Entidades socialesPersonas jurídicasES522 - Castellón / Castelló

Subvenciones para proyectos que desarrollen asociaciones y/o entidades sociales 2026

Es objeto de la convocatoria la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo y promoción de acciones dirigidas a la promoción personal y social de sectores vulnerables de la población, realizadas por asociaciones o entidades sociales, de acuerdo con lo previsto en la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES522 - Castellón / Castelló. La gestiona AYUNTAMIENTO DE BORRIANA/BURRIANA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Realizar las actividades subvencionadas según lo previsto en el proyecto que sirvió de fundamento para la concesión de la subvención.
  • Facilitar a la Alcaldía Presidencia las tareas de seguimiento y control.
  • Someterse a las acciones de control financiero de la Intervención General del Ayuntamiento de Burriana, en relación con la subvención concedida.
  • Comunicar, tan pronto como se conozca la concesión de la subvención solicitada y, en todo caso, con anterioridad al plazo de justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos, la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.
  • Presentar la cuenta justificativa a que se refiere la base undécima.
  • Comunicar cualquier variación que se hubiese producido respecto de los datos consignados en la solicitud presentada.
  • La entidad beneficiaria de la subvenci ón está obligada a someterse a las actuaciones de comprobación y y control financiero, de conformidad con lo que dispone el art. 14.1.c) de la LGS. Asimismo, en su caso, se le podrá requerir la presentación de libros y registros específicos para garantizar la adecuada justificación (art. 17.3.h LGS).
  • Cumplir cuantas obligaciones se hallen previstas para el régimen de subvenciones y ayudas públicas, que le sean aplicables a la presente orden, de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo, en la Ordenanza General de Subvenciones y en las bases de ejecución del Presupuesto Municipal vigente.
  • Las solicitudes se presentarán en el Registro electrónico del Ayuntamiento de Burriana, según lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, utilizando para ello el trámite electrónico específico: Subvenciones Acción Social 2026 , adjuntando los modelos normalizados establecidos al efecto y que figuran en las presentes bases como Anexos. Sólo podrá presentarse un proyecto por asociación o entidad.
  • Al modelo de solicitud (Anexo I) al que se hace referencia en el párrafo anterior, se
  • acompañará la siguiente documentación:
  • Copia de los estatutos de la asociación
  • Copia de su inscripción en el registro pertinente
  • Certificado cargos directivos de la asociación y número de personas asociadas (Anexo II)
  • Proyecto para el que se solicita financiación, con el detalle suficiente (personas beneficiarias, localización, objetivos, duración, coste total, subvención solicitada, etc.) para la aplicación de los criterios de valoración que se detallan en la base Quinta. La extensión máxima del proyecto será de 10 páginas.
  • Datos de domiciliación bancaria: Ficha de mantenimiento de terceros o certificado de titularidad bancaria.
  • Declaración responsable suscrita por el/la representante legal de que la entidad solicitante se halla al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y autorización para su comprobación.
  • Declaración responsable suscrita por el/la representante legal de que la asociación no está incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones públicas, de conformidad con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y haber cumplido las obliga ciones de reintegro de subvenciones que, en su caso, se le hubiesen exigido. De acuerdo con el art. 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados tienen derecho a “no presentar datos y documentos (...), que ya se encuentren en poder de las Codi Validació: AJ25GRW2S4LLJTSFHEEKJ56RY Verificació: https://burriana.sedelectronica.es/ Document signat electrònicament des de la plataforma esPublico Gestiona | Pàgina 3 de 8
  • Magnífic Ajuntament de Burriana Administraciones Públicas”. En este caso y de acuerdo con el art. 28 de la citada ley, se deberá indicar en qué momento y ante que órgano administrativo se presentaron los documentos de que se trate.
  • El órgano i nstructor podrá requerir a la entidad solicitante la presentación de cualquier otra documentación que se considere necesaria para la tramitación de la subvención.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Es objeto de la convocatoria la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo y promoción de acciones dirigidas a la promoción personal y social de sectores vulnerables de la población, realizadas por asociaciones o entidades sociales, de acuerdo con lo previsto en la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.