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Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Presidencia, por la que se instrumenta la dotación de crédito, al Institut Val · 2026

Título oficial: RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2026, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Presidencia, por la que se instrumenta la dotación de crédito, al Institut Valencià de la Joventut, para la gestión de las campañas de actividades náuticas "A la mar" 2026.

Cultura

En resumen: Está orientada a AMPAS, Personas jurídicas, Jóvenes. Su ámbito territorial es ES52 - COMUNIDAD VALENCIANA. La gestiona SECRETARÍA AUTONÓMICA DE POLÍTICA INSTITUCIONAL Y COHESIÓN TERRITORIAL.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: AMPAS, Personas jurídicas, Jóvenes.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 420.000,00 €. Inicio: 09/10/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que deberá contener los documentos
  • 1.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la entidad interesada podrá interponer los recursos siguientes:
  • Potestativamente, recurso de reposición ante la Presidencia de la Generalitat, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la notificación de esta resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos 112,113 y 124 de la Ley 39/201 5, de 1 de octubre, teniendo en cuenta que no es posible simultanear el recurso contencioso - administrativo y el potestativo de reposición.
  • Directamente recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la notificación de esta resolución, de conformidad con lo que disponen los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso - administrativo. Todo esto sin perjuicio de que la entidad interesada pueda ejercitar cualquier otra vía que estimen oportuna. Se hace constar que la presente resolución se ha adoptado por delegación de competencias y se considera dictada por el órgano delegante en virtud del artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público en consonancia con el resuelvo noveno, letra e) de la Resolución de 11 de abril de 2026, del vicepresidente segundo y conseller de Presidencia, por la cual se delegan determinadas atribuciones en diferentes órganos de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Presidencia (DOGV núm. 10342 de 15.4.2026). València, a la fecha de la firma electrónica (p.d Resolución de 11 de abril de 2026 - DOGV núm. 10342 de 15.4.2026)

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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