Personas jurídicasES511 - Barcelona

SUBVENCIONES EN REGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA ACTIVIDADES CULTURALES Y DE CULTURA POPULAR

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SANT SADURNÍ D'ANOIA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 19.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Instancia subscrita por el interesado, en el caso de tratarse de persona física, o por el presidente de la entidad o por quien tenga conferida a suya representación, en la cual se indicará los servicios a que se dirige la solicitud.
  • Modelo 1: Memoria del proyecto/actividad a realizar por el que se pide la subvención y presupuesto previsto de acuerdo con el documento normalizado para cada modalidad.
  • Modelo 2: Declaración responsable sobre las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Modelo 3: Declaración responsable de la concurrencia de los requisitos y cumplimiento de las condiciones.
  • Modelo 4: Documento de los datos bancarios.
  • Modelo 5: Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto.
  • Autovaloración de puntos de los méritos de la subvención.
  • Documento que acredite que se trata de una entidad legalmente constituida, presente a la ECA (base de datos de Entidades culturales y asociaciones del Departamento de Cultura de la Generalitat de Cataluña). En cualquier caso, habrá que tener actualizadas los datos (cambios de Junta o estatutos). Si la entidad o asociación lo ha presentado anteriormente no será necesaria su presentación.
  • Fotocopia del NIF del/de la representante legal. Si la entidad o asociación lo ha presentado anteriormente no será necesaria su presentación.
  • Fotocopia del Número de Identificación Fiscal de la entidad peticionaria. Si la entidad o asociación lo ha presentado anteriormente no será necesaria su presentación.
  • Poderes de representación y/o certificado expedido por el/la Secretario/a de la entidad que acredite la representación legal del/la solicitante. Si la entidad o asociación lo ha presentado anteriormente no será necesaria su presentación.
  • Un ejemplar de los estatutos si es una entidad que por primera vez lo solicita o en el supuesto de que hayan sido modificados. Si la entidad o asociación les ha presentado anteriormente y está inscrita en el Registro Municipal, solo presentará una declaración responsable del suyo prediciendo en el sentido que no ha habido ninguna modificación. El modelo de solicitud y sus anexos tendrán que ser documentos originales firmados por el representante legal de la entidad solicitante. Documentación acreditativa: Documentación que pueda acreditar y justificar los criterios a valorar para el otorgamiento de las subvenciones según modalidad. Únicamente se valorará la documentación aportada y presentada por la entidad.
  • Facturas originales de los gastos derivados de la actividad y/o acontecimiento de la entidad durante el año de la convocatoria y que sean susceptibles de ser subvencionadas. Las facturas tienen que presentarse con justificante de la transferencia bancaria, recibo justificativo del pago si se ha pagado con tarjeta, o recibo firmado, y con el sello del comercio si se ha pagado en efectivo.
  • Las facturas tienen que estar debidamente autenticadas con el nombre de la entidad y con los datos de la empresa o acreedor (NIF y nombre).
  • En caso de que la actividad y/o acontecimiento por el cual se pide la subvención genere documentación escrita o gráfica (propaganda, programas, actas, hojas informativas, etc.) debe figurar el logotipo del Ayuntamiento o de la Concejalía de Cultura.
  • Resumen de las actividades realizadas por la entidad.
  • Resolución La resolución del procedimiento pondrá fin a la vía administrativa, y contra la misma se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar del día siguiente a su notificación. Alternativamente y de forma potestativa, se podrá interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación.
  • Criterios objetivos de otorgamiento de la subvención
  • 000,00 euros 20 Gastos totales justificadas con importe de 3.000,01 euros a
  • 500,00 euros 25 Gastos totales justificadas con importe de 4.500,01 euros a

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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