SUBVENCIONES A ENTIDADES SIN ÀNIMO DE LUCRO PARA DAR SOPORTE A LA ORGANICIÓN DE FIESTAS MAYORES O FIESTAS POPULARES DE BARRIOS (2026)

1.1. El objeto de esta convocatoria es establecer el procedimiento de concesión de subvenciones de carácter anual, e n régimen de concurrencia competitiva, a favor de entidades sin ánimo de lucro del municipio, para la organización de fiestas mayores o fiestas populares de barrios

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE MONTCADA I REIXAC.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

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    1. Las actividades o proyectos pa ra tener derecho al apoyo económico tienen que
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    cumplir unas condiciones generales:
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    1.1. Que las actividades subvencionadas estén dirigidas a un público universal sin discriminación por razón de sexo, etnia, ideología, orientación sexual, de expresión y/o identidadde género, no discriminatorias para personas con discapacidad física o intelectual y que trabajen aspectos de interés general para la población.
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    1.2. Que la actividad principal de la entidad esté desarrollada y dirigida a la ciudadanía de
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    1.3. Que las actividades se hagan en el término municipal de Montcada i Reixac.
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    1.4. Que la actividad subvencionable no tenga carácter lucrativo y sea de interés general para la población .
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    1.5. Que las actividad se lleven a cabo entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de
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    Incompatibilidad de solicitudes
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    1. Las entidades que sean beneficiarias de subvenciones nominativas por concesión directa para los mismos objetos previstos en la convocatoria no se podrán acoger a la solicitud de esta convocatoria.
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    Plazo y procedimiento por presentación de solicitudes
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    1. Las solicit udes se tienen que presenta de forma telemática, a través de la sede electrónica a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de aprobación de la convocatoria al Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona, durante un plazo de quince (15) días hábiles.
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    2. De acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento común de las administracionespúblicas, se obliga a todas las entidades a relacionarse con las administraciones públicas por medios electrónicos y, por lo tanto, disponer necesariamente de un certificado general. Esto implica que
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    3. Las personas interesadas tendrán que llenar debidamente los documentos normalizados y presentar los a través de la Sede Electrónica mediante el trámite específico de la convocatoria.
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    4. La documentación exigible a presentar para acogerse a la presente convocatoria es la siguiente,
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    4.1. Imprimido de solicitud con la memoria del proyecto o actividad para la cual se solicita el apoyo económico.
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    4.2. Presupuesto desglosado de ingresos y gastos previstos para la realización del proyecto.
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    4.3. Declaración responsable sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y con el resto de requisitos detallados en su punt o 4 de las Bases Reguladoras de esta convocatoria, y declaración de los criterios generales de valoración. Será necesario acreditar con la documentación oportuna el cumplimiento de los criterios de valoración. Los criterios que no se puedan valorar por car encia de documentación justificativa se valorarán con cero puntos.
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    5. Cada entidad podrá presentar como máximo un único proyecto a la convocatoria.
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    6. La presentación de las solicitudes implicará la manifestación tácita del consentimiento inequívoco al tratamiento de datos de carácter personal y su publicación en los términos establecidos en el anterior apartado, de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de septiembre de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales y con el Regl amento (UE).
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    Rectificación de defectos u omisiones en la documentación

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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1.1. El objeto de esta convocatoria es establecer el procedimiento de concesión de subvenciones de carácter anual, e n régimen de concurrencia competitiva, a favor de entidades sin ánimo de lucro del municipio, para la organización de fiestas mayores o fiestas populares de barrios