Personas jurídicasES617 - Málaga

Subvenciones presupuesto 2024

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES617 - Málaga. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALAMEDA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Las que resulten de la liquidación de atrasos a favor del personal.
  • Las derivadas de compromisos de gastos debidamente adquiridos en ejercicios anteriores, para los que hubiera existido crédito disponible en el ejercicio de procedencia. En el supuesto establecido en el art. 182.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales se requerirá la previa inco rporación de los créditos correspondientes.
  • Gastos incluidos en la cuenta 413: “Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto”. Recibidos por el Servicio de Contabilidad los justificantes incluidos en la cuenta 413, se remitirán relaci onados a la Intervención General para su fiscalización. Si esta fuera favorable, el Alcalde propondrá al Pleno la aprobación del reconocimiento de dichos gastos.
  • Las procedentes de ejercicios anteriores, como consecuencia de la realización de un gasto no aprobado con anterioridad y que carece de consignación presupuestaria en el ejercicio de procedencia, con o sin expediente de contratación, se le formulará reparo por la Intervención General Cód. Validación: 9GWXYQTR96CWMLS4WRYPHR5W6 Verificación: https://alameda.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 76
  • CRITERIOS GENERALES TRAMITACIÓN DE GASTOS Gastos de ejercicios anteriores (según fecha factura) I. Gastos sin consignación presupuestaria en el ejercicio de procedencia. Aquellos gastos con o sin expediente y/o defectos leves o graves serán reparados por la Intervención General y procederá la aprobación por el Ple no mediante la tramitación de expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos. Debido a la falta de medios personales, se podrán autorizar gastos con cargo al presupuesto del ejercicio anterior hasta el 31 de enero del ejercicio siguiente.
  • Aquellos gastos que tienen expediente de contratación mayor y defectos leves o contrato menor sin expediente o se trate de gastos con la consideración de asimilados y, sie mpre que sea del
  • Aquellos gastos sin expediente de contratación mayor o con expediente y defectos graves, serán reparados por la Intervención General y decretados por el Alcalde - Presidente. Para la
  • Propuesta al Alcalde-Presidente para el reconocimiento del gasto, en la que se informe que el gasto contaba con consignación presupuestaria suficiente y adecuada en la aplicación en el ejercicio de procedencia, los motivos por lo que no pudo tramitars e el gasto en el ejercicio correspondiente, que los precios facturados son adecuados a mercado, así como que no perturba el normal funcionamiento del servicio.
  • Asimismo, se requiere Decreto de Alcaldía para reconocimiento del gasto. III. Gastos incluido s en la cuenta 413: “Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto.” Recibidos por el Servicio de Contabilidad los justificantes incluidos en la cuenta 413, se remitirán relacionados a la Intervención General para su fiscalización. Si est a fuera favorable, por el alcalde se aprobará el reconocimiento de dichos gastos. Gastos del ejercicio presente (según fecha factura) I. Gastos sin consignación presupuestaria en el ejercicio presente. Aquellos gastos con o sin expediente y/o defectos leve s o graves serán reparados por la Intervención General y procederá la aprobación por el Pleno de la modificación presupuestaria.
  • Con expediente y defectos leves (contratos menores o gastos anulables) Para la tramitación
  • Remisión a Intervención General para preceptivo informe.
  • Remisión a Alcaldía junto con una propuesta, en la que se informe que el gasto contaba con consignación presupuestaria suficiente y adecuada en la aplicación en el ejercicio de procedencia, que Cód. Validación: 9GWXYQTR96CWMLS4WRYPHR5W6 Verificación: https://alameda.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 21 de 76
  • Aquellos gastos sin expediente de contratación mayor o con expediente y defectos graves, serán reparados por la Intervención General y decretados por el Alcalde- Presidente.
  • Propuesta al Alcalde-Presidente para el reconocimiento del gasto, en la que se informe que el gasto contaba con consignación presupuestaria suficiente y adecuada en la aplicación en el ejercicio de procedencia, los motivos por lo que no pudo tramitarse el gasto en el ejercicio correspondiente, que los precios facturados son adecuados a mercado así como que no perturba el normal funcionamiento del servicio.
  • Asimismo, se requiere Decreto de Alcaldía para reconocimiento del gasto. BASE 14ª: PROCESO DEL GASTO El proceso del gasto se inicia sobre la base de la ordenación presupuestaria y le siguen la
  • Toda propuesta de gasto formulada por las delegaciones que derive en un procedimiento
  • Del importe est imado del gasto (ODC) propuesto, del que se desglosará el IVA, especificando el porcentaje aplicado, y el Pliego de Condiciones Técnicas, redactado conforme a lo dispuesto en la normativa vigente en materia de contratos del Sector Público y el documento contable A. El citado Pliego de condiciones técnicas vendrá acompañado de informes del Área o Distrito proponente del gasto, en los que se haga constar que el precio de licitación es adecuado al mercado, y que no se fracciona el gasto, así como de cuantos informes se consideren necesarios por el Área de Economía y Presupuestos.
  • En el caso de obras, además de los documentos detallados en el punto anterior, se incluirá el correspondiente proyecto técnico redactado conforme a lo dispuesto en la normativa vigente sobre Cód. Validación: 9GWXYQTR96CWMLS4WRYPHR5W6 Verificación: https://alameda.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 22 de 76
  • Si se trata de propuestas de gastos que, por su cuantía, tengan la consideración de contratos menores, tanto la documentación exig ible, como la tramitación necesaria para su adjudicación se regularán por resolución del Teniente de Alcalde Delegado de Economía, Hacienda y Recursos Humanos, por delegación de la Junta de Gobierno Local, de conformidad con lo establecido al respecto en la normativa vigente sobre contratos del Sector Público.
  • Para poder emitir propuestas de gastos, los responsables de las están obligados a conocer la evolución de los créditos presupuestarios dentro de los niveles de vinculación que les atañen, absteniéndose de proponer gastos que rebasen los créditos presupuestados y autorizados. Las propuestas de gastos (ODC) serán suscritas por el Alcalde-Presidente, Teniente de Alcalde, Concejal o Concejal Delegado correspondiente, Secretario General, Interventor General, o Tesorero, cada uno en el ámbito de sus competencias.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

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