SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DEL DEPORTE DEL AYUNTAMIENTO DE MARCHAMALO PARA EL EJERCICIO 2026

El objeto de estas Bases es regular, con carácter general, el régimen al que ha de ajustarse la concesión y justificación de subvenciones a entidades y clubes deportivos y deportistas individuales fomentando el deporte y la actividad física en el municipio de Marchamalo. Línea 1. Clubes y Entidades Deportivas: Con el fin de colaborar con los clubes y entidades deportivas en el desarrollo de sus actividades deportivas, la participación en actividades deportivas de carácter federado, así como la práctica de las diferentes disciplinas deportivas. Línea 2…

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES424 - Guadalajara. La gestiona AYUNTAMIENTO DE MARCHAMALO.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica, Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 12.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Línea 1. Clubes y Entidades Deportivas : Podrán optar a esta línea de ayudas los clubes y entidades deportivas sin ánimo de lucro, legalmente constituidos e inscritos en el registro administrativo correspondiente, así como en el Registro de Asociaciones y Entidades de Marchamalo, con domicilio social y fiscal en el municipio de Marchamalo, que cumplan
  • Que los deportistas del club o entidad participen en competiciones de sus ligas correspondientes de la temporada correspondiente al ejercicio económico en que se produce la convocatoria.
  • Que la entidad organice actividades o eventos que promocionen la actividad física y/o deportiva.
  • Asimismo, los clubes o entidades beneficiarias deberán:  Acreditar que están desarrollando actividades deportivas en Marchamalo o en las que se tenga a Marchamalo como referente, bien promocionando a nuestro municipio o facilitando a nuestros vecinos el acceso a la práctica deportiva.  Acreditar que, al menos el 50% de los miembros del club o entidad están empadronados en Marchamalo. Línea 2. Deportistas individuales federados: Podrán optar a esta línea de ayudas los deportistas individuales que cumplan con los siguientes requisitos  Que cuenten con licencia federativa en vigor  Que estén empadronados en el municipio de Marchamalo.  Que participen en convocatorias oficiales durante la anualidad objeto de la convocatoria.  Que desarrollen su actividad deportiva en un deporte individual (no de equipo), salvo en casos excepcionales de necesidad de adaptación para la práctica deportiva. Ayuntamiento de Marchamalo Pág.5 de 13
  • Las actividades y los resultados de su participación en las mismas deberán ser certificadas por la federación deportiva correspondiente o el Consejo Superior de Deportes, en su caso. Asimismo, para todos los casos de ambas líneas, será requisito imprescindible no hallarse incurso en ninguna de las circunstancias que prohíben tener la condición de beneficiario, previstas en el párrafo 2º del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, entre las que se incluyen las municipales y frente a la Seguridad Social. No podrán recibir subvención con cargo a la presente convocatoria aquellas entidades o aquellos deportistas individuales que, habiendo recibido subvenciones con anterioridad, no hayan procedido a su justificación o no hayan procedido a su reintegro.
  • declarado en el Anexo IV). El Ayuntamiento podrá solicitar a la entidad o deportista individual solicitante documentación adicional cuando la documentación aportada no acredite claramente alguno de los criterios valorativos o cuando lo considere oportuno para realizar una valoración adecuada.
  • Los Clubes o Entidades Deportivas y los Deportistas Individuales perceptores de estas subvenciones deberán justificar la aplicación de los fondos solicitados en el momento de solicitud de la subvención, con los anexos requeridos, acompañados de la documentación acreditativa de los gastos de las actividades desarrolladas para las que solicitan la presente Ayuntamiento de Marchamalo Pág.10 de 13
  • ayuda. Excepcionalmente y previa solicitud o inclusión en los anexos de solicitud, aquellas actividades cuya realización estén planificadas para su desarrollo en momento posterior a la presentación de la solicitud de subvención, y que su naturaleza impida la realización en otra fecha, siempre que se ejecute antes del 31 de diciembre del año en curso, podrán incluirse en la solicitud, indicando su descripción y presupuesto previsto, pudiendo justificar estos gastos una vez finalizada la misma. De no finalizarse el proyecto o actividad en la fecha señalada, deberá solicitarse de forma escrita por el beneficiario la ampliación del plazo de justificación, con indicación de la fecha de finalización del mismo.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Artículo 8. GASTOS NO SUBVENCIONABLES: · ineligible
    No se admitirán los gastos relativos a:  Gastos relativos al desarrollo ordinario de la entidad o club deportivo y gastos necesarios para su normal funcionamiento y los gastos de material inventariable no deportivo.  Gastos de inversión, material inventariable, salvo informe de la comisión de valoración por ser indispensable para la organización de la actividad deportiva por parte de la entidad o club deportivo.  Gastos en bebidas y alimentos, excepto las que estén directamente relacionados con actividades comunitarias tradicionales para toda la población y sean necesarias para su ejecución (como las acciones de avituallamiento en caso de organización de actividad deportiva). No serán subvencionables las actividades que promuevan la violencia, la desigualdad, actitudes discriminatorias o que atenten contra la integridad de las personas. La ayuda que se conceda será destinada a la actividad subvencionada. La aplicación de la subvención a una finalidad distinta dará lugar a su revocación y reintegro.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de estas Bases es regular, con carácter general, el régimen al que ha de ajustarse la concesión y justificación de subvenciones a entidades y clubes deportivos y deportistas individuales fomentando el deporte y la actividad física en el municipio de Marchamalo. Línea 1. Clubes y Entidades Deportivas: Con el fin de colaborar con los clubes y entidades deportivas en el desarrollo de sus actividades deportivas, la participación en actividades deportivas de carácter federado, así como la práctica de las diferentes disciplinas deportivas. Línea 2. Deportistas individuales federados: Con el fin de colaborar con los deportistas del municipio con licencia federativa para fomentar su participación en competiciones oficiales de ámbito provincial, autonómico, nacional e internacional. Las subvenciones a que se refiere la presente convocatoria, se otorgarán de acuerdo con los principios de objetividad, concurrencia y publicidad, garantizando la transparencia en las actuaciones administrativas.