Personas jurídicasES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS

Subvenciones para la producción de proyectos audiovisuales en asturiano y en gallego-asturiano o eonaviego realizados por particulares

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS. La gestiona CONSEJERÍA DE CULTURA, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y TURISMO.

● Cerrada

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Qué necesitas

  • justification
    CONSEJERÍA DE CULTURA, POLÍTICA LLINGÜÍSTICA Y DEPORTE Estado del documento Original Página 15 de 16 Dirección electrónica de validación CSV https://consultaCVS.asturias.es Código Seguro de Verificación (CSV) 16340722410477572177 b.1) Primera anualidad: con fecha límite el 15 de diciembre de 2026 deberá justificarse como mínimo el 30 % del presupuesto aprobado por la comisión de valoración (o el porcentaje que se hubiera comprometido a ejecutar en esta primera anualidad, si fuera superior al 30 %). La justificación insuficiente de esta anualidad supondrá la revocación de la parte no justificada, previo informe, que será revocada en el momento de la justificación de la segunda anualidad. b.2) Segunda anualidad: con fecha límite el 31 de octubre de 2027 deberá justificarse el porcentaje del presupuesto aprobado que reste por acreditar.
  • justification
    - Modificación de la resolución
  • justification
    1. La alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión podrá dar lugar a la modificación de la resolución, conforme al artículo 19.4 de la citada Ley 38/2003, y el apartado XIV de las bases reguladoras de la presente convocatoria.
  • justification
    2.- Se considerarán modificaciones esenciales del proyecto las siguientes:
  • justification
    aquellas que alteren la naturaleza o finalidad de la actividad subvencionada, de forma que deje de existir adecuación con la definición inicial del proyecto o con los objetivos previstos en su ejecución
  • justification
    los cambios en los objetivos o en la finalidad del proyecto.
  • justification
    la sustitución o alteración sustancial de las actividades principales previstas.
  • justification
    la variación del presupuesto aprobado que supere el 20%.
  • justification
    alteraciones en el calendario que impliquen una modificación superior al 25% del cronograma o afecten al cumplimiento de la finalidad.
  • justification
    incorporación de nuevos proveedores cuando exista vinculación de éstos con la entidad solicitante.
  • justification
    cualquier cambio que afecte a los criterios de valoración aplicados por la Comisión de Valoración para la concesión de la subvención o a la compatibilidad con otras ayudas. Las modificaciones esenciales no se autorizarán en ningún caso.
  • justification
    3.- Se considerarán modificaciones no esenciales las siguientes:
  • justification
    aquellas que no alteren los objetivos ni las actividades principales del proyecto.
  • justification
    la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones públicas, entes o personas públicas o privadas, nacionales o internacionales, siempre que la suma de todas ellas no suponga exceso sobre el coste total del proyecto subvencionado.
  • justification
    ajustes menores en la ejecución que no afecten a la finalidad del proyecto.
  • justification
    variaciones en el calendario siempre que se mantenga dentro del periodo de ejecución previsto.
  • justification
    redistribuciones presupuestarias iguales o inferiores al 10 % entre partidas, siempre que no se superen los límites establecidos para gastos indirectos.
  • justification
    una disminución del presupuesto aprobado inferior al 20 %. Las modificaciones no esenciales podrán ser autorizadas por el órgano concedente de la subvención siempre y cuando no incidan sobre las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, no se dañen los derechos de terceras personas y se comuniquen previamente al órgano gestor con una antelación mínima de 45 días a la fecha final de justificación. Se entenderán aceptadas si, transcurridos quince días hábiles desde la comunicación, no se formula oposición motivada. La falta de comunicación de estas modificaciones por parte de las personas interesadas podrá considerarse incumplimiento de las condiciones de la subvención, con las consecuencias previstas en la normativa aplicable.
  • justification
    4.- Toda modificación podrá implicar la minoración de la cuantía concedida, en función de su incidencia sobre los gastos subvencionables y el cumplimiento de la finalidad del proyecto, conforme a lo previsto en la citada Ley 38/2003 y normativa aplicable.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

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