Personas físicasPersonas jurídicasES522 - Castellón / Castelló

Subvenciones destinadas a la puesta en valor de los edificios protegidos en el conjunto histórico de Burriana 2026

1. Las presentes bases regularán la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, con el objetivo de fomentar la conservación y poner en valor el patrimonio arquitectónico local de los edificios protegidos situados en el Conjunto Histórico de la ciudad de Burriana. Resultarán subvencionables las actuaciones que se ajusten a las determinaciones técnicas indicadas en el Anexo II de las bases de la convocatoria. Sin carácter limitativo serán objeto de subvención las inversiones que realicen las personas beneficiarias en trabajos de rehabilitación, pintura, iluminación ornamental o reformas ejecutadas sobre los edificios protegidos, según las condiciones de la convocatoria…

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES522 - Castellón / Castelló. La gestiona AYUNTAMIENTO DE BORRIANA/BURRIANA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • 1. Las solicitudes se presentarán en el registro del Ayuntamiento de Burriana mediante el modelo normalizado de solicitud que figura en el Anexo I. La presentación podrá ser presencial o telemática, según lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, utilizando para ello el trámite “Instancia General” ( http://burriana.sedelectronica.es/info.0), adjuntando el modelo normalizado de solicitud. Las personas jurídicas, obligatoriamente, deberán utilizar la vía electrónica.
  • 2. A la solicitud se acompañarán los documentos siguientes:
  • Solicitud de licencia de obras, acompañada de:
  • El presupuesto original de ejecución de las obras de la empresa contratista de los trabajos de rehabilitación, pintura, iluminación ornamental o reforma interior del inmueble. Se considerará presupuesto protegible, a los efectos previstos en las presentes Bases,
  • Precio de ejecución de las obras, ajustado a precios de mercado, justificado mediante presupuesto emitido por la empresa que las vaya a ejecutar, en aquellos casos en que no sea necesario un documento técnico que incluya la valoración, o el importe económico que se fije en el proyecto o memoria en el caso de ser preceptivos. Codi Validació: 7THHAK74EAAE4NFPYXE3TJACH Verificació: https://burriana.sedelectronica.es/ Document signat electrònicament des de la plataforma esPublico Gestiona | Pàgina 3 de 12
  • Trabajos de retirada de elementos impropios descritos en la Ficha de catalogación del inmueble o relacionados en informe técnico municipal previo, de no existir ésta. El presupuesto de la actuación deberá desglosarse por partidas con precios unitarios, y con el detalle necesario para adecuarse a los parámetros establecidos en estas Bases, y que permitan a este Ayuntamiento realizar los cálculos necesarios para establecer el presupuesto protegible. En caso de concurrir a más de una línea, deberá identificarse el presupuesto correspondiente a cada una las líneas incluidas en la solicitud.
  • Fotografías de la fachada del inmueble o de la zona interior a reformar, antes de la intervención.
  • Informe favorable de evaluación del edificio, firmado por técnico competente, y copia del justificante de su presentación telemática en el Registro de Conselleria, en caso de que sea necesaria la presentación del IEEV.CV (Línea 3, reforma y rehabilitación interior).
  • Proyecto técnico, visado por el Colegio profesional correspondiente, en el caso de que sea exigible conforme a la normativa de aplicación.
  • Documentación identificativa de la persona solicitante y, en su caso, de su representante
  • legal, aportando: b.1. DNI/NIE de la persona interesada. Si la solicitud se suscribe en calidad de representante, se deberá aportar documento acreditativo de tal representación y fotocopia del DNI de la persona representada. b.2. Si la petición se formula en nombre de una Comunidad de Propietarios se deberá
  • aportar, además:  CIF de la Comunidad de Propietarios.  Acta de la Junta en que se acuerde llevar a cabo la actuación, así como de la solicitud de la subvención y la adjudicación de la misma al constructor. En el caso de que no esté constituida la Comunidad de Propietarios deberá presentarse este acuerdo y la autorización de la totalidad de propietarios. b.3. Si la solicitud se formula en calidad de persona arrendataria del inmueble deberá
  • aportarse, además:  Contrato de arrendamiento en vigor  Consentimiento de la persona propietaria del inmueble, quien deberá acreditar la propiedad del inmueble en la forma que se indica a continuación.
  • Documentación acreditativa de la propiedad: Copia de la escritura de propiedad o Nota Simple informativa del Registro de la Propiedad.
  • Ficha de Terceros que acredite la titularidad de una cuenta, a nombre del solicitante, para transferencia del importe de la subvención, una vez justificadas las obras. Codi Validació: 7THHAK74EAAE4NFPYXE3TJACH Verificació: https://burriana.sedelectronica.es/ Document signat electrònicament des de la plataforma esPublico Gestiona | Pàgina 4 de 12
  • Declaración responsable de la persona solicitante de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y autorización para su comprobación telemática (incluida en el modelo de solicitud). En caso de no autorizar al Ayuntamiento dicha comprobación, la persona solicitante deberá aportar los certificados correspondientes.
  • En el caso de que la solicitud de la licencia de obras subvencionables incorpore obras de iluminación ornamental de la fachada, la persona solicitante aportará una autorización a favor del Ayuntamiento de Burrian a para la gestión de la citada instalación en el edificio protegido (modelo Anexo III).
  • El órgano instructor podrá requerir la presentación de cualquier otra documentación que se considere necesaria para la tramitación de la solicitud.
  • 3 El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación del EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA en el Boletín Oficial de la Provincia y hasta el 31 de agosto de 2026.
  • Realizar las obras conforme la licencia de obras y acabarlas en el plazo límite para justificar las ayudas estipulado en las presentes bases.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

document_text · grant_document_contents[11293].extracted_segments[0]

1. Las presentes bases regularán la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, con el objetivo de fomentar la conservación y poner en valor el patrimonio arquitectónico local de los edificios protegidos situados en el Conjunto Histórico de la ciudad de Burriana. Resultarán subvencionables las actuaciones que se ajusten a las determinaciones técnicas indicadas en el Anexo II de las bases de la convocatoria. Sin carácter limitativo serán objeto de subvención las inversiones que realicen las personas beneficiarias en trabajos de rehabilitación, pintura, iluminación ornamental o reformas ejecutadas sobre los edificios protegidos, según las condiciones de la convocatoria. El periodo subvencionable será para aquellas inversiones realizadas desde el 1 de junio de 2025 a la fecha final de justificación.