Personas jurídicasES70 - CANARIAS

Subvenciones Directas Emprendimiento 2026-2028

Fomento del Empleo

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES70 - CANARIAS. La gestiona SERVICIO CANARIO DE EMPLEO.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Que el contrato se celebre por escrito.
  • Que la celebración del mismo se autorice previamente por la entidad concedente de la subvención. 10 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de
  • No podrá fraccionarse un contrato con el objeto de disminuir la cuantía del mismo y eludir el cumplimiento de los requisitos exigidos en el apartado anterior. Si se subcontratan actividades el beneficiario será responsable de que en la ejecución de la actividad subvencionada concertada con terceros se respeten los límites porcentuales que se establecen en esta Resolución en cuanto a la naturaleza y cuantía de gastos subvencionables. Asimismo los contratistas estarán sujetos al deber de colaboración previsto en el artículo 46 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, para permitir la adecuada verificación del cumplimiento de dichos límites. La Administración podrá comprobar, dentro del período de prescripción, el coste así como el valor de mercado de las actividades subcontratadas al amparo de las facultades que le atribuyen los artículos 32 y 33 de la Ley General de Subvenciones.
  • El beneficiario no podrá concertar la ejecución total o parcial de las actividades subvencionadas con:
  • Personas o entidades incursas en alguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Personas o entidades que hayan percibido otras subvenciones para la realización de la actividad objeto de contratación.
  • Intermediarios o asesores en los que los pagos se definan como un porcentaje de coste total del programa, a menos que dicho pago esté justificado con referencia al valor de mercado del trabajo realizado o los servicios prestados.
  • Personas o entidades vinculadas con el beneficiario, salvo que concurran las siguientes circunstancias: que la contratación se realice de acuerdo con las condiciones normales de mercado o que se obtenga la previa autorización del órgano concedente.
  • Justificar ante el Servicio Canario de Empleo el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de los objetivos que fundamentan la concesión de la subvención.
  • Acreditar el coste total de la actividad subvencionada, así como el importe de las ayudas, subvenciones u otros auxilios económicos recibidos de cualquier Administración, Ente Público, entidad privada o particular para el desarrollo de la misma.
  • Facilitar toda la información relacionada con la actividad subvencionada que les sea requerida por el Servicio Canario de Empleo y por los órganos de control interno y externo de la actividad económico- financiera de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y control que, en relación con la subvención, se practiquen por: el Servicio Canario de Empleo, la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, la Audiencia de Cuentas de Canarias, el Tribunal de Cuentas y los órganos de control financiero competentes, así como a las actuaciones de control que en materia de transparencia corresponden al Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de dichas actuaciones.
  • Llevar un registro, guardar y custodiar los documentos originales acreditativos del gasto, incluidos los documentos electrónicos, teniéndolos a disposición durante un período mínimo de tres años contados a 11 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de
  • Identificar que la prestación de estos servicios está subvencionada por el Servicio Canario de Empleo, así como adoptar las medidas de información y comunicación previstas en el artículo 31 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Igualmente, deberá aplicar los sistemas de gestión y control que permitan verificar la realidad de la realización de la actividad subvencionada y de los gastos declarados.
  • Suministrar los datos sobre los usuarios que han recibido servicios. Octavo.- COORDINACIÓN Y SEGUIMIENTO
  • Se constituye una COMISIÓN DE SEGUIMIENTO Y VALORACIÓN, con la siguiente composición:
  • Presidencia: La persona responsable de la Subdirección de Economía Social y Emprendimiento.
  • Secretaría: Un Técnico o Técnica del Servicio de Promoción de la Economía Social.
  • Dos vocalías en representación de la entidad beneficiaria. Esta Comisión vigilará y controlará las actuaciones subvencionadas a fin de garantizar el adecuado equilibrio entre las partes en la interpretación y cumplimiento de lo establecido en la presente Resolución.
  • Número de personas usuarias del servicio, cuyo mínimo por actividad está establecido en el apartado SEGUNDO, sobre Indicadores estimados, del ANEXO I de la presente resolución.

Gastos y actuaciones

  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    Los gastos de procedimientos judiciales.
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    El PRESUPUESTO por anualidad será el siguiente: A.- Por COSTES DE ACTIVIDADES, de acuerdo a los costes calculados a partir de los
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    La variación entre costes de actividades estará sujeta a la posible variación de objetivos por fases de las mismas que se establece en el Anexo I de la presente resolución.
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    B.- Por PARTIDAS DE GASTOS, de acuerdo a la previsión de gastos presentada por la entidad: 19
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    PREVISION DE COSTES POR ACTIVIDADES 2026 2027 2028 FASE 0 Presentación del servicio a recibir 10500 10500 10500
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    ACTUACIONES COMPLEMENTARIAS Con personal propio: 2100 2100 2100 A través de servicios externos: 4200 4200 4200
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    COSTES AUDITORIA 4531 4531 4531
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    TOTAL 477.486,00 € 477.486,00 € 477.486,00 € FASE 1: Orientación sobre el proceso de emprender (emp individual, SLU) Autodiagnóstico e información general sobre el proceso de emprender. FASE 2: Preparación para el emprendimiento colectivo (SL, SA, S.Civil) Autodiagnóstico e información general sobre el proceso de emprender FASE 3: Análisis de necesidades y Plan de Empresa Análisis de las necesidades del emprendedor y diseño de las acciones a realizar Analizar la mejor forma de financiar el proyecto presentado (ayudas y subvenciones y préstamos bancarios) En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    Para elaborar este presupuesto se han tomado como referencia los siguientes criterios generales:  La experiencia acumulada por la entidad en la ejecución de este servicio de creación de empresas desde el año 1995.  El volumen de acciones a realizar previsto en la memoria técnica presentada.  Los objetivos e indicadores comprometidos durante el período de ejecución.  La estimación del número de personas usuarias emprendedoras y empresas de reciente creación a atender.  Los costes reales de ejercicios anteriores en este Servicio.  Los presupuestos solicitados a proveedores y valores de mercado aplicables a los distintos servicios previstos.  La necesidad de disponer de recursos suficientes que permitan atender posibles actuaciones complementarias o necesidades surgidas durante la ejecución del proyecto, siempre vinculadas a los objetivos del Servicio.
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    Costes de personal: la estructura organizativa de recursos humanos que se considera necesaria para la correcta ejecución del proyecto está compuesta por 9 técnicos especializados en creación de empresas y en asesoramiento empresarial, y 1 personal administrativo de apoyo para la gestión y coordinación del servicio. Se combina personal técnico con dedicación completa y parcial, y personal de apoyo con dedicación completa. El personal técnico de dedicación parcial puntualmente interviene de manera transversal en distintas fases del servicio, permitiendo adaptar los recursos disponibles al volumen de actividad y a las necesidades reales de ejecución, optimizando los recursos y garantizando una adecuada prestación del Servicio. Su base de cálculo, de acuerdo con el Convenio aplicado de Oficinas y Despachos de la provincia 20 2026 2027 2028
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    COSTES DIRECTOS:
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    Costes de Personal 310.939,72 330.246,68 330.457,61
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    Costes de Formación del Personal Técnico 2.500,00 2.550,00 2.550,00
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    Costes de viaje o desplazamto del Personal 200,00 200,00 200,00
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    Gastos Difusión y Publicidad 15.000,00 15.000,00 15.000,00
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    Gastos Recursos Material Didáctico 4.000,00 4.000,00 4.000,00
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    Gastos Amortización o Arrendamto Equipos 2.304,60 2.304,60 2.304,60
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    Costes de Contratación de Servicios Externos 52.724,61 33.367,65 33.156,72

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Fomento del Empleo