Personas jurídicasES423 - Cuenca

SUBVENCIONES PARA YACIMIENTOS ROMANOS Y PRERROMANOS 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES423 - Cuenca. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 150.000,00 €. Inicio: 01/10/2026. Plazo: Fin: 27/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Asimismo y gracias al mismo se podrán llegar a alcanzar los siguientes objetivos: Objetivos Estratégicos Generales, de conformidad con el marco competencial contenido en la Le y 7/1985, y demás normativa de carácter sectorial, en los términos referidos en el apartado del presente plan, se
  • Asegurar la prestación integral y adecuada de los servicios municipales obligatorios, mediante la asistencia econó mica a los municipios, especialmente a los de menor capacidad económica y de gestión. Servicio de Turismo, Ferias y Patrimonio Expediente 1850124R
  • Asistir económicamente a los municipios en la prestación de otros servicios de su competencia.
  • Cooperar al fomento del desarrollo económico y social de la provincia, a tr avés la concesión de ayudas económicas a los municipios y, en caso de ser la vía más adecuada, a otras personas físicas o jurídicas.
  • Uno de los ejes estratégicos de la Diputación es la recuperación del patrimonio. El patrimonio provincial va más allá de su vertiente cultural. Es un recurso turístico, un dinamizador del territorio y un motor de desarrollo económico y laboral que es inherente a toda la provincia. Por ello, se apuesta firmemente por su recuperación, conservación y difusión, tanto del material como del inmaterial, y de manera específica por el artístico.
  • La promoción y protección de los productos autóctonos de la provincia.
  • Realización de cuantos actos se crea conveniente encaminados a la atracción del turismo.
  • Colaboración con el sector privado.
  • SEGUNDO.- OBJETO, CONDICIONES Y FINALIDAD DE LA SUBVENCIÓN La presente convocatoria tiene por objeto financiar, en régimen de concurrencia competitiva, gastos corrientes directamente vinculados a a ctuaciones de gestión, mantenimiento, conservación preventiva, protección, difusión, uso cultural y puesta en valor de yacimientos arqueológicos de época romana y prerromana de la provincia de Cuenca de titularidad pública y gestión municipal. Las actuaciones subvencionables deberán estar orientadas a garantizar la adecuada conservación preventiva y mantenimiento ordinario del patrimonio arqueológico, mejorar las condiciones de visita y uso público, favorecer su conocimiento y difusión, e impulsar su utiliz ación como recurso cultural, educativo y turístico, de conformidad con la normativa vigente en materia de patrimonio histórico. En ningún caso podrán financiarse con cargo a esta convocatoria inversiones reales ni gastos que, por su naturaleza, deban impu tarse presupuestariamente a capítulos de inversión, aun cuando estén relacionados con el yacimiento arqueológico. Serán objeto de financiación los gastos corrientes vinculados, entre otros, a las siguientes líneas de
  • La conservación preventiva y el mantenimiento ordinario de los bienes arqueológicos y de su entorno inmediato.
  • La prevención de riesgos de deterioro y la protección ordinaria del patrimonio.
  • La documentación, interpretación y planificación puntual de la gestión del yacimiento.
  • La difusión cultural y la promoción turística de carácter anual vinculadas al yacimiento.
  • La mejora de las condiciones de visita y uso público mediante actuaciones no estructurales y no inventariables.
  • La prestación de servicios de atención al visitante, visitas guiadas, mediación cultural y actividades educativas o divulgativas. Las actuaciones subvencionadas deberán respetar los criterios de conservación del patrimonio arqueológico y contar, cuando resulte preceptivo, con las autorizaciones establecidas por la normativa de patrimonio histórico de Castilla-La Mancha.
  • TERCERO.- PERIODO DE EJECUCIÓN Las subvenciones concedidas al amparo de esta convocatoria deberán destinarse a financiar los gastos elegibles que se realicen durante la anualidad 2026 y hasta el 31 de octubre de 2027.
  • Cumplir los requisitos generales establecidos en la presente convocatoria.
  • No haber recibido de la Diputación de Cuenca alguna subvención o ayuda para los mismos o similares fines durante el vigente ejercicio presupuestario, salvo que la compatibilidad ven ga expresamente prevista y no exista doble financiación del mismo gasto. A estos efectos, la compatibilidad general con otras subvenciones prevista en el artículo 21 de estas normas no será aplicable cuando se trate de ayudas concedidas por la propia Dipu tación de Cuenca para el mismo objeto, rigiendo en tal caso la limitación establecida en el párrafo anterior.
  • No tener pendiente de justificación subvenciones concedidas por la Diputación de Cuenca una vez expirado el plazo de justificación.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones, y no estar incursos en ninguna otra de las circunstancias recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de acuerdo con lo establecido en los artículos 16 y siguientes del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • SEXTO.- GASTOS SUBVENCIONABLES ......................................................................................... · eligible
    Asegurar la prestación integral y adecuada de los servicios municipales obligatorios, mediante la asistencia econó mica a los municipios, especialmente a los de menor capacidad económica y de gestión. Servicio de Turismo, Ferias y Patrimonio Expediente 1850124R
  • SEXTO.- GASTOS SUBVENCIONABLES ......................................................................................... · eligible
    Asistir económicamente a los municipios en la prestación de otros servicios de su competencia.
  • SEXTO.- GASTOS SUBVENCIONABLES ......................................................................................... · eligible
    Cooperar al fomento del desarrollo económico y social de la provincia, a tr avés la concesión de ayudas económicas a los municipios y, en caso de ser la vía más adecuada, a otras personas físicas o jurídicas.
  • SEXTO.- GASTOS SUBVENCIONABLES ......................................................................................... · eligible
    Uno de los ejes estratégicos de la Diputación es la recuperación del patrimonio. El patrimonio provincial va más allá de su vertiente cultural. Es un recurso turístico, un dinamizador del territorio y un motor de desarrollo económico y laboral que es inherente a toda la provincia. Por ello, se apuesta firmemente por su recuperación, conservación y difusión, tanto del material como del inmaterial, y de manera específica por el artístico.
  • SEXTO.- GASTOS SUBVENCIONABLES ......................................................................................... · eligible
    La promoción y protección de los productos autóctonos de la provincia.
  • SEXTO.- GASTOS SUBVENCIONABLES ......................................................................................... · eligible
    Realización de cuantos actos se crea conveniente encaminados a la atracción del turismo.
  • SEXTO.- GASTOS SUBVENCIONABLES ......................................................................................... · eligible
    Colaboración con el sector privado.
  • SEXTO.- GASTOS SUBVENCIONABLES ......................................................................................... · eligible
    SEGUNDO.- OBJETO, CONDICIONES Y FINALIDAD DE LA SUBVENCIÓN La presente convocatoria tiene por objeto financiar, en régimen de concurrencia competitiva, gastos corrientes directamente vinculados a a ctuaciones de gestión, mantenimiento, conservación preventiva, protección, difusión, uso cultural y puesta en valor de yacimientos arqueológicos de época romana y prerromana de la provincia de Cuenca de titularidad pública y gestión municipal. Las actuaciones subvencionables deberán estar orientadas a garantizar la adecuada conservación preventiva y mantenimiento ordinario del patrimonio arqueológico, mejorar las condiciones de visita y uso público, favorecer su conocimiento y difusión, e impulsar su utiliz ación como recurso cultural, educativo y turístico, de conformidad con la normativa vigente en materia de patrimonio histórico. En ningún caso podrán financiarse con cargo a esta convocatoria inversiones reales ni gastos que, por su naturaleza, deban impu tarse presupuestariamente a capítulos de inversión, aun cuando estén relacionados con el yacimiento arqueológico. Serán objeto de financiación los gastos corrientes vinculados, entre otros, a las siguientes líneas de
  • SEXTO.- GASTOS SUBVENCIONABLES ......................................................................................... · eligible
    La conservación preventiva y el mantenimiento ordinario de los bienes arqueológicos y de su entorno inmediato.
  • SEXTO.- GASTOS SUBVENCIONABLES ......................................................................................... · eligible
    La prevención de riesgos de deterioro y la protección ordinaria del patrimonio.
  • SEXTO.- GASTOS SUBVENCIONABLES ......................................................................................... · eligible
    La documentación, interpretación y planificación puntual de la gestión del yacimiento.
  • SEXTO.- GASTOS SUBVENCIONABLES ......................................................................................... · eligible
    La difusión cultural y la promoción turística de carácter anual vinculadas al yacimiento.
  • SEXTO.- GASTOS SUBVENCIONABLES ......................................................................................... · eligible
    La mejora de las condiciones de visita y uso público mediante actuaciones no estructurales y no inventariables.
  • SEXTO.- GASTOS SUBVENCIONABLES ......................................................................................... · eligible
    La prestación de servicios de atención al visitante, visitas guiadas, mediación cultural y actividades educativas o divulgativas. Las actuaciones subvencionadas deberán respetar los criterios de conservación del patrimonio arqueológico y contar, cuando resulte preceptivo, con las autorizaciones establecidas por la normativa de patrimonio histórico de Castilla-La Mancha.
  • SEXTO.- GASTOS SUBVENCIONABLES ......................................................................................... · eligible
    TERCERO.- PERIODO DE EJECUCIÓN Las subvenciones concedidas al amparo de esta convocatoria deberán destinarse a financiar los gastos elegibles que se realicen durante la anualidad 2026 y hasta el 31 de octubre de 2027.
  • SEXTO.- GASTOS SUBVENCIONABLES ......................................................................................... · eligible
    CUARTO.- CUANTÍA TOTAL MÁXIMA DE LA CONVOCATORIA Y CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA El presupuesto máximo destinado en el periodo de ejecución previsto en el artículo 3 para la concesión de las subvenciones reguladas en esta convocatoria será de 150.000,00 euros. Este importe irá a cargo de la aplicación presupuestaria 302 942 4620062 denominada “CONVOCATORIA GESTIÓN DE YACIMIENTOS” del Presupuesto de Gastos de la Diputación Provincial para el año 2026.
  • SEXTO.- GASTOS SUBVENCIONABLES ......................................................................................... · eligible
    SEXTO.- GASTOS SUBVENCIONABLES Son gastos subvencionables aquellos gastos de naturaleza corriente que respondan de manera indubitada a la actividad objeto de estas ayudas, sean estrictamente necesa rios, se encuentren directamente vinculados al yacimiento arqueológico y se realicen durante el período de ejecución previsto en el artículo 3. A estos efectos, y dada la finalidad de conservación patrimonial y aprovechamiento cultural y turístico,
  • Quedan expresamente excluidos de los gastos subvencionables: · ineligible
    Los gastos ordinarios de funcionamiento de la entidad no vinculados directamente al proyecto.
  • Quedan expresamente excluidos de los gastos subvencionables: · ineligible
    Los gastos protocolarios y de representación.
  • Quedan expresamente excluidos de los gastos subvencionables: · ineligible
    La adquisición de terrenos o inmuebles.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Cultura