SUBVENCIONES DIRECTAS A ARMADORES DE EMBARCACIONES DE LA MODALIDAD ATUNEROS-CAÑEROS

La ayuda objeto de la Resolución impugnada presenta naturaleza compensatoria y carácter excepcional, orientada a mitigar la merma de ingresos derivada de la reducción de la actividad extractiva durante la campaña de túnidos correspondiente al 5

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES70 - CANARIAS. La gestiona CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y SOBERANÍA ALIMENTARIA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • sus embarcaciones están en alta en el Registro General de la Flota Pesquera,
  • pertenecen a la modalidad atuneros-cañeros,
  • tienen base en Canarias, Avda. José Manuel Guimerá, nº10 Edf. Servicios Múltiples II | CP 38071 Santa Cruz de Tenerife | Tfno: 922 47 52 00 - Fax: 922 47 47 08 Avda. Alcalde José Ramírez Bethencourt, n.º 22 Edf. Jinámar | CP 35071 Las Palmas de Gran Canaria | Tfno: 928 11 75 30 - Fax: 928 11 75 74
  • han desarrollado actividad en la campaña de túnidos 2025. Asimismo, se ha verificado que ninguno supera el límite de 40.000 euros en ayudas de minimis durante los tres ejercicios fiscales anteriores. Los elementos tenidos en cuenta para la obtención de la cuantía individual de
  • Media de días de marea por buque.
  • Importe recibido en concepto de minimis en los últimos 3 años. Se han establecido unos criterios de exclusión en base a la actividad mínima requerida a los buques en 2024-2025 y al momento de ayuda de mínimis que pueda
  • Buques con más de 40.000 € en minimis.
  • Buques con menos de 5 días de marea de media 2024-2025. La distribución de los créditos (1.000,000 de euros ), se ha realizado en tres
  • El 30% reparto fijo por buque.
  • El 35% ponderado por eslora.
  • El l35% ponderado por días de marea.
  • Media días = (Días 2024 + Días 2025)/2
  • Peso eslora = eslora_individual / suma_esloras_total
  • Peso días = media_individual / suma_medias_total
  • Importe fijo = 300.000 / N (Número de barcos)
  • Importe eslora = peso_eslora_individual× 350.000
  • Importe días = peso_dias_individual × 350.000
  • Ayuda bruta = Importes (fijo + eslora + días act)
  • Ayuda final = min (ayuda bruta, 40.000 Tercero. Por Resolución n.º 3522, de fecha 30 de diciembre de 2025, de la Viceconsejería de Sector Primario, publicada el mismo día en el tablón de anuncios de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria, se corrigen los errores materiales y aritméticos advertidos en el Anexo I de la Resolución n.º 3509, de 26 de diciembre de 2025, de la Viceconsejería de Sector Primario, por la que se 2
  • Se encuentra inscrito en la modalidad atunero-cañero.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

document_text · grant_document_contents[1746].extracted_segments[4]

La ayuda objeto de la Resolución impugnada presenta naturaleza compensatoria y carácter excepcional, orientada a mitigar la merma de ingresos derivada de la reducción de la actividad extractiva durante la campaña de túnidos correspondiente al 5