Subvenciones a proyectos de investigacion del Institut de Estudios del Autogobierno en el ámbito de la organización territorial del poder a universidades y centros de investigacion del sistema catalán.

Otras actuaciones de carácter económico

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES51 - CATALUÑA. La gestiona DEPARTAMENT DE LA PRESIDÈNCIA.

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¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Qué necesitas

  • 1 Los gastos subvencionables de esta subvención, de acuerdo con el artículo 31 de
  • La contratación de personal predoctoral, posdoctoral o técnico de apoyo a la investigación vinculado de manera inequívoca al proyecto objeto de la ayuda y que realice actividades necesarias para su ejecución. La vinculación deberá hacerse constar de forma inequívoca en el instrumento jurídico en el que se formalice la incorporación, mediante la mención expresa del nombre oficial del proyecto y del número de expediente en las cláusulas adicionales. Los proyectos de investigación con un presupuesto igual o superior a 25.000,00 €, deberán incluir necesariamente la contratación de personal técnico y/o investigador. Se considerarán elegibles los gastos correspondientes al salario bruto y a la cuota empresarial de la Seguridad Social, incluidas las indemnizaciones por finalización de contrato devengadas durante el periodo de ejecución del proyecto. No podrán formalizarse contratos con personas que formen parte del equipo de investigación, cuyos términos se establecen en la base reguladora 13.2 de la Orden
  • Material fungible y gastos de material no inventariable.
  • La adquisición de bibliografía, datos y programas informáticos, siempre que se justifique debidamente su necesidad y estén directamente vinculados al proyecto de investigación.
  • El porcentaje máximo subvencionable de los conceptos establecidos en los dos epígrafes inmediatamente anteriores (apartados 10.1.b y 10.1.c) no podrá superar conjuntamente el 20 % del presupuesto total subvencionable.
  • Desplazamientos, dietas y remuneración de personas expertas externas directamente vinculados al proyecto de investigación.
  • Gastos derivados de la organización o asistencia a jornadas, congresos y encuentros académicos relacionados con el proyecto y debidamente indicados en la memoria, incluidos los gastos de desplazamiento y los gastos diversos de atención social, tales como servicios de cáterin o cafés, estos últimos únicamente cuando se deriven directa y necesariamente de la ejecución de actividades académicas previstas en el proyecto de investigación y sean organizados por el equipo de investigación.
  • El porcentaje máximo subvencionable de los conceptos establecidos en los dos epígrafes inmediatamente anteriores (apartados 10.1.e y 10.1.f) no podrá superar conjuntamente el 35 % del presupuesto total subvencionable.
  • Gastos generales de la institución donde se realice la investigación (el importe máximo subvencionable no podrá superar el 15 % del presupuesto total subvencionable).
  • Tal como se establece en la base reguladora 12 de la Orden PRE/92/2026, las personas beneficiarias podrán subcontratar hasta un máximo del 60 % del presupuesto total subvencionable.
  • Otros gastos, siempre que su necesidad esté debidamente justificada (el importe máximo subvencionable será del 10 % del presupuesto total subvencionable).
  • 2 No tendrán la consideración de gastos subvencionables aquellos que no estén expresamente previstos en el presente apartado 10 de esta Resolución.
  • 11 Procedimiento de valoración y selección
  • 1 El procedimiento de valoración y selección se llevará a cabo en dos fases, de conformidad con lo establecido en la base reguladora 16.1 de la Orden PRE/92/2026.
  • 2 La composición de la Comisión de Valoración y Selección de la segunda fase será la establecida en la base 16.3 de la Orden PRE/92/2026.
  • 3 El órgano instructor podrá designar tanto a la persona que desempeñe la secretaría como a los miembros suplentes de la Comisión, quienes sustituirán a los miembros titulares en los supuestos de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otra causa justificada. Los suplentes podrán designarse por tiempo indefinido o para una sesión determinada.
  • 12 Criterios de valoración de las solicitudes
  • 1 Los criterios de valoración de la primera fase y las puntuaciones máximas
  • Originalidad y carácter innovador: ambición de los objetivos del proyecto y capacidad para hacer avanzar el conocimiento en su ámbito temático o su disciplina (hasta 10 puntos).
  • Relevancia: conocimiento del estado actual de la temática de investigación y justificación de la relevancia científica y social del proyecto (hasta 10 puntos).

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Otras actuaciones de carácter económico