SUBVENCIONES DIRIGIDAS A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE SALAMANCA INTERESADOS EN LA REALIZACIÓN DE OBRAS DE REPARACIÓN, CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE SUS CENTROS ESCOLARES PARA LOS AÑOS 2025-2026

1.1.- Es objeto de la presente convocatoria la subvención a los Ayuntamientos de la Provincia para la ejecución en los Colegios de Educación Infantil y Primaria del medio rural provincial radicados en su término municipal, de obras de reparación, conservación y mejora, así como obras nuevas de pequeña cuantía que tiendan a dotar de servicios necesarios tanto en los edificios, en sus instalaciones deportivas o en sus anexos, destinados a actividad escolar, durante el curso 2026-2027. Todo ello de acuerdo con las competencias que el Art…

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES415 - Salamanca. La gestiona DIPUTACIÓN DE SALAMANCA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • 1.- Podrán participar en la presente convocatoria todos los Ayuntamientos de la Provincia (menores de 20.000 habitantes), en cuyo término municipal se encuentren ubicados Colegios Públicos, con actividad escolar, que afecten a Centros de Educ ación Infantil y Primaria y que estén necesitados de las obras que se describen en la Base primera, con
  • Hasta 4.000 € del coste de ejecución de las obras: Consejería de Educación: 40%. Diputación de Salamanca: 40%. Ayuntamiento: 20%. De más de 4.000 € y hasta 8.000 € (cuantía máxima que podrá solicitarse) del coste de
  • 2.- El exceso que se produzca en la cuantía máxima establecida en estas Bases no será subvencionado por la Consejería de Educación y la Diputación de Salamanca, siendo de cargo de la Entidad Local interesada.
  • 3.- En ningún caso podrán ser beneficiarios de estas subvenciones aquellos ayuntamientos que al tiempo de finalización del plazo para solicitar la subvención no hayan ejecutado y justificado ante la Diputación Provincial los proyectos subvencionados en la convocatoria 2025-2026.
  • 1.- Las solicitudes y toda la documentación que tengan que aportar los ayuntamientos se realizará exclusivamente a través de la sede electrónica de la Diputación de Salamanca: Sede Electrónica (diputaciondesalamanca.gob.es) (Subvenciones Ayuntamientos).
  • 2.- Los ayuntamientos interesados deberán acompañar a la solicitud dentro del plazo
  • Solicitud ampliada obligatoria (anexo 1).
  • Certificado expedido por el/la Sr./Sra. Secretario/a de la Corporación de los acuerdos adoptados por el órgano competente de la Entidad comprensivo de la aprobación del proyecto técnico, memoria o presupuesto desglosado por partidas de las obras.
  • Certificado expedido por el/la Sr./Sra. Secretario/a de la Corporación comprensivo del compromiso de aportar el porcentaje correspondiente (20% o 30%) del presupuesto de ejecución de aprobación del proyecto técnico, memoria o presupuesto de las obras.
  • Proyecto técnico, memoria o presupuesto desglosado por partidas de las obras (incluyendo 2 fotografías en color).
  • Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con Hacienda Pública, con la Seguridad Social y con la Diputación de Salamanca (anexo 4).
  • - D atos representante (En caso de presentación por el representante debe aportar documentación acreditativa de la representación).
  • - D escripción de la Solicitud
  • - Autorización expresa del interesado a la consulta de los datos necesarios para la resolución del procedimiento, obrantes en la Administración. (Conforme a lo establecido en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y demás legislación vigente) NO PRESTA SU CONSENTIMIENO para que la Diputación de Salamanca realice consulta de los datos del solicitante a otras Administraciones públicas
  • VIGENTES Y DE NO CONCURRENCIA DE CIRCUNSTANCIAS NI PROHIBICIONES PARA OBTENER LA
  • - Que, a la fecha de presentación de la documentación, este Ayuntamiento se encuentra al corriente de sus obligaciones respecto a la Diputación Provincial de Salamanca
  • - Se halla al corriente de sus obligaciones tributarias y Seguridad Social, impuestas por la legislación vigente conforme establece la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (artículo 13) así como en el artículo 24 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Regla mento de la precitada Ley.
  • - Igualmente y en los términos del artículo 189 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, y artículo 18 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, tenemos conocimiento de que esta Diputación de oficio aportará al expediente el informe del Interventor que ponga de manifiesto que el Ayuntamiento está al corriente con la Hacienda Provincial.
  • - Que este Ayuntamiento no está incurso en ninguna de las prohibiciones recogidas en el apartado 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Declarando, asimismo, que este Ayuntamiento no es deudor por resolución de procedencia de reintegro.
  • - Que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para obtener el reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio, que dispone de la documentación que así lo acredita, que la pondrá a disposición de la Administración cuando le sea requerida y que se compromete a mantener el cumplimiento de las anteriores durante el periodo de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio. Y para que conste y surta a efectos de justificación, firmo la presente declaración,

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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1.1.- Es objeto de la presente convocatoria la subvención a los Ayuntamientos de la Provincia para la ejecución en los Colegios de Educación Infantil y Primaria del medio rural provincial radicados en su término municipal, de obras de reparación, conservación y mejora, así como obras nuevas de pequeña cuantía que tiendan a dotar de servicios necesarios tanto en los edificios, en sus instalaciones deportivas o en sus anexos, destinados a actividad escolar, durante el curso 2026-2027. Todo ello de acuerdo con las competencias que el Art. 36.1b) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, atribuye a la Diputación Provincial en materia de asistencia y cooperación económica con los municipios.