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Acuerdo de la Junta de Castilla y León por la que se autoriza la concesión directa una subvención a las diputaciones pr…

Título oficial: Acuerdo de la Junta de Castilla y León por la que se autoriza la concesión directa una subvención a las diputaciones provinciales de León, Zamora y Salamanca. Fase IV

La subvención concedida de forma directa a las Diputaciones Provinciales de León, Zamora y Salamanca tiene como objeto la financiación de los gastos derivados de una cuarta fase de implementación de sus Centros de Innovación Social para el Desarrollo Local Sostenible (en adelante CIS). La finalidad que se pretende es apoyar una iniciativa que ayude a la dinamización económica y social de la respectiva provincia Para ello, serán subvencionables los costes derivados de la contratación temporal de un técnico en cada diputación provincial que cuente con un grado, licenciatura o diplomatura, durante un período máximo de doce meses y mínimo de seis, a jornada completa…

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES413 - León, ES415 - Salamanca, ES419 - Zamora. La gestiona CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 75.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas con motivo de la concesión de la subvención revestirá la forma de cuenta justificativa simplificada de los gastos realizados, con el
  • Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y los resultados obtenidos.
  • Relación clasificada de los gastos e inversiones, con identificador del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. La relación deberá incluir de forma clara y concisa el concepto correspondiente a cada uno de los gastos e inversiones que se detallan en la misma, a los efectos de acreditar que se corresponde con una actividad incluida en el objeto de la subvención.
  • Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
  • El importe de la subvención concedida se justificará como máximo el 30 de septiembre de 2027, inclusive. Este plazo podrá ser prorrogado por el Consejero de la Presidencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 42 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

La subvención concedida de forma directa a las Diputaciones Provinciales de León, Zamora y Salamanca tiene como objeto la financiación de los gastos derivados de una cuarta fase de implementación de sus Centros de Innovación Social para el Desarrollo Local Sostenible (en adelante CIS). La finalidad que se pretende es apoyar una iniciativa que ayude a la dinamización económica y social de la respectiva provincia Para ello, serán subvencionables los costes derivados de la contratación temporal de un técnico en cada diputación provincial que cuente con un grado, licenciatura o diplomatura, durante un período máximo de doce meses y mínimo de seis, a jornada completa. Se entienden subvencionables los gastos efectivamente pagados con anterioridad al fin del periodo de justificación, incluida, en su caso, la prórroga de este.