Subvenciones a Proyectos Sociales 2026

El Ayuntamiento de Alhama de Murcia a través de la Concejalía de Bienestar Social convoca la concesión de subvenciones para el ejercicio 2026 en régimen de concurrencia competitiva destinadas a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro con domicilio social en la localidad o que desarrollen sus actividades dentro de su ámbito territorial municipal. Su finalidad es el desarrollo de proyectos y actuaciones de acción social en el municipio de Alhama de Murcia, ya sean de carácter preventivo, de protección, promocional o rehabilitador, de integración o de sensibilización…

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES62 - REGION DE MURCIA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALHAMA DE MURCIA.

● Cerrada

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Qué necesitas

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    Para concurrir a la presente convocatoria será necesario presentar por parte de la entidad interesada la correspondiente solicitud de acuerdo a lo establecido en el artículo 66 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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    Viabilidad y Solvencia técnica, con una puntuación total máxima de 20 puntos.1. Viabilidad y Solvencia técnica, con una puntuación total máxima de 20 puntos.
  • documentation
    Viabilidad y Solvencia técnica, con una puntuación total máxima de 20 puntos. Dispone de los recursos materiales para el desarrollo del proyecto 4 puntos
  • documentation
    La formulación del proyecto presentado, con una puntuación total máxima de 35 puntos.2. La formulación del proyecto presentado, con una puntuación total máxima de 35 puntos.
  • documentation
    (Que por lo tanto generan un valor añadido ya que contribuyen a paliar la carencia de atención en esa área) Proyectos que involucran y/o benefician a diferentes grupos de interés 2 puntos (Afecta a más grupos que a los propios beneficiarios como interesados en el proyecto, justificando o explicando a quién y por qué serían interesados) Proyectos que cubren necesidades de un colectivo específico1 punto Proyectos tradicionales y reiterativos (Desde el punto de vista temático y metodológico)1 punto
  • El plazo de ejecución para la realización del proyecto subvencionado estará comprendido entre el día 1 de Enero hasta el 31 de Diciembre de 2026. Excepcionalmente se podrá solicitar una prórroga, cuando existan razones justificadas que impidan ejecutar el proyecto dentro del plazo establecido en el punto anterior. Dicha prórroga deberá ser solicitada antes del 30 de Noviembre de 2026 (Anexo V). En el caso que dicha solicitud de prórroga sea estimada, el nuevo plazo para ejecutar el proyecto se extenderá como máximo hasta el 31 de Marzo de 2027. En el plazo de UN MES desde la fecha de finalización del plazo de ejecución, (incluida su prórroga en caso de que la hubiera), la entidad deberá presentar, en el Registro General de este Ayuntamiento, una memoria justificativa (técnica y económica) de la subvención recibida, conforme a los Anexos VII, VIII y IX de la presente convocatoria.
  • Para la justificación económica de la subvención, las entidades deberán seguir las siguientes normas: Presentar una memoria detallada de actuaciones desarrolladas, que incluya al menos, los contenidos recogidos en el Anexo X de la presente convocatoria. Justificar el gasto realizado por el importe total de la subvención concedida y, además, el 25% adicional que cofinancia la entidad con fondos propios. En caso de ejecutar parcialmente la subvención concedida, la entidad quedará obligada a cofinanciar con fondos propios el 25% adicional al importe que haya sido ejecutado de forma efectiva.
  • La acreditación de los gastos se realizará incluyendo: Relación de facturas o gastos realizados, conforme al Anexo IX de la presente convocatoria. Facturas (o demás documentos legales probatorios) del gasto realizado, en concordancia con la naturaleza de los gastos subvencionables, recogidos en el artículo 2 de esta convocatoria. Documento bancario del pago y/o extracto, en el que conste el importe del pago realizado, el tercero perceptor y el concepto de gasto. El pago de los gastos imputables a esta subvención, deberán ser realizados mediante transferencia o domiciliación bancaria, cheque nominativo o cualquier otro medio válido en tráfico mercantil. De forma excepcional, para aquellos gastos inferiores al importe de 50,00€, se podrán realizar pagos en efectivo, en cuyo caso deberá constar, en el documento de gasto correspondiente, el nombre, DNI, fecha y firma de la persona que recibe el pago. Esta condición será de aplicación desde la fecha de publicación de esta convocatoria.
  • documentation
    SOLICIT Que de acuerdo a lo establecido en la Convocatoria por la que se regulan las Bases para la Concesión de Subvenciones a Proyectos de Carácter Social de Alhama de Murcia en su artículo 11 punto 2, nos sea concedida una prórroga de: (señalar lo que proceda): 1 mes 2 meses 3 meses para la ejecución del proyecto subvencionado por la Concejalía de Bienestar Social En Alhama de Murcia adede 2026. Fdo El/la Presidente/a de la Asociación
  • - MEMORIA de actuaciones desarrolladas, según Anexo X 2.- CUENTA JUSTIFICATIVA, que contendrá:

Gastos y actuaciones

  • ARTÍCULO 2.- PRESUPUESTO Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS. GASTOS SUBVENCIONABLES · ineligible
    No se consideran gastos imputables a esta subvención, los que se detallan a continuación: Los gastos de inversión en adquisición de inmuebles. Gastos de equipamiento o bienes inventariables. Gastos financieros, de asesoría laboral, jurídica, notarial o registral. Otros gastos de naturaleza laboral (a excepción de sueldos y seguridad social), Prevención de Riesgos Laborales, etc.
  • ARTÍCULO 2.- PRESUPUESTO Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS. GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Los gastos corrientes de mantenimiento de la entidad y/o de sus bienes (tanto derivados de la sede/instalaciones como de sus vehículos): Alquiler (de locales, de equipos, de vehículos, etc.), luz, agua, teléfono (en cualquiera de sus modalidades), internet, protección de datos, mantenimiento de vehículos (reparaciones, combustible, limpieza, I.T.V., etc.). Gastos en concepto de alimentación o manutención. Otros gastos de mantenimiento de análoga naturaleza.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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El Ayuntamiento de Alhama de Murcia a través de la Concejalía de Bienestar Social convoca la concesión de subvenciones para el ejercicio 2026 en régimen de concurrencia competitiva destinadas a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro con domicilio social en la localidad o que desarrollen sus actividades dentro de su ámbito territorial municipal. Su finalidad es el desarrollo de proyectos y actuaciones de acción social en el municipio de Alhama de Murcia, ya sean de carácter preventivo, de protección, promocional o rehabilitador, de integración o de sensibilización. No serán subvencionadas aquellas actuaciones que ya se estén desarrollando desde el Ayuntamiento de Alhama de Murcia, bien desde la Concejalía de Bienestar Social, bien porque sean competencia de otras áreas de trabajo municipales, exceptuando aquellas iniciativas que complementen alguna de las actividades, proyectos o programas desarrollados en estas áreas.