de lo que establece el título III del Decreto 179/1995, de 13 de junio, por el cual se aprueba el Reglamento de obras, actividades y servicios de los entes locales; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS) , y el reglamento que la desarrolla, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante
1. Esta Ordenanza tiene por objeto establecer las normas generales para la solicitud, la concesión, la justificación y el pago de las subvenciones que otorguen las entidades incluidas dentro del ámbito de aplicación subjetivo del artículo 2, al amparo de lo que establece el título III del Decreto 179/1995, de 13 de junio, por el cual se aprueba el Reglamento de obras, actividades y servicios de los entes locales; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), y el reglamento que la desarrolla, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante
Servicios Sociales y Promoción Social
1. Esta Ordenanza tiene por objeto establecer las normas generales para la solicitud, la concesión, la justificación y el pago de las subvenciones que otorguen las entidades incluidas dentro del ámbito de aplicación subjetivo del artículo 2, al amparo de lo que establece el título III del Decreto 179/1995, de 13 de junio, por el cual se aprueba el Reglamento de obras, actividades y servicios de los entes locales; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), y el reglamento que la desarrolla, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante