Subvenciones por inserción de euskera en rotulación de comercio, hostelería y empresas de servicio de Ayala, año 2026.

El objeto de estas Bases es regular el procedimiento de concesión de Subvenciones que en el año 2026 el Ayuntamiento de Ayala, a través de su Área de Euskara, concederá a los establecimientos mercantiles, hosteleros y empresas de servicios ubicadas en el municipio de Ayala por la inserción del euskara en sus nuevos trabajos de rotulación realizados en el período abarcado en la convocatoria en vigor (del 1 de enero al 31 de diciembre del año 2026). La actuación tiene que estar realizada antes del 31 de diciembre de 2026)…

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES211 - Araba/Álava. La gestiona AYUNTAMIENTO DE AYALA/AIARA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo.

Beneficiarios oficiales: PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 3.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Domicilio social o sede fijado en Ayala.
  • Que puedan acreditar documentalmente ante el Registro de este ayuntamiento estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de la Seguridad Social.
  • Que no está incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones, según lo señalado en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • 2.- Prohibiciones: No podrán concurrir las personas físicas o jurídicas que incumplan las obligaciones establecidas en la Ley 4/2005 para la Igualdad de Mujeres y Hombres, o en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
  • 1.- Plazo de presentación de las solicitudes: será de 1 mes a partir de la publicación de estas bases en el BOTHA. La presentación de las solicitudes será en el Registro General del Ayuntamiento de Ayala sito en las oficinas municipales, por la sede electrónica del ayuntamien to de Ayala o en los lugares a los que hace referencia el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • 2.- Información y tramitación de solicitudes: toda la información relativa a la convocatoria estará disponible en la página web municipal www.aiarakoudala.eus.
  • 3.- Documentación a aportar:
  • Prueba del diseño, texto a rotular y presupuesto detallado del trabajo de rotulación. Si se encontrase ya realizada, copia compulsada de la factura. Se acompañará a la factura el justificante del pago de la misma.
  • Si la solicitud la tramita una persona física, copia del DNI de la o el firmante de la solicitud; si fuera una persona jurídica, copia de la tarjeta del CIF, copia del DNI de la persona física que lo representa y acreditación de que esa persona física es la representante legal o autorizada de la persona jurídica.
  • Número de cuenta bancaria a nombre de la o el solicitante para tramitar el pago de la subvención.
  • Declaración jurada sobre la solicitud y/o concesión de alguna otra subvención para la realización del mismo objeto subvencionable de la presente convocatoria. Deberá especificarse el organismo, el importe solicitado y si está o no concedida. 2026 - 642 21/10/2026
  • Certificado emitido por la administración competente, acreditativo de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social y Hacienda Foral, o en su caso, documento firmado por solicitante de no oposición a que el Ayuntamiento de Ayala , mediante los sistemas de intermediación de datos disponibles, realice las comprobaciones y consultas necesarias de los datos que obren en poder de la Administración. En el caso que se oponga expresamente, deberá aportar los certificados de los organismos mencionados. (Anexo II).
  • 4.- Solicitud (se presentará una solicitud por cada persona fís ica o jurídica independientemen te
  • del número de actuaciones para las que quiera solicitar la subvención): Se deberá presentar el anexo I debidamente rellenado y firmado. Se deberá presentar el anexo II debidamente rellenado y firmado. Asimismo, en todas las solicitudes se deberá tener en cuenta que, el total de la financiación que se obtenga por cualquier subvención no podrá superar el coste de la actuación. El ayuntamiento podrá recabar a las entidades solicitantes cuantas aclaraciones estime oportunas para la mejor valoración de la solicitud presentada. Si la solicitud, no estuviera debidamente formalizada o faltara algún dato o alguno de los documentos mencionados, se requerirá a la persona solicitante para subsanar las deficiencias en el plazo de 10 días hábiles, indicándole que, sin no lo hiciese, se archivará la solicitud sin más trámite.
  • 1. Plazo de justificación: Las personas o entidades solicitantes tendrán que presentar la justificación de la subvención con fecha límite el 31 de enero de 2027. En este plazo se tendrán que presentar todas las facturas referentes a la actuación realizada, los justificantes de pago y demás documentación exigida en la presente base.
  • 2. Justificación de las subvenciones: Se deberá justificar el 100 por ciento del presupuesto presentado a subvención y no sólo la cantidad concedida por el ayuntamiento, tal y como dispone la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • 3. Sistema de justificación:
  • Para justificar la subvención el beneficiario deberá presentar la siguiente documentación:
  • Breve descripción del trabajo de rotulación realizado.
  • Facturas originales o fotocopias compulsadas, si el gasto ha sido parcialmente financiado por otro recurso o subvención, de las facturas justificativas del gasto o documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de estas Bases es regular el procedimiento de concesión de Subvenciones que en el año 2026 el Ayuntamiento de Ayala, a través de su Área de Euskara, concederá a los establecimientos mercantiles, hosteleros y empresas de servicios ubicadas en el municipio de Ayala por la inserción del euskara en sus nuevos trabajos de rotulación realizados en el período abarcado en la convocatoria en vigor (del 1 de enero al 31 de diciembre del año 2026). La actuación tiene que estar realizada antes del 31 de diciembre de 2026). Con dicha ayuda pretende reforzarse la aparición del euskera en un campo casi en su totalidad monopolizado por otras lenguas, especialmente el castellano, y así intentar acercar la realidad a una situación de bilingüismo oficialmente reconocida. A su vez y en especial, el objetivo sociolingüístico de la presente actuación es el de incidir en el paisaje lingüístico, para actuar en los ámbitos de la motivación y uso del euskara. Estas subvenciones estarán sujetas a la ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones municipales, aprobada por el Ayuntamiento de Ayala, a la Norma Foral 3/1997, de 7 de febrero de Subvenciones y Transferencias en el Territorio Histórico de Álava, a la Ley General de Subvenciones 38/2003 de 17 de noviembre, y a toda legislación complementaria aplicable.