Subvenciones para el tratamiento de la vegetación en las urbanizaciones con riesgo de incendios

Otras actuaciones de carácter económico

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES51 - CATALUÑA. La gestiona DEPARTAMENT D'AGRICULTURA, RAMADERIA, PESCA I ALIMENTACIÓ.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • La persona solicitante deberá estar en posesión de los requisitos para obtener la condición de persona beneficiaria de acuerdo con lo establecido en las bases reguladoras. Para las personas solicitantes diferentes a ayuntamientos o entidades municipales descentralizadas (EMD), habrá que adjuntar el acuerdo o convenio con el ayuntamiento o EMD de autorización a la entidad supramunicipal a solicitar las ayudas para actuaciones dentro de su ámbito territorial. La memoria de solicitud de la ayuda deberá incluir de forma separada la información de cada municipio para poder valorar la puntuación específica correspondiente a cada municipio en concreto.
  • Cuantía total máxima de la convocatoria
  • 1 La cuantía máxima prevista en esta convocatoria es de 15.000.000,00 € y está consignada de acuerdo con el detalle de fondos de financiación, partidas presupuestarias y anualidades
  • 2 La cuantía total máxima para esta convocatoria se podrá ampliar de acuerdo con lo previsto en el artículo 92.4.b) del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña. La efectividad de la c uantía adicional
  • 3 La tramitación de la convocatoria se efectuará con un crédito de naturaleza plurianual, por lo que la concesión de las ayudas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos correspondientes.
  • El importe de la subvención
  • 1 El importe de la subvención por entidad beneficiaria será el siguiente:
  • Hasta 250.000,00 € por solicitud de un ayuntamiento o una EMD, con los límites máximos por actuación establecidos en el apartado 6.4.
  • En el caso de solicitudes de entidades con ámbito territorial supramunicipal: hasta
  • 000,00 € por ayuntamiento o EMD, con los límites máximos por actuación establecidos en el apartado 6.4, y con un máximo de 400.000,00 € por solicitud.
  • 2 De acuerdo con la base 16.1 solo se admitirá una solicitud por ayuntamiento o EMD independientemente de que se realice directamente por este o mediante una entidad supramunicipal.
  • 3 El importe mínimo de solicitud es de 3.000,00 €. Por debajo de este importe no se tramitará la solicitud.
  • 4 Se establecen los límites máximos de subvención por actuación siguientes:
  • Trabajos forestales de adecuación (primeras intervenciones y mantenimiento) de la vegetación actual existente para el cumplimiento de la Ley 5/2003 y el Decreto 123/2005 en urbanizaciones y núcleos de población así definidas en el Plano de Delimitación. Estos
  • Actuaciones en franjas de protección de 25 metros de ancho, ampliables hasta 100 metros. Las franjas de anchura superiores a 25 metros se deberán reflejar en el Plano de Delimitación o en el proyecto ejecutivo de la franja aprobado por el ayuntamiento. En el caso de actuaciones en urbanizaciones con déficits urbanísticos (UDU), si no constan como urbanización en el Plano de Delimitación, el ente peticionario deberá acreditar la condición de UDU y se deberá
  • 000 euros por hectárea, con una ayuda máxima del 80% del gasto, 5% en casos de municipios rurales de acuerdo con la Ley 8/2025, de 30 de julio, del Estatuto de municipios rurales.
  • Las parcelas y zonas verdes de titularidad municipal dentro del perímetro de la franja exterior de protección de núcleos de población y de edificaciones afectadas por la Ley 5/2003, de 22
  • Áreas de fomento de la gestión (AFG) adyacentes a las franjas y recogidas en un instrumento de ordenación forestal (IOF), Plan de prevención de incendios forestales (PPI) a escala municipal o Plan de infraestructuras estratégicas de un perímetro de prote cción prioritaria (PPP). A efectos de esta subvención se consideran AFG las zonas estratégicas y complementarias donde se ha planificado una actuación silvícola de reducción de la vegetación ( desbroces, podas y clareos) para modificar la estructura inicial del bosque y generar una discontinuidad del combustible. El resultado final del tratamiento sobre la vegetación deberá ser el que establece la planificación (IOF, PPI o PPP). Si no es conocido, el resultado final en e stas áreas deberá ser el establecido en las franjas de protección
  • 183,00 euros/ha, con una ayuda máxima del 80% del gasto, 5% en casos de municipios rurales de acuerdo con la Ley 8/2025, de 30 de julio, del Estatuto de municipios rurales.
  • Franjas auxiliares de tráfico (FAT) sobre caminos de acceso a las urbanizaciones y núcleos de población, descritas en el Plan de prevención de incendios forestales vigente a escala municipal o Plan de infraestructuras estratégicas de un perímetro de prot ección prioritaria. Serán subvencionables hasta dos caminos por núcleo o urbanización y hasta el contacto con la carretera clasificada u otro núcleo. A efectos de esta subvención se considerarán FAT los terrenos situados a ambos lados de los caminos entre 1 y 5 metros de ancho y donde se reduce la vegetación inicial ( desbroces, podas y clareos ) para favorecer la seguridad del tráfico. El resultado final del tratamiento de la vegetación deberá ser el desbroce y la trituración

Gastos y actuaciones

  • Gastos subvencionables · eligible
    La regulación de los gastos subvencionables es la establecida en la base 12.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Comisión de Valoración
  • Gastos subvencionables · eligible
    1 La Comisión de Valoración está integrada por:
  • Gastos subvencionables · eligible
    La persona titular del Servicio de Planificación para la Prevención de Incendios Forestales.
  • Gastos subvencionables · eligible
    La persona titular del Servicio de Análisis de Peligro de Incendios Forestales.
  • Gastos subvencionables · eligible
    La persona titular de la Subdirección General de Bosques.
  • Gastos subvencionables · eligible
    2 El órgano instructor podrá designar tanto a la persona que ocupa la secretaría como a los miembros suplentes de la comisión, que sustituirán a los miembros titulares en los casos de ausencia, de vacante, de enfermedad o por cualquier otra causa justificada. Los suplentes se podrán designar por tiempo indefinido o para una sesión determinada.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Criterios de valoración de las solicitudes
  • Gastos subvencionables · eligible
    1 Solicitudes de entes locales que, habiendo sido beneficiarios de una subvención en la convocatoria Resolución ARP/3150/2025, de 18 de julio, no pudieron llevar a cabo la actuación subvencionada por haberse denegado una prórroga solicitada: 20 puntos.
  • Gastos subvencionables · eligible
    2 Solicitudes que actúen sobre municipios que dispongan, en la fecha de la convocatoria, de un plano de delimitación de viviendas, núcleos de población, edificaciones e instalaciones en cumplimiento de la Ley 5/20003. Se considerará completa esta dispos ición con la aprobación inicial o definitiva del documento por parte del ayuntamiento: 3 puntos. En caso de actuaciones supramunicipales, se calculará el valor medio del número de municipios.
  • Gastos subvencionables · eligible
    3 Solicitudes que actúen sobre ámbitos territoriales con más peligro de incendio forestal,
  • Gastos subvencionables · eligible
    4 Solicitudes en las que todas las actuaciones previstas actúen de forma integral sobre las urbanizaciones y núcleos de población, y propongan, como mínimo, la actuación sobre toda
  • Gastos subvencionables · eligible
    Resolución del procedimiento y notificación a la persona interesada
  • Gastos subvencionables · eligible
    1 Las propuestas provisionales de concesión, las resoluciones y los acuerdos resolutorios de subvenciones se publicarán en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya (https://tauler.seu.cat/inici.do?idens=1), sin perjuicio de que se puedan utilizar adicionalmente otros medios electrónicos. Esta publicación sustituye la notificación individual y tiene los mismos efectos.
  • Gastos subvencionables · eligible
    2 La persona titular del órgano concedente será quien deberá resolver sobre la concesión o denegación de la subvención/ayuda, a través de una resolución que se deberá dictar y publicar en el plazo máximo de seis meses, a contar desde el día siguiente de la fecha de publicación de la convocatoria.
  • Gastos subvencionables · eligible
    3 Contra la resolución de la persona titular de la Dirección General de Bosques y Gestión del Medio, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer un recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro que se considere adecuado. En caso de silencio administrativo, el recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación se podrá interponer en cualquier momento a partir del día siguiente al día en el que se obtenga el plazo para resolver y notificar, tal y como establece el apartado anterior.
  • Gastos subvencionables · eligible
    4 Cuando finaliza este plazo, si no se ha dictado y notificado una resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 54.2.e de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y el artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Plazo de ejecución de la actividad y de presentación de renuncias Las actividades que se deban realizar para el cumplimiento del objeto de la subvención se
  • Gastos subvencionables · eligible
    fecha de inicio: 16 de mayo de 2026
  • Gastos subvencionables · eligible
    fecha de fin: 14 de junio de 2028 La fecha límite para solicitar la prórroga del plazo de ejecución de la actividad será el 14 de mayo de 2028. La fecha límite para presentar modificaciones parciales y totales será el 31 de diciembre de

Documentos y trazabilidad

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Otras actuaciones de carácter económico