Entidades socialesPersonas jurídicasES22 - COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Subvenciones destinadas a entidades privadas sin ánimo de lucro para la promoción de intervenciones en patrimonio mobiliario durante 2026

1.1. Las presentes bases tienen por objeto regular las ayudas a entidades privadas sin ánimo de lucro destinadas a promocionar la realización de intervenciones de conservación y restauración del patrimonio mobiliario en la Comunidad Foral de Navarra durante 2026.

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES22 - COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. La gestiona DEPARTAMENTO DE CULTURA, DEPORTE Y TURISMO.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • 1. Podrán ser beneficiarias de subvención las entidades privadas sin ánimo de lucro con domicilio social y fiscal en Navarra que promuevan intervenciones en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.
  • 2. Deberán reunir los siguientes requisitos:
  • Cumplir los requisitos generales que establece el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones y que no se encuentren cumpliendo sanciones administrativas firmes, una sentencia firme condenatoria o, en su caso, estén pendientes del cumplimiento de una sanción o sentencia condenatoria, impuesta por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.
  • Hallarse al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Acreditar mediante cualquiera de los medios de prueba admitidos en Derecho, la previa autorización de la persona física o jurídica titular del bien que se pretenda someter a intervención.
  • Acreditar haber obtenido el resto de las autorizaciones, licencias y permisos que la actividad requiera.
  • 3. Quedan excluidos expresamente de la condición de beneficiarios de es tas
  • Las entidades privadas sin ánimo de lucro que no cumplan con los requisitos establecidos.
  • Las entidades que sean beneficiarias de una partida nominativa de subvención para el mismo objeto en los presupuestos generales de Navarra de 2026.
  • Actividades y gastos subvencionables
  • 1. A los efectos de la presente convocatoria, se consideran subvencionables los
  • Estudios previos que permitan la redacción de proyectos de restauración
  • Intervenciones de revisión y mantenimiento excepcionales.
  • Intervenciones de conservación y restauración de patrimonio mueble.
  • Intervenciones de reparación y conservación de las condiciones de seguridad y protección de patrimonio mueble.
  • 2. Las intervenciones deberán realizarse durante 2026 en la Comunidad Foral de Navarra.
  • 3. Se consideran gastos subvencionables, a efecto de lo previsto en esta convocatoria, aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.
  • 4. Los gastos subvencionables responderán a alguno de los siguientes conceptos:
  • Gastos de personal que se dedique a la realizac ión de la actividad subvencionada, indicando el tiempo dedicado a la misma. Se especificará el tipo y capacitación del personal.
  • Gastos corrientes destinados directamente a la realización de la actividad, al alquiler de equipos, la adquisición de materi ales, consumibles, etc., siempre que estén dedicados específicamente a la intervención.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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1.1. Las presentes bases tienen por objeto regular las ayudas a entidades privadas sin ánimo de lucro destinadas a promocionar la realización de intervenciones de conservación y restauración del patrimonio mobiliario en la Comunidad Foral de Navarra durante 2026.