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Agricultura, Pesca y Alimentación

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES120 - Asturias. La gestiona CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL Y POLÍTICA AGRARIA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

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    Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos
  • documentation
    Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendrá:
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    Gastos de personal: acreditación de estar al corriente en el pago de las nóminas y Seguridad Social del personal imputado con indicación expresa de: datos de identificación del personal, horas o periodo imputado, costes de nómina y Seguridad Social.
  • documentation
    Relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago, facturas de las actuaciones realizadas y justificantes del pago de esas facturas. El pago deberá acreditarse mediante justificantes bancarios. Las facturas y justificantes deberán ser emitidos a su nombre, no resultando posible que dicha justificación se realice por documento expedido a entidad distinta.
  • documentation
    Declaración responsable de la persona representante de la asociación comprensivo de las subvenciones o ayudas concedidas para la misma finalidad por otras administraciones u organismos públicos, así como los recursos propios aportados, con indicación de sus respectivas cuantías, o, en su caso, informe negativo sobre dichos extremos.
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    Ejecutar el objeto que fundamenta la concesión de subvención.
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    Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determine la concesión de la subvención.
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    Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionables.
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    Someterse a las actuaciones de comprobación recogidas en el artículo 14.c) de la Ley 8/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como cualquier otra de
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    Adoptar las medidas de difusión previstas en el apartado 4 del artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
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    Asimismo, deberá cumplir el resto de las obligaciones que a las entidades beneficiarias impone el artículo 14 de la LGS. Undécimo.- Información y publicidad de las actuaciones financiadas . Las intervenciones cofinanciadas deben satisfacer el principio de información y publicidad, con el objetivo de dar notoriedad y transparencia a la actuación por parte del Principado de
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    Asturias, por tanto, deberá comprometerse a:
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    Informar al público de la ayuda obtenida
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    Informar de la ayuda obtenida en toda la documentación distribuida relacionada o como consecuencia de la actividad cofinanciada.
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    Incluir en toda la documentación generada el logo de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria en carteles, placas conmemorativas, materiales impresos o medios electrónicos o audiovisuales.
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    Facilitar toda la información relativa al cumplimiento de los requisitos en materia de información y publicidad, sometiéndose a la verificación previa a la certificación de gastos y comunicando cualquier incidencia en todo lo relativo a la implementación de estas medidas.
  • documentation
    Tener a disposición del órgano tramitador, toda la documentación e información gráfica que facilite el control acerca de la aplicación de todas las medidas en materia de información y publicidad que estuviese obligado a llevar a cabo.
  • documentation
    Adoptar las medidas de difusión previstas en el apartado 4 del artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para lo cual deberá incluir la imagen corporativa de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria como mínimo al mismo tamaño y/o tiempo de exposición que la imagen corporativa del beneficiario.
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    Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones. Duodécimo.- El seguimiento de la actividad subvencionada corresponde a la Consejería de Rural y Política Territorial, quien establecerá los procedimientos adecuados para ello y podrá, asimismo, designar los órganos, comisiones o expertos que estime necesarios para realizar las oportunas actuaciones de seguimiento y comprobación de la aplicación de la ayuda. Decimotercero.- El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente resolución dará lugar al reintegro total o parcial del importe de la subvención, así como la exigencia del interés de demora que corresponda. El procedimiento de reintegro se ajustará a lo dispuesto en el Título II de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, en el Título III del Real Decreto 887/2006, por el que se aprueba el
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    DECLARA RESPONSABLEMENTE: Que la asociación no esta incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Agricultura, Pesca y Alimentación