Personas físicasES432 - Cáceres

SUBVENCIONES PARA ESTUDIOS SUPERIORES 2026

Educación

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES432 - Cáceres. La gestiona AYUNTAMIENTO DE PORTAJE.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

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    Certificado de la Consejería competente en mater ia de educación de la Junta de Extremadura o del CEIP Virgen del Casar de la localidad de Portaje ac reditativo del número de cursos completos que el solicitante ha estado matriculado en el referido centro.
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    Declaraciones responsables (Anexo I).
  • documentation
    Ficha de terceros debidamente cumplimentada (Anexo II). Solamente se tendrán en cuenta las circunstancias q ue concurran el día en el que se publique la presente convocatoria.
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    El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde la publicación del extracto de la Cód. Validación: 39WT3P4GRG6QGXF7LPDYD9TQ2 Verificación: https://portaje.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 12
  • documentation
    El pago de la ayuda se realizará de forma anual, fraccionándose durante los cuatro años en el caso de estudios universitarios y en el plazo de do s años en el caso de ciclo formativo de grado medio o superior, debiendo el interesado presentar durante los meses de julio y agosto de la anualidad correspondiente, solicitud de abono y jus tificación del importe de la anualidad anterior conforme al Anexo III (a modo de ejemplo, si un alu mno tiene derecho a una ayuda de 900,00€ y se matricula en una titulación universitaria de cuatro años tendrá derecho al abono de 225,00€ anuales). En el caso de un alumno que se haya matriculado pri meramente en una titulación universitaria y posteriormente se cambie a un grado medio o superio r, se le abonará el importe restante en los dos años de duración de sus estudios con el límite anual previsto en las presentes bases. Sólo se admitirá un cambio de estudios para ser ben eficiario de la subvención. Del mismo modo, el abandono de los estudios por más de un curso conlle vará la pérdida del derecho a percibir la subvención.
  • documentation
    Expediente académico. Se elaborará una lista priorizada y en orden descen dente de mayor a menor nota media del expediente de los años de enseñanza obligatoria en el colegio de la localidad.
  • documentation
    SÉPTIMA.- Baremación. Una vez valoradas todas las solicitudes, se elabora rá una propuesta de adjudicación provisional por una comisión de valoración, formada por la concejal a de igualdad, el auxiliar administrativo y el secretario interventor municipal, que deberá de ser motivada, la cual contendrá la relación de solicitantes, con indicación de su puntuación, en el caso de ser necesaria baremación. La propuesta de adjudicación provisional, se notifi cará individualmente a cada uno de los solicitantes , deviniendo la misma en definitiva si no se formulan alegaciones en el plazo concedido. De conformidad con la normativa vigente, una vez notif icada la propuesta de adjudicación provisional, se establecerá un plazo de 10 días hábiles para que los interesados realicen y presenten las alegaciones que estimen oportunas, así como subsanen deficienci as o falta de documentación, en el registro del Cód. Validación: 39WT3P4GRG6QGXF7LPDYD9TQ2 Verificación: https://portaje.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 12
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    Cuantía. El importe subvencionado será de 100,00 € como máxi mo por alumno al curso y año, considerándose todo el tiempo que permanezca escolarizado en el CE IP Virgen del Casar de la localidad de Portaje, es decir, si un alumno se matricula con cinco años y permanece seis cursos en el mismo habrá acumulado un total de 600,00 €. En todos los casos, las cuantías señaladas correspo nden a la cantidad máxima que se abonará al beneficiario/a previa justificación del gasto reali zado en la anualidad anterior; si éste fuera inferi or a la cantidad concedida, la ayuda otorgada equivaldrá al importe de lo justificado. El gasto máximo subvencionable será de 900,00 euros por alumno y 225,00 euros por curso (si unos estudios tienen una duración de dos años el importe máximo que se percibirá por la duración total será de 450,00 euros)
  • Ayuntamiento de Portaje Calle Laguna, 1, Portaje. 10883 (Cáceres). Tfno. 927146771. Fax: 927146755 nombre de cada uno de los arrendatarios, vigencia d el contrato e importe mensual abonado por el solicitante, junto con el resguardo de las transfer encias bancarias, selladas por la entidad bancaria o recibí de la cantidad correspondiente por el arrendador.  Otros gastos justificables: (uniformes, vestuario, útiles o materiales necesarios para el desarrollo profesional correspondiente) a través de las correspondientes facturas. Todas las facturas deben presentarse de conformidad con el punto de la base QUINTA de esta convocatoria.
  • Abono. Resuelta la convocatoria y una vez que el alumno se haya matriculado en alguno de los niveles de educación superior no obligatoria se procederá al a bono de las ayudas a cada beneficiario mediante transferencia bancaria en el nº de cuenta que figur e en la ficha de terceros y cuya titularidad ha de corresponder al beneficiario de la ayuda o, en el c aso de menores de edad, a sus representantes. El abono se realizará de forma anual, debiendo el inte resado solicitar el abono de la siguiente anualidad junto con la justificación de la cantidad recibida en el año anterior conforme al modelo III.
  • DÉCIMA.- Control y aplicación. Podrán ser revocadas las ayudas, procediendo en su caso al reintegro de las mismas cuando el beneficiario incurra en alguna de las conductas con templadas en el art 37 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o en algunos de los supuesto previstos en las presentes bases. UNDÉCIMA.- Normativa aplicable. En todo lo no previsto en las presentes bases regul adoras será de aplicación la Ley de Bases de Ejecución del Presupuesto General de este Ayuntamie nto de Portaje, la Ordenanza general reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Port aje, la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 38/2003 General de Subvenciones. DUODÉCIMA.- Revocación. La falsedad de alguno de los datos en los documento s requeridos implicará la revocación inmediata de la subvención, sin perjuicio de que se inicien a quellas otras medidas legales que se estimen oportunas. Cód. Validación: 39WT3P4GRG6QGXF7LPDYD9TQ2 Verificación: https://portaje.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 12
  • documentation
    PLAZO DE RESOLUCIÓN Y EFECTOS DEL SILENCIO El plazo máximo para resolver será de seis meses. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notific ado la resolución legitima a los interesados para entender DESESTIMADA por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención. No obstante, el citado plazo máximo legal para resolver el procedimiento y notificar la resolución se podrá suspender en los casos previstos en el artículo 22 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Cód. Validación: 39WT3P4GRG6QGXF7LPDYD9TQ2 Verificación: https://portaje.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 12
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    DATOS O DOCUMENTACIÓN SOLICITADA Con base en lo establecido por el artículo 28.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públic as, la Administración consultará o recabará a través de las redes corporativas o mediante consulta de la Plataforma de Intermediación de Datos u otros sistemas electrónicos habilitados para ello, los siguientes datos o documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier Administración. El interesado deberá indicar el nombre del documento aportado a la Administración y en su caso, en qué momento y ante qué órgano administrativo lo presentó. Bajo mi responsabilidad DECLARO: No hallarse incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora Que me encuentro al corriente de mis obligaciones tributarias con las administraciones públicas y con la seguridad social
  • documentation
    Nombre del dato o documento: Certificado de la Consejería competente en materia de educación de la Junta de Extremadura o del CEIP Virgen del Casar de la localidad de Portaje sobre el número de cursos estudiados en el mismo y la nota media del alumno solicitante.
  • documentation
    Ayuntamiento de Portaje Calle Laguna, 1, Portaje. 10883 (Cáceres). Tfno. 927146771. Fax: 927146755 Deber de informar a los interesados sobre protección de datos He sido informado de que este Ayuntamiento va a tratar y guardar los datos aportados en la instancia y en la documentación que le acompaña par a la tramitación y gestión de expedientes administrativos. Responsable Ayuntamiento de Portaje Finalidad Principal Tramitación, gestión de expedientes administrativos y actuaciones administrativas derivadas de estos. Legitimación Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos otorgados a este Ayuntamiento. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. Destinatarios No hay prevision de transferencias a terceros países. Derechos Tiene derecho a accede, rectificar y suprimir los d atos, así como cualesquiera otros derechos que les correspondan, tal y como se explica en la información adicional. Información Adicional Puede consultar la información adicional y detallad a sobre protección de datos en la siguiente url https://portaje.sedelectronica.es

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Educación