Subvenciones de fomento de la Economía Social. Programa 2º Aportaciones en Economía Social.

1. La presente Orden tiene por objeto convocar las subvenciones destinadas a fomentar, promover y afianzar la economía social, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para el año 2026, a través de los siguientes programas de ayuda. Programa Denominación del Programa de Ayuda 1º Empleo en Cooperativas y Sociedades Laborales. MARIN Gonzalez, LUIS ALBERTO 2º Aportaciones en Economía Social. 3º Inversiones en Economía Social. 4º Asistencia Técnica en Economía Social. 5º Organizaciones Empresariales de la Economía Social. P á g i n a 4 | 45

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES62 - REGION DE MURCIA. La gestiona CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ECONOMÍA SOCIAL.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo, Agricultura, ganadería y pesca.

Beneficiarios oficiales: PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 750.000,00 €. Plazo: Fin: 13/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en esta Orden:
  • Las pequeñas y medianas empresas de economía social, en los Programas 1º, 2º y 3º. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: https://sede.carm.es/verificardocumentos e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CARM-945f7ee8-ac30-11f1-a547-0242ac13018d
  • Las organizaciones empresariales de Economía Social de carácter sectorial e intersectorial, en los Programas 4º y 5º. Las organizaciones que soliciten subvención no estarán integradas ni asociadas a fecha 31 de diciembre de 2025 a otras organizaciones empresariales de economía social de la Región de Murcia.
  • Para poder ser beneficiario de las subvenciones previstas en la presente Orden, las empresas
  • y entidades solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos generales:
  • Cumplir los requisitos del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
  • No tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas. 09/09/2026 11:26:39
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Pública del Estado.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
  • Las empresas y entidades solicitantes deberán tener su domicilio social y fiscal en la Región de Murcia, y las ayudas se concederán para centros de trabajo ubicados en la misma.
  • Cumplir los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, cuando los MARIN Gonzalez, LUIS ALBERTO solicitantes sean únicamente sujetos incluidos en su ámbito de aplicación y las subvenciones sean de importe superior a 30.000 euros.
  • Cumplir, en su caso, todas las obligaciones recogidas en la Ley 8/2006, de 16 de noviembre, de Sociedades Cooperativas, de la Región de Murcia, entre otras, el depósito de cuentas anuales en el Registro de Sociedades Cooperativas de la Región de Murcia, así como la legalización de libros P á g i n a 8 | 45
  • sociales. Las cooperativas que en virtud de la Ley 1/2026, de 8 de abril, estén obligadas a disponer de página web corporativa, deberán acreditar que la misma está operativa y accesible para sus personas socias. Las sociedades laborales tendrán que acreditar el cumplimiento del depósito de cuentas anuales en el Registro Mercantil
  • Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones. Se considerará Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma de Murcia, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. que los beneficiarios se encuentran al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones cuando no tengan deudas con la Administración concedente por reintegros de subvenciones en periodo ejecutivo salvo cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: https://sede.carm.es/verificardocumentos e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CARM-945f7ee8-ac30-11f1-a547-0242ac13018d hubiera acordado su suspensión con ocasión de la impugnación de la correspondiente resolución de reintegro.
  • Asumir el cumplimiento del apartado VI del Código de Conducta en materia de subvenciones y ayudas públicas de la Región de Murcia.
  • No serán subvencionadas las empresas de economía social que:
  • Estén participadas por otras empresas privadas en cuantía superior al 25% del capital social, excepto que las empresas participantes sean de economía social o sean organizaciones empresariales de economía social.
  • Operan en los sectores de la pesca y la acuicultura, regulados por el Reglamento (UE) nº 1379/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, se modifican los Reglamentos (CE) Nº 1184/2006, y (CE) nº 1224/2009 del Consejo y 09/09/2026 11:26:39 se deroga el Reglamento (CE) nº 104/2000 del Consejo.
  • Se dediquen a la producción primaria de productos agrícolas.
  • Operan en el sector de la transformación y comercialización de productos agrícolas, en los casos

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Artículo 19. Objeto y gastos subvencionables. · eligible
    Las subvenciones concedidas en el marco de este programa tienen por objeto financiar las MARIN Gonzalez, LUIS ALBERTO aportaciones dinerarias realizadas por cada socio trabajador que constituya la sociedad y/o que incremente el capital social escriturado de la empresa en cuantía no inferior a tres mil euros (3.000,00 euros), debiendo estar desembolsado en su totalidad. También será objeto de subvención la transmisión de aportaciones o participaciones cuando sea consecuencia de jubilación, fallecimiento, incapacidad permanente total, absoluta o gran P á g i n a 26 | 45
  • Artículo 19. Objeto y gastos subvencionables. · eligible
    Solo se computarán las aportaciones dinerarias que se realicen desde el día 1 de octubre de 2025
  • Artículo 19. Objeto y gastos subvencionables. · eligible
    Las aportaciones dinerarias deberán ser depositadas en una entidad de crédito a nombre de la empresa de economía social en concepto de aportaciones al capital social. La escritura de constitución o de incorporación de los socios trabajadores incluirá los resguardos de los Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma de Murcia, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. depósitos realizados en la entidad de crédito, de las correspondientes cuantías desembolsadas en metálico a nombre de la sociedad en concepto de aportaciones al capital social. Dichos resguardos deberán incluir el nombre y NIF del socio trabajador. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: https://sede.carm.es/verificardocumentos e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CARM-945f7ee8-ac30-11f1-a547-0242ac13018d
  • Artículo 19. Objeto y gastos subvencionables. · eligible
    No tendrán derecho a subvención aquellas empresas de economía social en las que el número inicial de socios trabajadores, dados de alta en la Seguridad Social en la empresa, no sean los mínimos establecidos en las leyes que regulan las sociedades cooperativas y las sociedades laborales. No tendrán derecho a obtener subvención, aquellas empresas de economía social que tengan pendiente de sustituir a socios trabajadores, que hayan causado baja en la empresa, y por los que se hayan recibido ayudas reguladas en cualquiera de los programas recogidos en esta orden o en anteriores ejercicios presupuestarios, o que hayan incumplido alguna de las obligaciones para ser beneficiario de alguna de las ayudas subvencionadas.
  • Artículo 28. Objeto y gastos subvencionables. · eligible
    Este programa tiene por objeto fomentar y consolidar las estructuras representativas o asociativas de la economía social en la Región de Murcia, para la representación y defensa de sus intereses, el desarrollo de fines comunes. MARIN Gonzalez, LUIS ALBERTO
  • Artículo 28. Objeto y gastos subvencionables. · ineligible
    Se podrá subvencionar la financiación parcial o total, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) recuperable, de las actividades relacionadas con su organización interna y funcionamiento en el ejercicio de las facultades que legalmente tengan atribuidas, e irá destinada a sufragar los gastos de personal, los gastos corrientes, los gastos por prestación de servicios y de gestión a sus asociados, así como los gastos derivados de acciones de difusión que tengan por objeto dar a conocer las actividades de las empresas de economía social. P á g i n a 34 | 45
  • Artículo 28. Objeto y gastos subvencionables. · eligible
    El importe de la subvención no podrá superar el presupuesto de gastos presentado por la entidad solicitante.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

1. La presente Orden tiene por objeto convocar las subvenciones destinadas a fomentar, promover y afianzar la economía social, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para el año 2026, a través de los siguientes programas de ayuda. Programa Denominación del Programa de Ayuda 1º Empleo en Cooperativas y Sociedades Laborales. MARIN Gonzalez, LUIS ALBERTO 2º Aportaciones en Economía Social. 3º Inversiones en Economía Social. 4º Asistencia Técnica en Economía Social. 5º Organizaciones Empresariales de la Economía Social. P á g i n a 4 | 45