Personas jurídicasES211 - Araba/Álava

Subvenciones a las Juntas Administrativas del municipio de Ayala para gastos de ejecución de obras y honorarios técnico · 2026

Título oficial: Subvenciones a las Juntas Administrativas del municipio de Ayala para gastos de ejecución de obras y honorarios técnicos, año 2026.

Las presentes bases regulan la convocatoria de subvenciones municipales a las juntas administrativas del municipio Ayala, con carácter finalista, para la realización de obras y el pago de honorarios técnicos, para el ejercicio 2026. El procedimiento de concesión, por la naturaleza de la subvención a que se refiere, se tramitará por el prorrateo, con los límites establecidos en las presentes bases, entre las beneficiarias, del importe global máximo destinado a la presente subvención, q ue, en el presupuesto municipal para 2026, es la consignación

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES211 - Araba/Álava. La gestiona AYUNTAMIENTO DE AYALA/AIARA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 70.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Hallarse al corriente en los pagos de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Foral y con la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Hallarse al corriente en los pagos a las arcas municipales del Ayuntamiento de Ayala.
  • Hallarse al corriente en los pagos de obligaciones por reintegro de otras subvenciones.
  • No estar incursa en ninguna otra causa que le impida ser beneficiaria de subvenciones, conforme a lo establecido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones.
  • 1. Las obligaciones de las juntas administrativas beneficiarias de la presente subvención son las
  • Justificar ante el Ayuntamiento de Ayala el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la ejecución de las obras o gastos para los que se han concedido los fondos.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación aportando cuanta información le sea requerida en el seno de esa subvención.
  • Comunicar a la mayor brevedad posible ante el Ayuntamiento de Ayala la obtención de otras subvenciones, ayudas o ingresos que financien las obras o gastos subvencionados.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos percibidos, en tanto que puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
  • Si estuviera en curso alguna de las causas de reintegro, se deberá proceder al reintegro de la cuantía recibida. La omisión o falsedad de algún dato o documento al presentar la solicitud dará lugar a la declaración de nulidad de aquélla, además de las responsabilidades en las que se haya podido incurrir.
  • 2. La junta administrativa beneficiaria podrá subcontratar total o parcialmente la obra o actuación técnica objeto de la presente subvención. Al ser las beneficiarias administraciones públicas, están obligadas a contratar siguiendo los requisitos de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parl amento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, y demás legislación aplicable. Por ello, siempre que la actuación a subvencionar exceda de los límites del contrato menor (actualmente
  • 000,00 euros, para las obras y 15.000,00 euros, para servicios técnicos) , junto con la justificación, se deberá presentar certificado del fiel de fe chos, con el visto bueno del/la regidor/a -presidente/a de la junta administrativa beneficiaria, indicando el procedimiento seguido para la contratación, el número de ofertas recibidas y sus importes, y la puntuación obtenida por el adjudicatario que motive la adjudicación del contrato.
  • Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 20 días hábiles a partir de la publicación de esta convocatoria en el BOTHA. Si se detecta alguna irregularidad o deficiencia en la documentación presentada, se dispondrá de un plazo de diez días, a partir del requerimiento, para la subsanación de la solicitud. Transcurrido el plazo, si la solicitud no ha sido corregida, será archivada y quedará sin valor administrativo.
  • Junto con la solicitud (anexo I) se presentará la siguiente documentación: 2026 - 645 23/10/2026
  • Declaración jurada sobre la existencia o no de otras peticiones de subvención para la misma finalidad y, en su caso, fotocopia compulsada de la petición. Si la petición ha recibido respuesta, fotocopia compulsada de la resolución indicando la cantidad c oncedida o si ha sido denegada. Indicar, en su caso, si se está a la espera de resolución (anexo II).
  • Certificado emitido por la administración competente acreditativo de estar al corriente del pago de los impuestos a la Hacienda Foral y a la Tesorería General de la Seguridad Social, o en su caso, no oponerse a la comprobación por parte del Ayuntamiento de Ayala. (anexo III).
  • Declaración de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, señaladas en el artículo 13, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (anexo IV).
  • 1. Plazo de justificación. Todas las beneficiarias deberán presentar la justificación de la subvención con fecha límite el 15 de febrero de 2027. No obstante, las facturas justificativas tendrán como fecha límite el 31 de diciembre del 202 6, puesto que la obra o servicio debe ser ejecutado antes de finalizar el año de concesión.
  • 2. Justificación de las subvenciones. Se deberá justificar el cien por cien del presupuesto de la obra o gasto de honorario técnico solicitado y no sólo la cantidad concedida por el ayuntamiento.
  • 3. Documentación a presentar en la justificación.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Las presentes bases regulan la convocatoria de subvenciones municipales a las juntas administrativas del municipio Ayala, con carácter finalista, para la realización de obras y el pago de honorarios técnicos, para el ejercicio 2026. El procedimiento de concesión, por la naturaleza de la subvención a que se refiere, se tramitará por el prorrateo, con los límites establecidos en las presentes bases, entre las beneficiarias, del importe global máximo destinado a la presente subvención, q ue, en el presupuesto municipal para 2026, es la consignación