Personas jurídicasES114 - Pontevedra

Subvenciones para gastos corrientes a los centros culturales parroquiales DEL CONCELLO DE REDONDELA, año 2026

Con esta línea de ayudas la Concejalía de Participación Ciudadana quiere contribuír a ayudar a los Centros Culturales Parroquiales en el mantenimiento de sus gastos corrientes. Se entiende, a los efectos de ser entidad beneficiaria en esta convocatoria, como centro cultural parroquial aquel centro que sea sede de una asociación de vecinos, asociación o entidad de la parroquia, centro cultural, social o similar que se sitúa en una parroquia y que reúna al

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES114 - Pontevedra. La gestiona AYUNTAMIENTO DE REDONDELA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 40.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Lugar que se encuentra a disposición de uso de toda la vecindad, asociaciones o entidades de la parroquia y del ayuntamiento de Redondela.
  • Lugar de realización de reuniones de la vecindad, asociaciones o entidades actuantes en la parroquia (montes, comunidades de aguas, asociaciones de vecinas/os, comisiones de fiestas, asociaciones culturales, deportivas, etc).
  • Lugar de realización de actividades destinadas a la participación de toda la vecindad durante todo el año.
  • Seguro de daños y responsabilidad civil del edificio.
  • Renta de alquiler del local.
  • Cualquier otra energía necesaria para el funcionamiento del Centro Cultural Parroquial.
  • Alarma. Se admitirán para estas bases y convocatoria los recibos que hayan sido pagados por el Centro Cultural en el período comprendido entre el 1 de enero de 2026 hasta la fecha de presentación de la justificación establecida en la base duodécima.
  • Los gastos de inversiones: obras y adquisición de bienes inventariables.
  • Las cantidades satisfechas al ayuntamiento de Redondela por el uso de las instalaciones.
  • Cualquier impuesto, tasa, precio público o cantidad que deba ser satisfecha por norma de rango legal o reglamento al ayuntamiento de Redondela, salvo que esté expresamente dentro del objeto de contrato.
  • Los gastos para la realización de actividades formativas, de desarrollo personal o para actividades determinadas estatutariamente, los gastos por actividades de carácter cultural y/o deportivo correspondientes a actividades ya subvencionadas, en el mismo ejercicio, a través de otras convocatorias de subvenciones del ayuntamiento de Redondela, o a través de convenios firmados con el ayuntamiento.
  • Los intereses deudores de cuentas bancarias, los intereses, recargas y sanciones administrativas o judiciales ni los gastos que pudieran producir sus respectivos procedimientos.
  • Los impuestos directos o indirectos que sean susceptibles de recuperación o compensación.
  • Los viajes de placer, las excursiones, las fiestas gastronómicas y las fiestas populares.
  • La edición de libros, revistas y otras publicaciones.
  • Conferencias y charlas (incluídos los ciclos), en general cualquier otra actividad que no tenga la consideración de curso.
  • Los gastos incompatibles con la aplicación presupuestaria a la que se imputa el gasto de estas bases y convocatoria.
  • Tendrán la consideración de entidad beneficiaria de las subvenciones los centros culturales parroquiales que estén dentro del término municipal de Redondela y reúnan los requisitos establecidos en la base segunda. Podrán solicitar las subvenciones reguladas en las presentes bases y convocatoria los centros culturales parroquiales del término municipal de Redondela, que se encuentren constituídos en forma y debidamente legalizados en el momento en que finalice el plazo de presentación de
  • -Ser una entidad sin ánimo de lucro.
  • -Los Centros Culturales Parroquiales deberán estar inscritos en el registro municipal de asociaciones del ayuntamiento de Redondela con una antigüedad mínima de 1 año.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Con esta línea de ayudas la Concejalía de Participación Ciudadana quiere contribuír a ayudar a los Centros Culturales Parroquiales en el mantenimiento de sus gastos corrientes. Se entiende, a los efectos de ser entidad beneficiaria en esta convocatoria, como centro cultural parroquial aquel centro que sea sede de una asociación de vecinos, asociación o entidad de la parroquia, centro cultural, social o similar que se sitúa en una parroquia y que reúna al