Personas jurídicasES511 - Barcelona

SUBVENCIONES PARA FOMENTAR LA AUTONOMÍA FINANCIEERA Y LA SOSTENIBILIDAD ECONÓMICA DEL TEJIDO ASOCIATIVO A TRAVÉS DE LAS · 2026

Título oficial: SUBVENCIONES PARA FOMENTAR LA AUTONOMÍA FINANCIEERA Y LA SOSTENIBILIDAD ECONÓMICA DEL TEJIDO ASOCIATIVO A TRAVÉS DE LAS INVERSIONES. AÑO 2026.

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SANT FELIU DE LLOBREGAT.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 174.999,70 €. Inicio: 15/09/2026. Plazo: Fin: 06/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Así mismo aprobó el anexo con los criterios de valoración del proyecto objeto de subvención. Considerando que las citadas bases reguladoras específicas, criterios y anexos evaluables han sido sometidos al trámite de información pública de 20 días hábiles, a partir del siguiente a la publicación al BOPB de Barcelona, haciéndolo público también a Tablón electrónico municipal; plazo dentro del cual se podían presentar alegaciones, quejas o sugerencias, i que finalizado el plazo de exposición pública se entiende aprobado definitivam ente el acuerdo ya que no se ha presentado ninguna alegación, sugerencia y/o queja. Considerando las Bases reguladoras específicas y anexos para la concesión de subvenciones, por concurrencia competitiva, del Área de Servicios a las Personas del Ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat del año 2026, de los ámbitos referidos anteriormente se establece que se aprobará la convocatoria correspondiente mediante el Órgano pertinente.
  • Las Bases Reguladoras Específicas y los Criterios evaluables de subvención, y las fichas documentales de esta convocatoria necesarias para la concesión de subvenciones para fomentar la autonomía financiera y la sostenibilidad económica del tejido asociativo a través de les inversiones, en régimen de concurrencia competitiva del Área de Servicios a las Personas del Ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat para el año 2026, con el objetivo que lo puedan solicitar entidades locales del ámbito cul tural, sin ánimo de lucro, que sean titulares en propiedad y gestionen inmuebles del municipio, para proyectos de mejora del estado de los citados inmuebles y sus instalaciones, se publicaron en el BOP de Barcelona en fecha 9 de julio de 2026 con el número de registro CVE202610118583, así como en el
  • La aplicación presupuestaria para esta convocatoria de concesión de las subvenciones de apoyo a actividades ciudadanas, en régimen de concurrencia competitiva, del Área de Servicios a las Personas del Ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat para el año 2026, con
  • 132,00 € Concurrencia competitiva
  • 867,70 € Concurrencia competitiva
  • Proyectos de obra de reforma, rehabilitación y/o conservación del edificio, los c uales supongan una mejora significativa en la erradicación de elementos de fibrocemento nocivos y peligrosos, según las recomendaciones y normativas actuales.
  • Mejora y puesta a punto a nivel de equipamientos y elementos tecnológicos de espacios destinados a la actuación en el ámbito de las artes escénicas y musicales. También se fija el procedimiento a seguir en la solicitud, el otorgamiento, la justificación y el pago de las ayudas en forma de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva que el Ayuntamiento otorgue dentro del ámbito de su competencia, por los conceptos explicitados en los anexos de estas bases reguladoras. Toda la información complementaria se puede encontrar en www.santfeliu.cat
  • El Ayuntamiento no estará condicionado por las subvenciones otorgadas a la misma entidad en ejercicios anteriores.
  • Cualquier subvención concedida por el Ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat, llevará
  • Página 3 de 15 implícita la condición de que toda la documentación y propaganda escrita, gráfica o digital relacionada con la actividad subvencionada contenga la leyenda "Con el apoyo del Ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat", o similar, y el escudo o logotipo del propio Ayuntamiento, de acuerdo con el manual de estilos aprobado por la Corporación. La lengua utilizada deberá ser el catalán.
  • No se podrá otorgar por el mismo proyecto más de una subvención a cargo del presupuesto municipal.
  • REQUISITOS PARA SOLICITAR SUBVENCIÓN Y MANERA DE ACREDITARLOS Las personas jurídicas han de estar debidamente constituidas y estar inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento. Han de ser entidades del ámbito cultural sin ánimo de lucro que ostenten la titularidad dee la propiedad y ges tión de un inmueble en el término municipal de Sant Feliu de Llobregat, en el que se desarrollen actividades sociales, cívicas y culturales de interés público.
  • Así mismo se han de cumplir los siguientes requisitos de carácter general:
  • Haber justificado correctamente las anteriores subvenciones otorgadas por este Ayuntamiento.
  • Encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias o con la Seguridad Social. Social.
  • Encontrarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  • No haber sido sancionadas mediante resolución firme con la p érdida de la posibilidad de obtener subvenciones según el Reglamento General de Subvenciones o la Ley General Tributaria. No podrán ser beneficiarias aquellas entidades que aunque reúnan los requisitos anteriores tengan consignadas a cargo del presupuesto municipal del año 2026 una o más partidas de subvención nominativa que superen en conjunto los 50.000 €.
  • DOCUMENTOS E INFORMACIONES QUE DEBEEN ANEXARSE A LAS SOLICITUDES Las solicitudes se presentarán dentro del plazo indicado en la convocatoria y se hará a través de medios electrónicos a través de la web municipal https://www.santfeliu.cat/seuelectronica, mediante el trámite que el Ayuntamiento ha puesto a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica, de acuerdo con lo previsto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 38 de la Ordenanza municipal de Transparencia y Administración electrónica, y con los artículos 11 y 12 del Reglamento general de concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat. Documentación necesaria para la tramitación
  • El trámite electrónico de solicitud de subvención deberá incluir lo siguiente:
  • Identificación de la representación legal de la entidad mediante certificado electrónico o bien mediante otros sistemas de identificación proporcionados por el Ayuntamiento.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Cultura