Subvenciones actividades de conciliación destinadas a AMPAS para la puesta en marcha del Programa Madrugadores Curso 2026-2027

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ordenanza, la presente convocatoria de subvenciones se contempla en el Plan Estratégico de Subvenciones 2026 aprobado por el Ayuntamiento de Langreo, y tiene por objeto conceder ayudas económicas a las Asociaciones de Madres y Padres (AMPAS) de los centros escolares públicos del concejo de Langreo, para la puesta en marcha del programa de apertura temprana de los centros educativos con carácter previo al comienzo de cada jornada lectiva, durante el periodo comprendido entre septiembre de 2026 a junio de 2027, fechas de inicio y fin del próximo curso escolar 2026-2027…

En resumen: Está orientada a AMPAS, Entidades sociales, Personas jurídicas, Estudiantes y educación, Mujeres e igualdad, Familias e infancia. Su ámbito territorial es ES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS. La gestiona AYUNTAMIENTO DE LANGREO.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Podrán concurrir a esta convocatoria de subvenciones todas las Asociaciones de Madres y Padres (AMPAS) de los Centros Escolares públicos de Educación Infantil y Primaria del municipio de Langreo.
  • Para ser beneficiarios de las ayudas las AMPAS deberán cumplir los siguientes requisitos.  Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones  Encontrarse al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social y las tributarias con el Estado y la Comunidad Autónoma.  Tener debidamente justificados los gastos correspondientes a otras subvenciones concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Langreo.  No ser deudores de la Hacienda Municipal por razón de tributos, o reintegros de subvenciones de convocatorias anteriores.  No estar incursos en alguno de los supuestos de prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones por incapacidad o incompatibilidad, establecidos en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE de 18 de noviembre)  Acompañar a la solicitud la documentación que se detalla en la base 5) de esta convocatoria.
  • Publicidad de las subvenciones En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 20.8.a) LGS, el texto e información de la convocatoria será comunicada a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS, en adelante), que dará traslado al Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) del extracto de la convocatoria para su publicación, a la que queda supeditada la apertura del plazo de solicitudes que se recoge en el apartado siguiente.
  • Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución La ordenación e instrucción del expediente le corresponde a la Concejalía de Igualdad, a través del Departamento de Mujer e Igualdad. El órgano competente para resolver será la Alcaldía previo dictamen del órgano colegiado competente por razón de la materia, que es la Comisión de Cultura, Servicios Sociales y Deportes.
  • Plazo de Presentación de Solicitudes y Documentación Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como anexo I de esta convocatoria. Se presentarán presencialmente, en el Servicio de Información y Atención Ciudadana (SIAC) sito en la planta baja del Ayuntamiento de Langreo (Plaza de España, s/n, 33900 – Langreo). Por medio del Registro Electrónico habilitado en la sede electrónica de nuestro portal web (https://langreo.sedelectronica.es), previa identificación en el mismo. En cualquier otra Administración Pública, adherida al Sistema de Interconexión de Registros. Así como por cualquiera de las vías las previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Oficinas de correos, por ejemplo).
  • El plazo será de 15 días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA), en el que se publicará el extracto por conducto de la BDNS, una vez que se haya presentado ante ésta el texto de la convocatoria, la información requerida para su publicación, la forma y el plazo en que deban presentarse las solicitudes.
  • documentation
    Sede electrónica: sedeagpd.gob.es. 1 Ayuntamiento de Langreo | Servicio de Información y Atención Ciudadana (SIAC) | Plaza de España s/n – 33900 – Langreo (Asturias) CIF: P3303100F | Tel: 985 67 88 00 | Correo – e: informacion@ayto-langreo.es | Web: www.langreo.as
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    Teléfono Móvil: Correo Electrónico: REPRESENTANTE - De acuerdo con el artículo 5.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación.
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    Teléfono Móvil: Correo Electrónico: NOTIFICACIONES A SUJETOS OBLIGADOS - Las notificaciones por medios electrónicos se practicarán obligatoria y exclusivamente mediante comparecencia en la sede electrónica (sede.langreo.as). Los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración conforme a lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 necesariamente deberán indicar una dirección de correo electrónico en la que desee recibir un aviso siempre que se proceda a la puesta a disposición de una nueva notificación electrónica. La falta de este aviso no impedirá que la notificación sea considerada plenamente válida. Por este motivo se aconseja revisar periódicamente su bandeja de entrada de la Sede Electrónica.
  • documentation
    AVISO LEGAL Responsable del tratamiento : Ayuntamiento de Langreo con domicilio Plaza de España s/n, 33900, Langreo, Asturias. | Finalidad: Gestión y tramitación de las convocatorias de ayudas y subvenciones municipales, con finalidades diversas dentro de las competencias municipales | Legitimación: El tratamiento se basa en el artículo 6.1 e) del RGPD (Interés Público) Plazos de Conservación: Los datos de carácter personal se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la cual se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar, todo ello de acuerdo a las diferentes exigencias legales, los diferentes plazos de prescripción de responsabilidades y los criterios de política documental y archivo municipal.| Destinatarios: No están previstas comunicaciones de datos a terceros salvo obligación legal. | Derechos: Puede acceder, rectificar y suprimir los datos, así como ejercitar otros derechos, cuando procedan, ante el Ayuntamiento de Langreo en
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    la dirección señalada anteriormente o enviando un correo electrónico a la dirección datos personales@ayto-langreo.es indicando en el asunto Ref: Protección de Datos. | Derecho a presentar una reclamación: si en el ejercicio de sus derechos no ha sido debidamente atendido podrá presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, C/ Jorge Juan, 6 28001 Madrid – Sede electrónica: sedeagpd.gob.es. Ayuntamiento de Langreo | Servicio de Información y Atención Ciudadana (SIAC) | Plaza de España s/n – 33900 – Langreo (Asturias) CIF: P3303100F | Tel: 985 67 88 00 | Correo – e: informacion@ayto-langreo.es | Web: www.langreo.as
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    AUTORIZACIÓN CONSULTA DE DATOS Con el objeto de tramitar la solicitud recogida en este documento, el Ayuntamiento de Langreo puede precisar información adicional (relacionada con dicha solicitud) que será solicitada a otras administraciones públicas en base a los acuerdos de colaboración existentes. Si usted no se opone expresamente, autoriza al Ayuntamiento a la realización de las consultas de información en los términos y condiciones anteriormente expuestas” No autorizo a que el Ayuntamiento de Langreo recabe la información legalmente pertinente en el marco de colaboración con las Administraciones Públicas. En este caso, el interesado deberá aportar los documentos que el Ayuntamiento le requiera. Autoriza al Ayuntamiento de Langreo para que recaben, a través de sus propias fuentes/bases de datos, por medio de consulta a otras Administraciones Públicas o a través de otros sistemas que se establezcan, los datos necesarios, en relación con el CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CON LAS SIGUIENTES ENTIDADES, para la resolución

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ordenanza, la presente convocatoria de subvenciones se contempla en el Plan Estratégico de Subvenciones 2026 aprobado por el Ayuntamiento de Langreo, y tiene por objeto conceder ayudas económicas a las Asociaciones de Madres y Padres (AMPAS) de los centros escolares públicos del concejo de Langreo, para la puesta en marcha del programa de apertura temprana de los centros educativos con carácter previo al comienzo de cada jornada lectiva, durante el periodo comprendido entre septiembre de 2026 a junio de 2027, fechas de inicio y fin del próximo curso escolar 2026-2027. El procedimiento para la concesión de estas subvenciones será en régimen de concurrencia competitiva, mediante comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en esta convocatoria, adjudicando aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios. El importe de la subvención individualmente concedida a cada AMPA solicitante no podrá superar el 80% del presupuesto total de la actividad subvencionada, con un máximo de 700 euros por AMPA. En los casos de concurrencia de esta subvención municipal con las de otras Administraciones Públicas , la suma de las mismas no podrá superar el 80% del coste de la actividad o proyecto subvencionado.