subvenciones educativas, culturales y sociales de ayuda a la conciliación familiar conforme al Plan Estratégico de Subv · 2026

Título oficial: subvenciones educativas, culturales y sociales de ayuda a la conciliación familiar conforme al Plan Estratégico de Subvenciones a cargo del Presupuesto 2026 de Alcolea del Pinar.

1. Podrán ser objeto de subvención las siguientes actividades: las organizadas por entidades culturales domiciliadas en el municipio, debidamente constituidas con su número de identificación fiscal, que presenten las actividades culturales de carácter general que difundan la identidad del municipio, en cualquiera de las manifestaciones que pudieran ser consideradas como válidas para alcanzar el objetivo de acercar la cultura en un municipio encuadrado en grado 2 grave de despoblación.

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Estudiantes y educación, Familias e infancia. Su ámbito territorial es ES42 - CASTILLA LA MANCHA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALCOLEA DEL PINAR.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas, Estudiantes y educación, Familias e infancia.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 8.500,00 €. Inicio: 23/10/2026. Plazo: Fin: 08/11/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Tener alumnado matriculado a que se refiere el artículo 4 y que por reunir los requisitos del apartado anterior tengan derecho a ser beneficiario de la ayuda.
  • Que solicite la subvención conforme a lo establecido en el artículo 18.
  • Atendiendo a la naturaleza jurídica de la ayuda que se otorga y sus destinatarios, se les exime de
  • Igualmente, a los beneficiarios de las ayudas reguladas en este decreto se les exceptúa del requisito de tener su domicilio fiscal en Castilla-La Mancha, dado el objeto y finalidad de las ayudas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 73.3.b) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.
  • Tener concierto educativo vigente para el curso escolar para el que solicite la ayuda.
  • Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y acreditar que no han sido sancionados en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.3 del Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla- La Mancha en materia de subvenciones en relación con el artículo 17 de la Ley 10/2010, de 21 de octubre, de promoción de la seguridad y salud en el trabajo en Castilla-La Mancha.
  • No haber sido sancionados por resolución administrativa firme o condenados por sentencia judicial firme por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, salvo cuando acrediten haber cumplido con la sanción o la pena impuesta y hayan elaborado un plan de igualdad o adoptado medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, con la conformidad del órgano competente en materia de igualdad
  • No estar incursos en las circunstancias que recoge el artículo 13.3 bis, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • Límite temporal de las ayudas hasta 30 de junio de 2027 por razón de curso escolar. No disponer de otra ayuda o prestación para el mismo fin otorgada por un organismo público o privado.
  • El importe de la subvención no podrá superar el 90 % del presupuesto por cada actividad programada.
  • Una vez justificadas las actividades se abonará la cantidad concedida La concesión de las ayudas contempladas en la presente convocatoria se sujetará a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
  • 1 Para las entidades culturales y educativas sin ánimo de lucro los r equisitos para solicitar la
  • Estar legalmente constituida, con número de identificación fiscal
  • Cumplir en sus Estatutos los fines como objeto que concuerden con los fines de la subvención a la que se opta.
  • Estar al corriente de pagos con el Ayuntamiento, así como no tener deuda con la Hacienda Pública y la Seguridad Social
  • Disponer de un certificado digital de representante de persona jurídica para poder tramitar la solicitud de forma telemática.
  • Tener subvenciones anteriores debidamente justificadas y resueltas sin expedientes de penalización.
  • Deberán acompañarse a la solicitud los documentos siguientes , a parte de los descritos en el artículo 4
  • — Declaración responsable de que en el solicitante no concurre ninguna de las circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
  • — Programa detallado de las actividades a realizar y para las cuales se solicita la subvención

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

1. Podrán ser objeto de subvención las siguientes actividades: las organizadas por entidades culturales domiciliadas en el municipio, debidamente constituidas con su número de identificación fiscal, que presenten las actividades culturales de carácter general que difundan la identidad del municipio, en cualquiera de las manifestaciones que pudieran ser consideradas como válidas para alcanzar el objetivo de acercar la cultura en un municipio encuadrado en grado 2 grave de despoblación.