SUBVENCIONES PARA LAS ACTIVIDADES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS PARA LOS CLUBES Y ENTIDADES DEPORTIVAS DE TORELLÓ, AÑO 2 · 2026

Título oficial: SUBVENCIONES PARA LAS ACTIVIDADES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS PARA LOS CLUBES Y ENTIDADES DEPORTIVAS DE TORELLÓ, AÑO 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Clubes deportivos, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES51 - CATALUÑA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE TORELLÓ.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Clubes deportivos, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 42.900,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán ser beneficiarios/arias de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas que deban realizar la actividad que fundamenta su otorgamiento, siempre que no estén afectadas por ninguna de las prohibiciones contenidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), y reúnan
  • Las personas jurídicas, legalmente constituidas, que cumplan los requisitos que a
  • La concurrencia de estos requisitos se acreditará en el momento de presentar la solicitud, mediante la presentación de los documentos que se indican en el artículo siguiente.
  • Documentos que deben acompañar a la solicitud
  • Fotocopia del DNI del/de la representante legal.
  • Escritura de constitución o Estatutos.
  • Poderes de representación y/o certificado expedido por el/por la secretario/a de la entidad que acredite la representación legal del/de la solicitante.
  • Fotocopia del Número de Identificación Fiscal de la entidad peticionaria.
  • Declaración responsable de la concurrencia de los requ isitos para poder obtener la condición de beneficiario/a de acuerdo con el modelo normalizado.
  • Declaración de compromiso de cumplimiento de las condiciones impuestas para el otorgamiento de la subvención, de acuerdo al modelo normalizado.
  • Declaración de las subvenciones u otros ingresos obtenidos para la misma finalidad y compromiso de comunicar las que se obtengan en el futuro, de acuerdo con el modelo normalizado.
  • Memoria del proyecto/actividad a realizar por lo que se pide la subvención, de acuerdo con el modelo normalizado.
  • Presupuesto previsto para el proyecto por el que se solicita la subvención, de acuerdo con el modelo normalizado.
  • Declaración responsable relativa a las retribuciones anuales de los órganos de dirección o administración, si son beneficiarias de una subvención de importe superior a 10.000€.
  • Ficha de acreedores, según modelo normalizado, en su caso. Dicha documentación deberá presentarse en cualquiera de las lenguas cooficiales de Cataluña, irá debidamente firmada por la persona solicitante y será original o copia debidamente autenticada.
  • Plazo, forma y lugar de presentación de las solicitudes
  • - Laura Goula Colomer (TCAT) (Secretària), 17/06/2026 09:12
  • - Marçal Ortuño Jolis (TCAT) (Alcalde), 17/06/2026 12:13
  • Rectificación de defectos u omisiones en la documentación En caso de que la documentación presentada sea incorrecta o incompleta, se requerirá al/a la beneficiario/a, a fin de que, en el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente a la notificación, proceda a su rectificación oa las enmiendas necesarias, con la indicación de que si no lo hace así se entenderá por desistido de su solicitud.
  • Órganos competentes para la instrucción y la propuesta de concesión El órgano responsable de la instrucción del procedimiento para el otorgamiento de las subvenciones objeto de la presente convocatoria será el Departamento de deportes La propuesta de concesión de las subvenciones será elaborada por el concejal delegado, según la materia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.6 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento. El órgano responsable de la resolución del procedimiento para el otorgamien to de las subvenciones es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento, que podrá discrecionalmente dejar desierto el concurso o no otorgar el crédito total previsto.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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