Subvenciones de Desarrollo Rural al Sector Agropecuario. Solicitud SUBVENCIÓN ORGANIZACION INTERPROFESIONAL VITIVINICOLA DE LA D.O. PROTEGIDA MANCHUELA 2026

Agricultura, Pesca y Alimentación

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES423 - Cuenca. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Que la actividad o conducta a realizar conforme a la modificación solicitada esté comprendida dentro de la finalidad prevista en la línea de actuación o proyecto de inversión contemplado en el Presupuesto de la Diputación y de las actividades o conducta s establecidas en la convocatoria, o, en su defecto, en la resolución de concesión.
  • Que las circunstancias que justifiquen la modificación no dependan de la voluntad del beneficiario inicial. La causa que justifica la petición por el beneficiario no puede obedecer a culpa o negligencia por su parte.
  • Que los nuevos elementos o circunstancias que motivan la modificación, de haber concurrido en la concesión inicial, no hubiesen determinado la denegación o disminuido la cuantía de la subvención concedida. Podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión por el órgano que la haya dictado, sin que en ningún caso pueda variarse el destino o finalidad de la subvención, la concurrencia de alguna de las siguientes
  • La alteración de las circunstancias o de los requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión de una subvención. Servicio de Emprendimiento, Reto Demográfico y Agricultura Expediente 1738923X
  • La obtención por el beneficiario de subvenciones concedidas por otros órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma o por otras Administraciones o Entes públicos para el mismo destino o finalidad.
  • La obtención de ayudas u otras atribuciones patrimoniales gratuitas de entidades privadas o particulares para el mismo destino o finalidad.
  • Gastos de actividades recogidas en la Memoria presentada con la solicitud , tales como adquisición de materiales no inventariables necesarios para la realización de la actividad objeto de la subvención, seguros inherentes al desarrollo de las actividades objeto de la subvención, prestación de servicios a cargo de profesionales imprescindibles para la ejecución de la actividad, material fungible o de oficina y cualquier otro tipo de gasto de actividad inherente a su desarrollo: redes sociales y medios de comunicación, los del personal, dietas y desplazamientos, alquileres y gastos de mantenimiento, gastos de comunicación, suministros, contratación de servicios externos y cualesquiera otros de naturaleza similar que la entidad pudiera realizar para atender las necesidades de funcionamiento.
  • 4 − Bajo ningún concepto serán objeto de subvención los siguientes gastos: Intereses deudores de cuentas bancarias, intereses, comisiones, recargos y sanciones administrativas y penales y los gastos de procedimientos judiciales. Tampoco los gastos de Inversión. − En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación, ni impuestos personales sobre la renta en los términos expresados en la legislación vigente, ni los impuestos que graven l a actividad subvencionada; y en todo caso deben estar abonados efectivamente. El periodo elegibilidad de los gastos subvencionables será desde el día 01 de octubre de 2025, hasta el día de finalización del plazo de ejecución de la actividad subvencionada. SEXTO. Importe y forma de justificación de la ayuda.
  • Que los fondos recibidos han sido aplicados a la finalidad para la que fue concedida la subvención.
  • Que no se han recibido otras subvenciones o ayudas de Organismos Públicos o Privados, que junto con la concedida por la Diputación Provincial de Cuenca, superen el coste total de la actividad. 3º.- Índice numerado de los justificantes que se presentan, de acuerdo con el modelo que figura en el Anexo III
  • Fichero Excel que comprende la hoja Facturas (relación de las facturas y los justificantes de gastos que se imputan a la subvención concedida), y la hoja Financiación (otros ingresos y subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada).
  • Ficheros PDF resultantes de la conversión del anterior fichero Excel una vez cumplimentado 4º.- Facturas y/o documentos de valor probatorio, equivalente en el tráfico mercantil o con eficacia administrativa. Los conceptos de las facturas deberán venir desglosados a fin de poder asociarlos a la actividad subvencionada según la memoria presentada y dentro del periodo de ejecución. El importe de los justificantes de gastos que se presenten deberá ser como mínimo igual al importe de la subvención concedida.
  • En el caso de que las facturas estén sujetas a retención de IRPF y por tanto el importe justificado no coincida con el pagado, deberá presentar Declaración trimestral de retenciones practicadas en relación con el IRPF de la que se deduzca que la entidad ha ingresado las correspondientes retenciones a nombre del emisor de la factura correspondiente.
  • En materia de personal la justificación consistirá en nóminas y seguridad social de los empleados que realicen la actividad, durante el periodo de imputación. Se emitirá certificado del secretario de la entidad que justifique la inclusión de los empleados con los días y horario realizado. Se podrá justificar hasta un 15% de la totalidad de la subvención concedida con personal propio. Servicio de Emprendimiento, Reto Demográfico y Agricultura Expediente 1738923X
  • La acreditación del pago de las facturas podrá realizarse por alguna de las siguientes formas:
  • En los supuestos de pago mediante transferencia bancaria o domiciliación en cuenta: El pago se acreditará con la copia del resguardo bancario correspondiente donde conste en el concepto el número de factura o, en su defecto, el concepto abonado, así como la identificación del ordenante y del beneficiario de la operación en los supuestos d e transferencia bancaria, domiciliación en cuenta o pago con tarjeta.
  • En los supuestos de pago mediante cheque nominativo o pagaré: Copia del extracto bancario del cargo en cuenta correspondiente a la operación justificada, debiendo quedar suficientemente detallado el concepto del gasto en los supuestos de pago mediante cheque nominativo o pagaré.
  • En los supuestos de pago en metálico: Servicio de Emprendimiento, Reto Demográfico y Agricultura Expediente 1738923X
  • Pago anticipado del 90% una vez concedida la subvención y tras la acreditación de estar al corriente en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Personas o entidades incursas en alguna de las prohibiciones del artículo 13 de esta ley.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Agricultura, Pesca y Alimentación