Personas jurídicasES617 - Málaga

SUBVENCIONES EN REGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DEPORTES SAN PEDRO 2026 `GASTOS DERIVADOS DE LA ORGANIZACIÓN DE EVENTOS DEPORTIVOS DE CUALQUIER AMBITO`

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES617 - Málaga. La gestiona AYUNTAMIENTO DE MARBELLA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los beneficiarios.
  • Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la ejecución de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un comportamiento singular, ya realizados o por desarrollar, o la concurrencia de una situación, debiendo el beneficiario cumplir las obligaciones materiales y formales que se hubieran establecido.
  • NIF de la entidad deportiva.
  • DNI/NIE del representante y documento acreditativo de representación.
  • Memoria de actividad para la que se solicita la subvención junto con un presupuesto pormenorizado de gastos e ingresos con mención de fondos propios y, en su caso, de los provenientes de otras instituciones públicas y privadas (anexo I).
  • Certificación del acuerdo del órgano competente de la entidad deportiva en la que se ratifique la decisión de solicitar la subvención, debidamente expedida por el Secretario de la misma con el visto bueno del Presidente (anexo II). Cód. Validación: AM4SJSZHZ53G3RHZ7L3EL3Q4K Verificación: https://marbella.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 23
  • Documentación acreditativa de los méritos , tales como certificaciones y demás acreditaciones, inscripciones, certificados, titulaciones, licencias etc. Las licencias se acreditarán mediante Certificación de la Federación correspondiente del número de deportistas de la entidad deportiva con licencias federativas en vigor. Solo se valorará una licencia por deportista independientemente que se disponga de más de una licencia según disciplina deportiva.
  • Certificado de no tener deudas pendientes con la Agencia Tributaria , ni con la Tesorería General de la Seguridad Social (por aplicación de la Base 21 de las Bases de Ejecución del presupuesto municipal vigente no será necesario aportar la documentación acreditativa del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la entidad local p or cuanto los co rrespondientes certificados serán recabados directamente por el órgano instructor del procedimiento de concesión).
  • Póliza de seguro de acc identes y responsabilidad civil y el correspondiente adeudo bancario.
  • Tratándose de entidades inscritas en el Re gistro Municipal de Entidades Ciudadanas de Marbella, no será preciso que aporten los estatutos o escrituras de constitución, el NIF o DNI del representante legal, el certificado de nombramiento, la inscripción en el registro de as ociaciones correspondient e y el certificado de titularidad de la cuenta bancaria de la entidad deportiva. Se hará constar a través de declaración expresa, suscrita por el representante legal, que no han variado los datos que obran en dicho registro. Si se han producido modificacio nes o alteraciones, se aportará la citada documentación (sin perjuicio además de notificarlo al registro).
  • Declaración responsable de no haber obtenido cantidades procedentes de otras subvenciones o contrato de patrocinio por parte del Ayuntamiento de Marbella para la misma finalidad.
  • Declaración responsable de no haber obtenido otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad procedentes de cualesquiera otras Administraciones o entes públicos o privados y, en su caso, cantidad percibida.
  • Declaración responsable de no encontrarse incursa en ninguna de las circunstancias que le imposibilitarían ser beneficiario de las subvenciones conforme al art ículo 13 de la LGS y 5 de la Ordenanza Municipal. SÉPTIMO. Imputación presupuestaria La presente convocatoria se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 7010- 3410-48900, por importe máximo de CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO EUROS (164.245,00 €) previa existencia de crédito adecuado y suficiente y aprobación del gasto en los términos legalmente procedentes. OCTAVO. Criterios de valoración La puntuación se asignará conforme a criterios objetivos, acreditados documentalmente y aplicados de forma homogénea. La Comisión de Valoración no Cód. Validación: AM4SJSZHZ53G3RHZ7L3EL3Q4K Verificación: https://marbella.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 23
  • 5 podrá otorgar puntuación por analogía, oportunidad o conveniencia si el mérito no queda suficientemente acreditado. Para la concesión de las subvenciones se tendrán en cuenta los siguientes criterios de
  • . Competición nacional: 1º clasificado, 100 puntos 2º clasificado, 50 puntos 3º clasificado, 30 puntos Clasificado entre el 4º y el 8º, 10 puntos
  • . Competición autonómica: 1º clasificado, 40 puntos Cód. Validación: AM4SJSZHZ53G3RHZ7L3EL3Q4K Verificación: https://marbella.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 23
  • . Competición provincial: 1º clasificado, 10 puntos 2º clasificado, 5 puntos 3º clasificado, 3 puntos Criterio 9 BIS: Resultados obtenidos en las distintas competicione s de distinto nivel, a razón del siguiente reparto: - DEPORTES INDIVIDUALES O POR PAREJAS
  • . Competición nacional: 1º clasificado, 20 puntos 2º clasificado, 10 puntos 3º clasificado, 5 puntos Clasificado entre el 4º y el 8º, 2 puntos
  • . Competición autonómica: 1º clasificado, 10 puntos 2º clasificado, 6 puntos 3º clasificado, 4 puntos 4º clasificado, 2 puntos
  • . Competición provincial: 1º clasificado, 5 puntos 2º clasificado, 3 puntos 3º clasificado, 1 puntos Criterio 10: Número de licencias feder ativas para la práctica de deporte adaptado a razón de 5 puntos por deportista. Criterio 11: Entrenador con licencia federativa de nivel nacional (entrenador nivel III o Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte), a razón de 20 puntos por entrenador. Criterio 12: Entrenador con licencia federativa del nivel autonómico (entrenador nivel II o Diplomado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte), a razón de 10 puntos por entrenador. Criterio 13: Entrenador con licencia federativa de nivel provincial/local (entrenador nivel I o Técnico en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre – Acondicionamiento Físico – Enseñanza y Animación Socio Deportiva), a razón de 5 puntos por entrenador. Cód. Validación: AM4SJSZHZ53G3RHZ7L3EL3Q4K Verificación: https://marbella.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 23

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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