SUBVENCIONES PARA LA REACTIVACIÓN DEL COMERCIO MINORISTA EN LA PROVINCIA DE SALAMANCA PROGRAMA: “BONOS PROXIMIDAD. SALAMANCA COMERCIO RURAL BONOS _2026

Comercio, Turismo y Pymes

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES415 - Salamanca. La gestiona DIPUTACIÓN DE SALAMANCA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Cumplir con lo estipulado en el convenio colaboración por el que se regule su actividad.
  • Desarrollar un sistema informático y una página Web a través de los cuales se gestionará el programa de bonos y se promocionará la actividad para articular el sistema de suscripción de los comerciantes, la adquisición de bonos por los consumidores y el canjeo y pago de los mismos. Asimismo, mantener y garantizar un sistema para la trazabilidad absoluta entre el bono, el comprador que lo ha utilizado, el comercio donde se ha canjeado y el tique de venta para el que se ha usado
  • La comprobación de los requisitos exigibles a los comerciantes y consumidores derivados de la presente iniciativa.
  • El asesoramiento a los profesionales del sector para la adecuada operatividad del presente proyecto.
  • La gestión de los bonos generados y pago a los comerciantes adheridos a la campaña, en la cuantía correspondiente a la cantidad económica correspondiente a la presente línea de ayudas aportando los recursos materiales y humanos necesarios para tal fin.
  • Toda actividad cuyo objeto sea la publicidad de las actividades del proyecto BONOS PROXIMIDAD. SALAMANCA COMERCIO RURAL, deberá constar una referencia clara a la ayuda financiera prestada por la Junta de Castilla y León y la Diputación Provincial de Salama nca, para lo cual se incluirá en la publicidad gráfica los logotipos de dichas entidades conforme al modelo que se proporcionará a esta Entidad.
  • La entidad colaboradora deberá realizar las declaraciones informativas a la AEAT de las cantidades concedidas a los beneficiarios directos (consumidores) de este proyecto.
  • Gestionar, controlar y supervisar el correcto destino de los fondos destinados para la financiación del programa, atendiendo en todo caso las instrucciones específicas que pueda comunicar la Diputación Provincial de Salamanca.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y control que, respecto de la gestión de los fondos pueda efectuar la Diputación provincial de Salamanca, así como el control financiero por parte de la Diputación Provincial de Salamanca y, en su caso, de la Junta de Castilla y León.
  • Conservar la documentación acreditativa de la campaña hasta el vencimiento del plazo del derecho de la Administración a reconocer o liquidar los reintegros que pudieran proceder.
  • Disponer de libros y registros contables para facilitar la adecuada justificación de la subvención y la comprobación del cumplimiento de las condiciones establecidas.
  • En atención a la política de privacidad deberá sujetarse a lo establecido en el Reglamento (UE) nº 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de personas físicas en lo que respecta al tratamiento de dat os personales y a la libre circulación de estos datos, por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), y a la LO 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, de lo que se deberá informar adecuadamente a las personas físicas participantes en la iniciativa.
  • - BENEFICIARIOS Y ACTIVIDAD SUBVENCIONABLE:
  • - Serán beneficiarios las personas físicas (consumidores) mayores de edad que adquieran bienes a través del sistema y con los requisitos previstos en estas bases y convocatoria
  • La compra/adquisición de bienes a través de bonos (canjeables), en los establecimientos comerciales minoristas de la Provincia de Salamanca (excluida la capital) adheridos a este programa BONOS DE PROXIMIDAD. SALAMANCA
  • Las ventas serán las que se realicen en los plazos previstos en la base séptima.
  • Los bonos de consumo estarán asociados a un D.N.I. de referencia proporcionado por el consumidor en el momento de su descarga, debiendo presentar el mismo documento de identidad en el establecimiento en el que se efectúe el canjeo junto con el bono en formato impreso o digital.
  • Los bonos se descargarán a través de la Página Web de la campaña, ubicada en la URL salamancacomerciorural.es, en papel o dispositivo móvil tipo smartphone, llevando un código QR que será asociado a un código alfanumérico que se remitirá por SMS a cada usuario.
  • La descarga de los bonos supondrá la aceptación por parte de los consumidores de las condiciones de uso y de la política de privacidad conforme al Reglamento (UE) nº 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), y a la LO 3/2018, de 5 de diciembre, de pr otección de datos personales y garantía de los derechos digitales, de las que serán informados convenientemente
  • Los consumidores podrán obtener/adquirir, por cada D.N.I. de referencia:

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Comercio, Turismo y Pymes