Subvenciones a entidades, particulares, asociaciones i/o colectivos sin ánimo de lucro del municipi de Barberà de la Conca

La subvención tiene por finalidad colaborar en los gastos por las actividades que se hayan realizado durante 202 5 en el ámbito cultural, social, artístico, deportivo y análogos de

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES514 - Tarragona. La gestiona AYUNTAMIENTO BARBERÀ DE LA CONCA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Acreditación fehaciente de la personalidad y, en su caso, de la representación.
  • Declaración de que la actividad subvencionable es de interés local o municipal y que no tiene carácter lucrativo.
  • Proyecto explicativo de las actividades que se quieran llevar a cabo con cargo a la subvención solicitada, con la valoración económica del coste y cuantía de subvención que se solicita, firmada por el presidente de la entidad o asociación, o representante del colectivo que haya presentado la iniciativa para la que se pide subvención, de acuerdo con el guión que consta en el anexo II de estas bases.
  • Acreditación de estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la Agencia Tributaria, Seguridad Social y ayuntamiento, mediante los correspondientes certificados, o en su caso con la autorización expresa para que sea el propio ayuntamiento quien los pueda solicitar.
  • Declaración jurada en la que se haga constar las subvenciones solicitadas u otorgadas por otros organismos públicos o bien no haber solicitado o recibido ninguno.
  • Órgano competente para la Instrucción y Resolución del procedimiento El órgano competente para la instrucción del expediente será la Secretaría Intervención municipal. Éste solicitará cuántos informes estime necesarios para resolver, así como evaluar las solicitudes que se presenten dentro del plazo y en la forma adecuada, todo ello de conformidad con el artículo 24 de la Ley 38/2003, de 14 de noviembre, General de
  • BARBERÀ DE LA CONCA C.I.F. P-4302100-E T A R R A G O N A e-mail: ajuntament@barberadelaconca.cat web: www.barberadelaconca.cat Subvenciones. El órgano competente para resolver será el Alcalde, siempre y cuando el importe total de las subvenciones que deben concederse no supere el 10% de los recursos ordinarios de la entidad local. En el resto de casos, la competencia será del Pleno del Ayuntamiento.
  • Plazo de presentación de solicitudes y documentación Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como ANEXO I de esta convocatoria. Se dirigirán al Alcalde del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes desde de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
  • Deberán acompañarse a la solicitud los siguientes documentos:
  • Presupuesto total debidamente desglosado en el que figure el coste de las actividades propuestas y las fuentes de financiación. Para la adquisición de material deberá aportarse presupuesto detallado de las casas suministradoras. Las solicitudes de los interesados acompañarán los documentos y las informaciones determinados en la norma o convocatoria, salvo que los documentos exigidos ya estuvieran en poder de cualquiera órgano de la Administración actuante, o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración. La administración actuante podrá consultar o recaudar estos documentos salvo que el interesado se opusiera a esto. No cabrá la oposición cuando la aportación del documento se exigiera en el marco de ejercicio de potestades sancionadoras o de inspección.
  • Reformulación de las solicitudes Cuando la subvención tenga por objeto la financiación de actividades a desarrollar por el solicitante y el importe de la subvención de la propuesta de resolución provisional sea inferior al que figura en la solicitud presentada, se podrá instar del beneficiario la reformulación de su solicitud por ajustar los compromisos y condiciones a la subvención otorgable.
  • BARBERÀ DE LA CONCA C.I.F. P-4302100-E T A R R A G O N A e-mail: ajuntament@barberadelaconca.cat web: www.barberadelaconca.cat Si la solicitud merece la conformidad del órgano colegiado, se remitirá con todo lo actuado al órgano competente para que dicte la resolución. Debe respetar, en cualquier caso, el objeto, condiciones y la finalidad de la subvención, así como los criterios de valoración establecidos respecto a las solicitudes o peticiones.
  • Fin de la vía administrativa El acto de resolución de la subvención agota la vía administrativa. De acuerdo con lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas contra esta resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el término de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Tarragona, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
  • Criterios de valoración de las solicitudes
  • Interés general de la actividad para la población.
  • El favorecimiento de la proyección externa del municipio de Barberà de la Conca, y en su caso, la de los otros núcleos que forman parte del municipio.
  • La representatividad de las entidades.
  • La capacidad económica autónoma y las ayudas que reciban de otras instituciones, públicas o privadas.
  • El déficit de actividades análogas en el municipio.
  • El número de destinatarios a los que va dirigida.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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La subvención tiene por finalidad colaborar en los gastos por las actividades que se hayan realizado durante 202 5 en el ámbito cultural, social, artístico, deportivo y análogos de