Clubes deportivosPersonas jurídicasES22 - COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para clubes deportivos y clubes deportivos filiales de Navarra, co · 2026

Título oficial: Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para clubes deportivos y clubes deportivos filiales de Navarra, con equipos que participan en Ligas oficiales de carácter nacional o interautonómico para la temporada 2026-27

Cultura

En resumen: Está orientada a Clubes deportivos, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES22 - COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. La gestiona INSTITUTO NAVARRO DE DEPORTE.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Clubes deportivos, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 2.700.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Autorización para consultar certificado que acredite que el solicitante está al corriente en sus obligaciones tributarias con Hacienda y de sus obligaciones con la Seguridad Social.
  • Declaración de IVA soportado.
  • Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones, para ser beneficiario.
  • Declaración responsable de que la entidad solicitante no está cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria o, en su caso, de no estar pendiente de cumplimiento de una sanción o sentencia condenatoria impuesta por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.
  • Certificado de la veracidad de los importes indicados en los datos económicos de la solicitud.
  • Declaración, en su caso, de que la actividad que se subvenciona ha sido financiada o está previsto financiar con fondos propios u otras subvenciones, ayudas o recursos, cumplimentando al efecto el ANEXO 4.
  • Cumplimentar el ANEXO 5 y acreditar, cuando proceda, que la elección de proveedores ha sido realizada con criterios de eficiencia y economía.
  • En su caso, solicitud de abono por transferencia (únicamente si es la primera vez o se ha modificado la cuenta en que hasta ahora se ingresaba).
  • Calendario oficial y normativa para el desarrollo de la competición (licencias, cuotas de inscripción, arbitrajes, etc.).
  • Listado nominal de las personas que forman el equipo indicando cargo (deportistas, cuerpo técnico, fisioterapeutas…) y categoría de edad.
  • Certificado de la federación correspondiente en el que indique tanto el nombre que se le da a la categoría como el nivel o categoría a nivel nacional y el género (masculino, femenino o mixto) en el que participa el equipo solicitante 8ª.- Ordenación e instrucción
  • 1.- El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de las presentes ayudas económicas será la Subdirección de Atención a Entidades y Rendimiento Deportivo del INDAF. Si la documentación administrativa aportada fuera incompleta o no reuniera los requisitos exigidos de la presente convocatoria, la entidad solicitante será requerida para que, en un plazo de 10 días hábiles, complete la documentación o subsane las deficiencias, con advertencia de que, si no lo hiciera se le tendrá por desistida de su petición, de conformidad con el artículo 19.3 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones. 9ª.- Procedimiento de concesión El procedimiento de concesión de las subvenciones previstas en esta convocatoria se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, de conformidad con lo dispuesto en el
  • Destinar las subvenciones a los fines para los que se conceden, presentar la documentación justificativa en el plazo establecido y admitir y facilitar las comprobaciones requeridas por el INDAF.
  • Acreditar, en su caso, que la contratación de proveedores ha sido realizada de acuerdo a criterios de eficiencia y economía a precios de mercado, conforme al artículo 28.3 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones (Anexo 5)
  • Consignar en la publicidad de todas las competiciones que son objeto de esta convocatoria, la colaboración del Gobierno de Navarra, mediante la inclusión de la imagen corporativa que se señale desde el INDAF en indumentaria de juego, instalaciones de juego y medios de comunicación (electrónicos o audiovisuales, cartelería, paneles de rueda de prensa, materiales impresos…).
  • Los Clubes beneficiarios deberán colaborar en distintas acciones que se propongan desde el INDAF respecto a la Campaña de Valores del Deporte. Por ejemplo: utilización de plotters, pancartas, en encuentros o competiciones significativas, presencia de la Campaña en las presentaciones de los equipos al inicio de la temporada 26-27, participación en acciones formativas al respecto…
  • Garantizar el uso igualitario del lenguaje en todas las comunicaciones, publicaciones, programas, etc. Evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres y fomentar una imagen con valores de igualdad, diversidad, pluralidad de roles y corresponsabilidad.
  • De cara a respetar los derechos lingüísticos de todas las personas, los clubes
  • El club deberá velar por el cumplimiento del Plan de Residuos de Navarra 2017-2027 y Ley Foral 14/2018, 18 de junio, de residuos y su fiscalidad en aquellas jornadas de liga que juegue en casa. Así mismo, deberán cumplirse las medidas de prevención, de separación y gestión de residuos, y de comunicación y sensibilización establecidas en el Decreto Foral 36/2024, de 17 de abril, de Eventos Públicos y Sostenibilidad. A modo ejemplificativo, se
  • No se permitirán envases de un solo uso para la distribución gratuita de bebidas, incluida el agua. En el caso de venta de bebidas, se implantarán alternativas a los envases de un solo uso.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • estas bases reguladoras. En concreto se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Inscripciones y licencias. Incluye pago a Federaciones por participación en ligas, cuotas de licencias abonadas a Federaciones, otras cuotas federativas asociadas a la
  • estas bases reguladoras. En concreto se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Uso y alquiler de instalaciones o en su caso gastos de utilización de instalaciones propias. En gastos de alquiler se aceptarán solamente facturas de alquiler de las instalaciones utilizadas por el equipo para la disputa de la competición y los entrenamientos propios de la modalidad deportiva de que se trate. En el caso de uso de instalaciones propias, en gastos de utilización se incluyen los gastos de mantenimiento de las mismas, en ningún caso se aceptarán materiales no fungibles o inventaríables ni gastos englobados en otros conceptos. A estos gastos calculados se les aplicará el porcentaje de utilización de las instalaciones por el equipo correspondiente debidamente justificado y argumentado. El precio/hora estimado por cada club deberá estar siempre dentro de los precios de mercado tomándose como referencia instalaciones de uso público de similares características en Navarra y provincias limítrofes. Así mismo, deberá ser coherente el número de horas imputadas por uso de las mismas para entrenamientos y competiciones.
  • estas bases reguladoras. En concreto se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Seguridad privada y ambulancias. Incluirá los gastos obligatorios para la disputa de la competición.
  • estas bases reguladoras. En concreto se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · ineligible
    Cuerpo técnico: contratación de entrenadores/as, directores/as técnicos, preparador/a físico/a, fisioterapeutas, auxiliares, nutricionista, masajista y médico/a. Por contratación se entiende que exista un contrato de trabajo con nómina que vincule al Club y al trabajador o un contrato de servicio con su factura correspondiente (incluyendo el IVA en los supuestos en que la ley lo contemple). En el caso de haber una nómina será subvencionable todo el importe bruto más la Seguridad Social a cargo de la empresa. Incluye los gastos en concepto de alquiler de viviendas, que estén incluidos en nómina, a entrenadores/as en el periodo de competición de la temporada en vigor. No serán subvencionables los gastos derivados de la vivienda (luz, agua, contribución, internet, televisión…).
  • estas bases reguladoras. En concreto se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Material deportivo fungible y no inventariable, botiquín e indumentarias indispensables y diferenciadoras (incluye gasto realizado de serigrafía en la misma con el logo del Gobierno de Navarra) del equipo, tanto para el entrenamiento como para los partidos oficiales. En ningún caso será susceptible de subvención el alquiler de ningún tipo de material deportivo, sea inventariable o no inventariable.
  • estas bases reguladoras. En concreto se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Deportistas. Igual que en el caso del personal técnico, deberán estar contratados por el Club y tener una nómina. Incluye los gastos en concepto de alquiler de viviendas que estén incluidos en nómina, a jugadores/as en el periodo de competición de la temporada en vigor. No
  • estas bases reguladoras. En concreto se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Pág..: 7/22 EX.03.0001 Rev.: 1 serán subvencionables los gastos derivados de la vivienda (luz, agua, contribución, internet, televisión…).
  • estas bases reguladoras. En concreto se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Desplazamientos (incluye gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención). Serán subvencionables los gastos de desplazamiento necesarios para llevar a cabo la accion del proyecto subvencionado. Se subvencionará el coste del servicio presentado en la cuenta justificativa. En el caso de coches particulares o propios de la entidad, además de exponer los gastos en la cuenta justificativa, se presentará una declaración responsable de los desplazamientos realizados indicando fecha, lugar de salida y destino, kilómetros realizados, nombre y apellidos de la persona y actividad a la que se desplaza, en este caso se subvencionará un máximo de 0,25€/km.
  • estas bases reguladoras. En concreto se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Comunicación, redes sociales y visibilización del equipo.
  • estas bases reguladoras. En concreto se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Administración y gerencia. Incluye personal contratado en nómina y gastos de asesoría con su factura correspondiente.
  • estas bases reguladoras. En concreto se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    En general cualquier otro gasto que resulte necesario e imprescindible para la participación del equipo en las competiciones contempladas en las bases reguladoras, previo Vº Bº de la Subdirección de Atención a Entidades y Rendimiento Deportivo del INDAF respecto a la adecuación del gasto a la naturaleza de la actividad subvencionada.
  • estas bases reguladoras. En concreto se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    El IVA correspondiente a los gastos previstos en este apartado, cuando no sea susceptible de recuperación o compensación. 6ª.- Cláusula de garantía ante el descenso Con el objetivo máximo de, por una parte, proteger a los clubes deportivos y clubes deportivos filiales de las consecuencias derivadas de un posible descenso de categoría de sus equipos de máximo nivel, y por otra, de paliar los efectos aciagos que este aspecto puede suponer en su capacidad financiera que, en la mayoría de casos, puede llegar a comprometer su solvencia económica y deportiva, se introduce la cláusula en caso de descenso. La adopción de esta medida pretende dar respuesta al cambiante entorno deportivo y financiero que supone un descenso de la máxima categoría, dando el apoyo necesario que favorezca el retorno de los equipos a la máxima categoría de competición en el menor tiempo posible. En el Anexo 2 de la presente convocatoria, se determina las condiciones y criterios de aplicación establecidos. 7ª.- Presentación de solicitudes. Documentación y plazos
  • estas bases reguladoras. En concreto se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    1.- Las solicitudes se presentarán obligatoriamente de manera telemática a través del correspondiente enlace del Catálogo de Trámites del Portal del Gobierno de Navarra en Internet www.navarra.es .
  • estas bases reguladoras. En concreto se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · ineligible
    8 y 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No se tendrán por presentadas aquellas solicitudes que no se ajusten al modelo de solicitud disponible en la ficha de las ayudas y que no se presenten de manera telemática a través de la citada ficha. Por tanto, al tenerse por no presentadas, dichas solicitudes no serán objeto de subsanación. Solamente se aceptará la solicitud de un equipo por instancia presentada. En caso que una solicitud aporte más de un equipo, únicamente se tramitara la solicitud del equipo que, calculando la subvención a percibir, esta sea de mayor cuantía económica en virtud del presupuesto presentado, quedando excluidas el resto de solicitudes aportadas en la instancia.
  • estas bases reguladoras. En concreto se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    2.- El plazo de presentación de la solicitud será de 30 días naturales contados desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.
  • estas bases reguladoras. En concreto se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    3.- A la solicitud de subvención se adjuntarán los siguientes documentos que previamente deberán estar firmados digitalmente en documentos separados y debidamente
  • estas bases reguladoras. En concreto se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Formulario de solicitud (ANEXO 3), en él se detallará de manera precisa el presupuesto de ingresos y gastos previsto para el equipo/temporada establecido en las bases reguladoras. Dentro del formulario deberán seleccionarse las casillas correspondientes para que la
  • estas bases reguladoras. En concreto se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Autorización para consultar certificado que acredite que el solicitante está al corriente en sus obligaciones tributarias con Hacienda y de sus obligaciones con la Seguridad Social.
  • estas bases reguladoras. En concreto se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Declaración de IVA soportado.
  • estas bases reguladoras. En concreto se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones, para ser beneficiario.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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