SUBVENCIONES REHABILITACIÓN DE FACHADAS (LÍNEA 1 Y LÍNEA 2). ANUALIDAD 2026

Acceso a la vivienda y fomento de la edificación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Personas jurídicas, Vivienda y alquiler. Su ámbito territorial es ES521 - Alicante / Alacant. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CALP.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Con carácter general, los solicitantes deberán cumplir los siguientes:
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Tesorería General de la Seguridad Social, así como no haber contraído ninguna deuda pendiente con el Ayuntamiento de Calp debiendo mantener este requisito desde la solicitud de subvención hasta alcanzar la condición de persona beneficiaria de la subvención.
  • Hallarse al corriente de pago, en su caso, de obligaciones por reintegro de subvenciones y no haber sido sancionado, mediante resolución firme, con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según la Ley General de Subvenciones o Ley General Tributaria.
  • Facilitar al Departamento de Subvenciones las labores de inspección, comprobación y control financiero, que sean requeridas para seguimiento, control y comprobación de la ejecución de las actividades objeto de la subvención, según lo dispuesto en el art.46 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Presentar la solicitud y el resto de documentación correspondiente en tiempo y forma.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de la subvención durante un periodo de cuatro años desde la concesión de la subvención.
  • Todas aquellas actuaciones que así lo requieran por su relevancia, deberán obtener las preceptivas licencias municipales o en su caso la presentación de declaración responsable para su ejecución.
  • Con carácter específico, además se deberán cumplir los siguientes: LÍNEA 1: Las personas beneficiarias de las subvenciones de la Línea 1 deberán cumplir asimismo
  • Ninguna instalación de refrigeración, acondicionamiento de aire, evacuación de humos o extractores, antenas de comunicación y demás elementos análogos, podrá sobresalir del plano de fachada exterior, ni perjudicar la estética de la misma.
  • La instalación de aparatos de aire acondicionado no será visible desde la vía pública. Requerirá un estudio del alzado del edificio, no pudiendo instalarse sino en la posición en que menos perjudique a la estética de la fachada.
  • Los equipos de acondicionamiento o extracción de aire en locales situados en alineación exterior, no podrá tener salida a fachada a menos de tres metros sobre el nivel de la acera.
  • Las antenas receptoras de señales de televisión vía satélite, deberá emplazarse en el punto del edificio en que menor impacto visual suponga para el medio, debiendo reservarse espacio suficiente Cód. Validación: 6CKZY5KSGTYDD79L2329RFAJ3 Verificación: https://calp.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 9
  • En las actuaciones ejecutadas en el Casco Antiguo, además de los anteriores requisitos, deberán
  • ajustarse a : e.1) Se prohíbe expresamente la ubicación de tendederos y la colocación en medianerías de anuncios y vallas publicitarias. e.2) La colocación de toldos, persianas enrollables, rejas, etc., requerirá de licencia municipal y se exigirá uniformidad en toda la fachada del edificio. e.3) Los cerramientos se acabarán a base de enlucidos, con revocos rústicos o maestreados, pintados en color blanco, siena claro u ocre. Podrán existir zócalos o recercados en huecos, realizados en piedra natural o cemento visto pintado, debiendo evitarse la imagen de falsos mampuestos o grabados superficiales. e.4) No se permitirá la carpintería de aluminio no lacado. Las barandillas metálica de balcones, se pintarán en color negro o grafito, admitiéndose el pasamanos en madera. LÍNEA 2: Las personas beneficiarias de las subvenciones de la Línea 2, junto con los requisitos generales, deberán cumplir asimismo con los requisitos indicados en el anterior apartado e). QUINTO: Órganos competentes para la ordenación, instrucción, valoración y resolución del procedimiento.
  • catastrales, se deberá adjuntar a la solicitud la documentación, que se relaciona a continuación:
  • Nota simple actualizada acreditativa de la titularidad del inmueble.
  • El informe de valoración de las solicitudes será formulado por una Comisión de Valoración. Por cada línea de actuación se nombrará una Comisión de Valoración compuesta por la persona titular de la Concejalía coordinadora del área con competencia en dicha materia, que actuará como presidente/a o persona en quien delegue, el secretario/a, de la corporación o persona en quien delegue, que actuará como secretario/a y tres técnicos municipales nombrados por la persona titular de la Concejalía coordinadora del Área con competencia en materia de Territorio. La designación de los componentes de la referida Comisión de Valoración se efectuará por Decreto de Alcaldía o concejalía en quien delegue. Esta Comisión de Valoración, procederá a la valoración de las solicitudes de conformidad con los requisitos que se determinan en la BASES CUARTA y SÉPTIMA.
  • La Comisión de Valoración podrá solicitar la asistencia de terceras personas, con voz pero sin voto, para que presten asesoramiento técnico sobre cuestiones relativas a las solicitudes de subvención.
  • - Propuesta de resolución provisional.
  • El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración, formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que deberá expresar la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención, indicando la cuantía resultante así como la relación de solicitantes para los que se proponga la desestimación.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Acceso a la vivienda y fomento de la edificación