SUBVENCIONES EN REGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA LAS ASOCIACIONES DE PADRES Y MADRES DE ALUMNADO DE LOS CENTROS · 2026

Título oficial: SUBVENCIONES EN REGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA LAS ASOCIACIONES DE PADRES Y MADRES DE ALUMNADO DE LOS CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL, PRIMARIA Y SECUNDARIA DEL MUNICIPIO 2026

El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para las actividades y proyectos realizados por asociaciones de madres y padres del alumnado de los centros docentes (Infantil, Primaria y Secundaria), en régimen de concurrencia competitiva, con la finalidad de financiar iniciativas que redunden y mejoren la labor de la comunidad educativa.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES424 - Guadalajara. La gestiona AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 16.500,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Materiales (incluidos alimentos) para el desarrollo y la organización de las actuaciones relacionadas con el proyecto. Organización y diseño de actividades
  • Gastos relativos al diseño de las actuaciones y la organización de las mismas. Difusión y material publicitario
  • Preciso para la promoción de las actuaciones previstas en el proyecto. Gastos de formación - Pagos a formadores, ponentes o conferenciantes y manuales de formación. Gastos de gestión - Gestoría, licencia de programa informático, app, etc,
  • Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
  • Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
  • Los gastos de procedimientos judiciales.
  • Los gastos de los programas, proyectos, actividades o actuaciones a los/as que ya se destinen, para su ejecución, otros fondos provenientes del Presupuesto Municipal. Plaza de la Constitución, s/n. 19200 Azuqueca de Henares (Guadalajara). Tel: 949 34 80 32 – Fax 949 26 34 90
  • Los gastos del personal al servicio de las asociaciones.
  • Los gastos de telefonía y material de oficina.
  • Los gastos generales de mantenimiento y funcionamiento de las asociaciones.
  • Los gastos de cualquier actuación o actividad que no esté directamente relacionada con el proyecto. Podrán solicitar y ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en las presentes bases las Asociaciones de Padres y Madres de los centros educativos de Infantil, Primaria y Secundaria del municipio, que estén legalmente constituidas y con personalidad jurídica propia, con anterioridad a la fecha de aprobación de las correspondientes convocatorias, que puedan desarrollar o llevar a cabo programas, proyectos, actividades o
  • Las solicitudes de subvención se formalizarán según modelo recogido en la convocatoria, el cual deberá estar firmado por el/la presidente/a de la asociación o por quien tenga conferida la delegación debidamente acreditada, y deberán dirigirse al Excmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares. Plaza de la Constitución, s/n. 19200 Azuqueca de Henares (Guadalajara). Tel: 949 34 80 32 – Fax 949 26 34 90
  • Se presentarán electrónicamente junto con los documentos o informes que en su caso debieran acompañarse, conforme a lo establecido en las bases, en cualquiera de los lugares previstos o en el art. 16.4 en Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo para presentar las solicitudes, así como la documentación que deba acompañarla, es de 10 días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria y de su extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos, se requerirá al solicitante para que la subsane en el plazo de diez días contados desde el siguiente al de recepción del requerimiento, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud. Se admitirá una única solicitud por proyecto. Junto a la solicitud, deberá presentarse en todo caso y de forma obligatoria la siguiente
  • Certificado censal de la asociación.
  • Estatutos de la asociación o entidad solicitante de la presente subvención si no se hubieran presentado en ejercicios anteriores, o éstos hubieran sufrido alguna modificación.
  • NIF del representante de la asociación designado para solicitar la subvención.
  • Certificado expedido por el/la Secretario/a de la asociación o entidad solicitante acreditativo del número de asociados al corriente de pagos de la cuenta, cuando las hubiera, todo ello referido a la fecha de presentación de la solicitud de la subvención.
  • Certificado de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social y con Hacienda.
  • Declaración responsable de no estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de entidad beneficiaria. Se comprobará de oficio que la asociación se encuentra al corriente de sus obligaciones con el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, así como que la misma se encuentra inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones.
  • Ficha de terceros, debidamente cumplimentada, donde figure el número de IBAN y el nombre de la asociación como titular de la cuenta.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • ARTÍCULO 5.- GASTOS SUBVENCIONABLES Y REQUISITOS. · eligible
    Gastos subvencionables: Se consideran gastos subvencionables, de acuerdo con lo establecido en el Art.31.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido.
  • ARTÍCULO 5.- GASTOS SUBVENCIONABLES Y REQUISITOS. · eligible
    En concreto, será objeto de subvención: Los GASTOS CORRIENTES necesarios para el desarrollo de los proyectos y/o las actividades
  • ARTÍCULO 5.- GASTOS SUBVENCIONABLES Y REQUISITOS. · eligible
    Materiales (incluidos alimentos) para el desarrollo y la organización de las actuaciones relacionadas con el proyecto. Organización y diseño de actividades
  • ARTÍCULO 5.- GASTOS SUBVENCIONABLES Y REQUISITOS. · eligible
    Gastos relativos al diseño de las actuaciones y la organización de las mismas. Difusión y material publicitario
  • ARTÍCULO 5.- GASTOS SUBVENCIONABLES Y REQUISITOS. · eligible
    Preciso para la promoción de las actuaciones previstas en el proyecto. Gastos de formación - Pagos a formadores, ponentes o conferenciantes y manuales de formación. Gastos de gestión - Gestoría, licencia de programa informático, app, etc,
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Los gastos de procedimientos judiciales.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Los gastos de los programas, proyectos, actividades o actuaciones a los/as que ya se destinen, para su ejecución, otros fondos provenientes del Presupuesto Municipal. Plaza de la Constitución, s/n. 19200 Azuqueca de Henares (Guadalajara). Tel: 949 34 80 32 – Fax 949 26 34 90
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Los gastos del personal al servicio de las asociaciones.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Los gastos de telefonía y material de oficina.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Los gastos generales de mantenimiento y funcionamiento de las asociaciones.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Los gastos de cualquier actuación o actividad que no esté directamente relacionada con el proyecto. Podrán solicitar y ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en las presentes bases las Asociaciones de Padres y Madres de los centros educativos de Infantil, Primaria y Secundaria del municipio, que estén legalmente constituidas y con personalidad jurídica propia, con anterioridad a la fecha de aprobación de las correspondientes convocatorias, que puedan desarrollar o llevar a cabo programas, proyectos, actividades o
  • ARTÍCULO 10. GASTOS SUBVENCIONABLES Y GASTOS NO SUBVENCIONABLES. · eligible
    Gastos subvencionables: Plaza de la Constitución, s/n. 19200 Azuqueca de Henares (Guadalajara). Tel: 949 34 80 32 – Fax 949 26 34 90
  • ARTÍCULO 10. GASTOS SUBVENCIONABLES Y GASTOS NO SUBVENCIONABLES. · eligible
    Se consideran gastos subvencionables, de acuerdo con lo establecido en el Art.31.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Los gastos de los programas, proyectos, actividades o actuaciones a los/as que ya se destinen, para su ejecución, otros fondos provenientes del Presupuesto Municipal.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Los gastos de cualquier actuación o actividad que no esté directamente relacionada con el proyecto.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para las actividades y proyectos realizados por asociaciones de madres y padres del alumnado de los centros docentes (Infantil, Primaria y Secundaria), en régimen de concurrencia competitiva, con la finalidad de financiar iniciativas que redunden y mejoren la labor de la comunidad educativa.