Personas jurídicasES70 - CANARIAS

Subvenciones Directas Emprendimiento 2026-2028

Fomento del Empleo

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES70 - CANARIAS. La gestiona SERVICIO CANARIO DE EMPLEO.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Que el contrato se celebre por escrito.
  • Que la celebración del mismo se autorice previamente por la entidad concedente de la subvención. 10 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de
  • No podrá fraccionarse un contrato con el objeto de disminuir la cuantía del mismo y eludir el cumplimiento de los requisitos exigidos en el apartado anterior. Si se subcontratan actividades el beneficiario será responsable de que en la ejecución de la actividad subvencionada concertada con terceros se respeten los límites porcentuales que se establecen en esta Resolución en cuanto a la naturaleza y cuantía de gastos subvencionables. Asimismo los contratistas estarán sujetos al deber de colaboración previsto en el artículo 46 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, para permitir la adecuada verificación del cumplimiento de dichos límites. La Administración podrá comprobar, dentro del período de prescripción, el coste así como el valor de mercado de las actividades subcontratadas al amparo de las facultades que le atribuyen los artículos 32 y 33 de la Ley General de Subvenciones.
  • El beneficiario no podrá concertar la ejecución total o parcial de las actividades subvencionadas con:
  • Personas o entidades incursas en alguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Personas o entidades que hayan percibido otras subvenciones para la realización de la actividad objeto de contratación.
  • Intermediarios o asesores en los que los pagos se definan como un porcentaje de coste total del programa, a menos que dicho pago esté justificado con referencia al valor de mercado del trabajo realizado o los servicios prestados.
  • Personas o entidades vinculadas con el beneficiario, salvo que concurran las siguientes circunstancias: que la contratación se realice de acuerdo con las condiciones normales de mercado o que se obtenga la previa autorización del órgano concedente.
  • Justificar ante el Servicio Canario de Empleo el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de los objetivos que fundamentan la concesión de la subvención.
  • Acreditar el coste total de la actividad subvencionada, así como el importe de las ayudas, subvenciones u otros auxilios económicos recibidos de cualquier Administración, Ente Público, entidad privada o particular para el desarrollo de la misma.
  • Facilitar toda la información relacionada con la actividad subvencionada que les sea requerida por el Servicio Canario de Empleo y por los órganos de control interno y externo de la actividad económico- financiera de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y control que, en relación con la subvención, se practiquen por: el Servicio Canario de Empleo, la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, la Audiencia de Cuentas de Canarias, el Tribunal de Cuentas y los órganos de control financiero competentes, así como a las actuaciones de control que en materia de transparencia corresponden al Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de dichas actuaciones. 11 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de
  • Llevar un registro, guardar y custodiar los documentos originales acreditativos del gasto, incluidos los documentos electrónicos, teniéndolos a disposición durante un período mínimo de tres años contados a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de las cuentas en las que estén incluidos los gastos de la operación.
  • Identificar que la prestación de estos servicios está subvencionada por el Servicio Canario de Empleo, así como adoptar las medidas de información y comunicación previstas en el artículo 31 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Igualmente, deberá aplicar los sistemas de gestión y control que permitan verificar la realidad de la realización de la actividad subvencionada y de los gastos declarados.
  • Suministrar los datos sobre los usuarios que han recibido servicios. Octavo.- COORDINACIÓN Y SEGUIMIENTO
  • Se constituye una COMISION DE SEGUIMIENTO Y VALORACION con la siguiente composición:
  • Presidencia: La persona responsable de la Subdirección de Economía Social y Emprendimiento.
  • Secretaría: Un Técnico o Técnica del Servicio de Promoción de la Economía Social.
  • Dos vocalías en representación de la entidad beneficiaria. Esta Comisión vigilará y controlará las actuaciones subvencionadas a fin de garantizar el adecuado equilibrio entre las partes en la interpretación y cumplimiento de lo establecido en la presente Resolución.
  • Número de personas usuarias del servicio, cuyo mínimo por actividad está establecido en el apartado SEGUNDO, sobre Indicadores estimados, del ANEXO I de la presente resolución.

Gastos y actuaciones

  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    Los gastos de procedimientos judiciales.
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    El PRESUPUESTO por anualidad será el siguiente: A - Por COSTES DE ACTIVIDADES, de acuerdo a los costes calculados a partir de los requisitos mínimos
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    La variación entre costes de actividades estará sujeta a la posible variación de objetivos por fases de las mismas que se establece en el Anexo I de la presente resolución.
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    B.- Por PARTIDAS DE GASTOS, de acuerdo a la previsión de gastos presentada por la entidad: 19 2026 2027 2028
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    COSTES DIRECTOS:
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    Costes de Personal Técnico 118.903,60 128.642,65 131.858,44
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    Costes de Personal Administrativo 22.406,40 23.932,35 24.530,56
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    Gastos formación técnicos 500,00 416,00 200,00
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    Gastos desplazamientos 300,00 300,00 100,00
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    Gastos Difusión y Publicidad 3.500,00 1.000,00 233,00
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    Gastos Recursos Material Didáctico 2.500,00 700,00 400,00
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    Costes de Contratación de Servicios Externos 18.878,00 11.897,00 9.500,00
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    COSTE AUDITORIA 700,00 800,00 866,00
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    TOTAL COSTES DIRECTOS 167.688,00 167.688,00 167.688,00
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    COSTES INDIRECTOS 41.800,00 41.800,00 41.800,00
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    PREVISION DE COSTES POR ACTIVIDADES 2026 2027 2028
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    350,00 22.750,00 22.750,00
  • Subvenciones, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    800,00 2.975,00 2.975,00

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

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