Subvenciones para el despliegue del programa TU+1 de fomento de la contratación indefinida de uno o más trabajadores o trabajadoras por parte de trabajadores o trabajadoras autónomos o sociedades limitadas unipersonales sin trabajadores a cargo

Fomento del Empleo

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Autónomos. Su ámbito territorial es ES51 - CATALUÑA. La gestiona DEPARTAMENT D'EMPRESA I TREBALL.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • El formulario de solicitud normalizado, que está disponible en el portal corporativo de tramitación Canal Empresa (https://canalempresa.gencat.cat).
  • La documentación que establece la base 13 de la Orden EMT/95/2025, de 17 de junio, que debe adjuntarse a la solicitud.
  • 8 Actuaciones subvencionables
  • 1 La formalización de un contrato indefinido con uno o dos trabajadores o trabajadoras en situación de paro inscritos como demandantes de empleo no ocupado (DONO) en el SOC. La inscripción como DONO debe ser anterior a la formalización del contrato de trabajo. Los contratos deben formalizarse dentro del periodo siguiente: a partir del día siguiente al de la presentación de la solicitud y, como máximo, en el plazo de tres meses a contar desde el día siguiente al de la resolución de otorgamiento. Las personas o entidades beneficiarias deben mantener esta contratación un mínimo de 18 meses. La jornada de trabajo de los contratos formalizados no puede ser inferior al 50% de la jornada plena establecida en el convenio colectivo aplicable o la jornada ordinaria máxima legal, durante todo el periodo de ejecución. No son objeto de esta subvención los contratos de trabajo indefinidos fijos discontinuos. Se permite la sustitución de las personas contratadas de acuerdo con lo que establece la base 8.1.2 del anexo 1 de la Orden EMT/95/2025, de 17 de junio.
  • 2 La participación de los trabajadores y trabajadoras autónomos y los socios o socias únicos de las SLU beneficiarios de esta subvención, dentro del periodo de ejecución, en al menos uno de los cursos de formación gratuita que se ofrecen dentro del catálogo formativo del Consorcio para la Formación Continua de Cataluña, sea en formato en línea o presencial.
  • 9 Gastos subvencionables Los gastos subvencionables de esta subvención, de acuerdo con el artículo 31 de la Ley 38/2003, general de subvenciones, y con la base 11 del anexo 1 de la Orden EMT/95/2025, de 17 de junio, son los que, de manera inequívoca, responden a la naturaleza y la finalidad de la actividad subvencionada, son estrictamente necesarios y
  • 10 Comisión de valoración La comisión de valoración está integrada por la persona titular de la Subdirección General de Trabajo Autónomo y de Autorizaciones de Trabajo, que ejerce las funciones de presidente o presidenta; por la persona titular del Servicio de Trabajo Autónomo, que ejerce las funciones de secretario o secretaria, y por vocales, que son tres personas adscritas al Servicio de Trabajo Autónomo de la Dirección General de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral. El órgano instructor puede designar tanto a la persona que ocupa la secretaría como a los miembros suplentes de la comisión, que sustituyen a los miembros titulares en los casos de ausencia, de vacante, de enfermedad o por cualquier otra causa justificada. Los suplentes pueden ser designados por un tiempo indefinido o para una sesión determinada.
  • 11 Criterios de valoración de las solicitudes El órgano colegiado para la valoración de las solicitudes, en caso de insuficiencia de crédito para otorgar a todas las personas solicitantes que cumplan los requisitos para
  • El orden de antigüedad del inicio de actividad como trabajador o trabajadora autónomo. En el caso de las SLU, se tiene en cuenta la fecha de inicio de operaciones que se indique en la nota informativa mercantil.
  • En caso de empate, se concede la ayuda atendiendo al orden de entrada de las solicitudes presentadas, de acuerdo con lo que establece la base 12 del anexo 1 de la Orden EMT/95/2025, de 17 de junio.
  • En caso de solicitar la subvención para dos trabajadores o trabajadoras, se resuelve, en primer lugar, la concesión de todos los primeros contratos solicitados y, posteriormente, se resuelve la concesión de los segundos contratos solicitados hasta agotar el crédito disponible.
  • 12 Resolución del procedimiento y notificación a la persona interesada
  • 1 Las propuestas provisionales de concesión, las resoluciones y los acuerdos resolutorios de subvenciones se publican en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya (https://tauler.seu.cat/inici.do?idens=1), sin perjuicio de que se puedan utilizar adicionalmente otros medios electrónicos. Esta publicación sustituye a la notificación individual y tiene los mismos efectos.
  • 2 El órgano instructor formula la propuesta definitiva de resolución de las subvenciones en vista de la propuesta de resolución provisional, de la documentación adicional presentada por las personas beneficiarias propuestas, de las aceptaciones y de las comprobaciones hechas, en su caso, y la eleva al órgano resolutorio.
  • 3 Corresponde a la persona titular del órgano concedente resolver sobre la concesión, la inadmisión, la denegación y el desistimiento de la subvención a través de una resolución, que debe dictarse y publicarse en el plazo máximo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de la convocatoria.
  • 4 Transcurrido este plazo, si no se ha dictado ni notificado ninguna resolución expresa, la solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo, de acuerdo con lo que establece el artículo 55.1.a de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.
  • 5 Contra la resolución de concesión, denegación, inadmisión o desistimiento de las ayudas, que no agota la vía administrativa, se puede presentar un recurso de alzada en el plazo de un mes ante la persona titular de la Secretaría de Trabajo del Departamento de Empresa y Trabajo, que es el órgano competente para resolver el recurso, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.
  • 13 Plazo de ejecución de la actividad Las actividades que deban llevarse a cabo para el cumplimiento del objeto de la subvención, de acuerdo con la base 3 del anexo 1 de la Orden EMT/95/2025, de 17 de junio, deben ejecutarse durante 18 meses a contar desde el día de inicio de la contratación del trabajador o trabajadora asalariado.
  • 1 La persona o entidad beneficiaria debe presentar la justificación de la subvención en el plazo de 15 días a partir del día siguiente a aquel en que finalice la actuación subvencionada. En caso de que el objeto de la subvención esté constituido por más de una contratación, el periodo de justificación empezará una vez transcurridos 18 meses de la última contratación.
  • 2 La justificación de esta subvención debe llevarse a cabo de acuerdo con lo que establece la base 24 del anexo 1 de la Orden EMT/95/2025, de 17 de junio. De conformidad con la base 24.4.a de dicha Orden, las personas y las entidades beneficiarias deben presentar la justificación del cumplimiento de las actuaciones subvencionadas, que en todo caso debe incluir una memoria explicativa del proyecto de actividad profesional llevado a cabo, de los objetivos alcanzados y de la mejora y el crecimiento que ha representado para su negocio la actuación subvencionada que se ha llevado a cabo, de acuerdo con el modelo normalizado. La no presentación de este modelo, así como del resto de la documentación justificativa, es causa de revocación total.

Gastos y actuaciones

  • Las actuaciones subvencionables consisten en: · ineligible
    1 La formalización de un contrato indefinido con uno o dos trabajadores o trabajadoras en situación de paro inscritos como demandantes de empleo no ocupado (DONO) en el SOC. La inscripción como DONO debe ser anterior a la formalización del contrato de trabajo. Los contratos deben formalizarse dentro del periodo siguiente: a partir del día siguiente al de la presentación de la solicitud y, como máximo, en el plazo de tres meses a contar desde el día siguiente al de la resolución de otorgamiento. Las personas o entidades beneficiarias deben mantener esta contratación un mínimo de 18 meses. La jornada de trabajo de los contratos formalizados no puede ser inferior al 50% de la jornada plena establecida en el convenio colectivo aplicable o la jornada ordinaria máxima legal, durante todo el periodo de ejecución. No son objeto de esta subvención los contratos de trabajo indefinidos fijos discontinuos. Se permite la sustitución de las personas contratadas de acuerdo con lo que establece la base 8.1.2 del anexo 1 de la Orden EMT/95/2025, de 17 de junio.
  • Las actuaciones subvencionables consisten en: · eligible
    2 La participación de los trabajadores y trabajadoras autónomos y los socios o socias únicos de las SLU beneficiarios de esta subvención, dentro del periodo de ejecución, en al menos uno de los cursos de formación gratuita que se ofrecen dentro del catálogo formativo del Consorcio para la Formación Continua de Cataluña, sea en formato en línea o presencial.
  • Las actuaciones subvencionables consisten en: · eligible
    9 Gastos subvencionables Los gastos subvencionables de esta subvención, de acuerdo con el artículo 31 de la Ley 38/2003, general de subvenciones, y con la base 11 del anexo 1 de la Orden EMT/95/2025, de 17 de junio, son los que, de manera inequívoca, responden a la naturaleza y la finalidad de la actividad subvencionada, son estrictamente necesarios y
  • Las actuaciones subvencionables consisten en: · eligible
    10 Comisión de valoración La comisión de valoración está integrada por la persona titular de la Subdirección General de Trabajo Autónomo y de Autorizaciones de Trabajo, que ejerce las funciones de presidente o presidenta; por la persona titular del Servicio de Trabajo Autónomo, que ejerce las funciones de secretario o secretaria, y por vocales, que son tres personas adscritas al Servicio de Trabajo Autónomo de la Dirección General de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral. El órgano instructor puede designar tanto a la persona que ocupa la secretaría como a los miembros suplentes de la comisión, que sustituyen a los miembros titulares en los casos de ausencia, de vacante, de enfermedad o por cualquier otra causa justificada. Los suplentes pueden ser designados por un tiempo indefinido o para una sesión determinada.
  • Las actuaciones subvencionables consisten en: · eligible
    11 Criterios de valoración de las solicitudes El órgano colegiado para la valoración de las solicitudes, en caso de insuficiencia de crédito para otorgar a todas las personas solicitantes que cumplan los requisitos para
  • Las actuaciones subvencionables consisten en: · eligible
    El orden de antigüedad del inicio de actividad como trabajador o trabajadora autónomo. En el caso de las SLU, se tiene en cuenta la fecha de inicio de operaciones que se indique en la nota informativa mercantil.
  • Las actuaciones subvencionables consisten en: · eligible
    En caso de empate, se concede la ayuda atendiendo al orden de entrada de las solicitudes presentadas, de acuerdo con lo que establece la base 12 del anexo 1 de la Orden EMT/95/2025, de 17 de junio.
  • Las actuaciones subvencionables consisten en: · eligible
    En caso de solicitar la subvención para dos trabajadores o trabajadoras, se resuelve, en primer lugar, la concesión de todos los primeros contratos solicitados y, posteriormente, se resuelve la concesión de los segundos contratos solicitados hasta agotar el crédito disponible.
  • Las actuaciones subvencionables consisten en: · eligible
    12 Resolución del procedimiento y notificación a la persona interesada
  • Las actuaciones subvencionables consisten en: · eligible
    1 Las propuestas provisionales de concesión, las resoluciones y los acuerdos resolutorios de subvenciones se publican en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya (https://tauler.seu.cat/inici.do?idens=1), sin perjuicio de que se puedan utilizar adicionalmente otros medios electrónicos. Esta publicación sustituye a la notificación individual y tiene los mismos efectos.
  • Las actuaciones subvencionables consisten en: · eligible
    2 El órgano instructor formula la propuesta definitiva de resolución de las subvenciones en vista de la propuesta de resolución provisional, de la documentación adicional presentada por las personas beneficiarias propuestas, de las aceptaciones y de las comprobaciones hechas, en su caso, y la eleva al órgano resolutorio.
  • Las actuaciones subvencionables consisten en: · eligible
    3 Corresponde a la persona titular del órgano concedente resolver sobre la concesión, la inadmisión, la denegación y el desistimiento de la subvención a través de una resolución, que debe dictarse y publicarse en el plazo máximo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de la convocatoria.
  • Las actuaciones subvencionables consisten en: · eligible
    4 Transcurrido este plazo, si no se ha dictado ni notificado ninguna resolución expresa, la solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo, de acuerdo con lo que establece el artículo 55.1.a de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.
  • Las actuaciones subvencionables consisten en: · eligible
    5 Contra la resolución de concesión, denegación, inadmisión o desistimiento de las ayudas, que no agota la vía administrativa, se puede presentar un recurso de alzada en el plazo de un mes ante la persona titular de la Secretaría de Trabajo del Departamento de Empresa y Trabajo, que es el órgano competente para resolver el recurso, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.
  • Las actuaciones subvencionables consisten en: · eligible
    13 Plazo de ejecución de la actividad Las actividades que deban llevarse a cabo para el cumplimiento del objeto de la subvención, de acuerdo con la base 3 del anexo 1 de la Orden EMT/95/2025, de 17 de junio, deben ejecutarse durante 18 meses a contar desde el día de inicio de la contratación del trabajador o trabajadora asalariado.
  • Las actuaciones subvencionables consisten en: · eligible
    14 Justificación
  • Las actuaciones subvencionables consisten en: · eligible
    1 La persona o entidad beneficiaria debe presentar la justificación de la subvención en el plazo de 15 días a partir del día siguiente a aquel en que finalice la actuación subvencionada. En caso de que el objeto de la subvención esté constituido por más de una contratación, el periodo de justificación empezará una vez transcurridos 18 meses de la última contratación.
  • Las actuaciones subvencionables consisten en: · eligible
    2 La justificación de esta subvención debe llevarse a cabo de acuerdo con lo que establece la base 24 del anexo 1 de la Orden EMT/95/2025, de 17 de junio. De conformidad con la base 24.4.a de dicha Orden, las personas y las entidades beneficiarias deben presentar la justificación del cumplimiento de las actuaciones subvencionadas, que en todo caso debe incluir una memoria explicativa del proyecto de actividad profesional llevado a cabo, de los objetivos alcanzados y de la mejora y el crecimiento que ha representado para su negocio la actuación subvencionada que se ha llevado a cabo, de acuerdo con el modelo normalizado. La no presentación de este modelo, así como del resto de la documentación justificativa, es causa de revocación total.
  • Las actuaciones subvencionables consisten en: · eligible
    1 El pago de la subvención se efectúa con la comprobación del cumplimiento de los requisitos para la obtención de la condición de persona beneficiaria o previa justificación por parte de la persona beneficiaria de la realización de la actividad, el proyecto, el objetivo o la adopción del comportamiento para el que se concede en los términos que establecen las bases reguladoras, de acuerdo con lo que establece la

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