SUBVENCIONES A CLUBES DEPORTIVOS BÁSICOS PARA LA ORGANIZACIÓN DE EVENTOS DEPORTIVOS DURANTE 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Clubes deportivos, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES120 - Asturias. La gestiona CONSEJERÍA DE CULTURA, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y TURISMO.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Clubes deportivos, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 350.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Palmarés de los deportistas o equipos más destacados en el panorama nacional e internacional participantes en el evento para el que se solicita subvención.
  • Acreditación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y de no ser deudor de la Hacienda del Principado por deudas vencidas, líquidas y exigibles. No obstante, con la presentación de la solicitud y de acuerdo con el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en relación con el derecho a no aportar documentos al procedimiento, se procederá a realizar la consulta u obtención de aquella documentación que haya sido elaborada por cualquier Administración salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa.
  • Certificación expedida por la Federación asturiana correspondiente (Nacional, en el caso de eventos de ámbito superior al autonómico), en la que se haga constar el carácter oficial del evento por cuya organización se solicita subvención, así como su ámbito territorial y duración.
  • En pruebas de Automovilismo, informe de la última edición celebrada a fecha de solicitud, del observador de la Real Federación Española de Automovilismo, o de la Real Federación de Automovilismo del Principado de Asturias en caso de pruebas de ámbito autonómico.
  • Relación de los participantes en el evento objeto de subvención en la que se haga constar la edad y sexo, en el caso de que el evento ya se haya celebrado. En caso contrario, deberá aportarse dicha relación en el momento de la justificación.
  • Acreditación del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que reglamentariamente se determinen.
  • Declaración responsable relativa a las subvenciones solicitadas, así como las concedidas, en su caso, con la misma finalidad. Con independencia de la documentación exigida, la Dirección General competente en materia de deporte se reserva la facultad de solicitar cuanta información y documentación complementaria considere necesaria, de acuerdo con lo previsto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • CONSEJERÍA DE CULTURA, POLÍTICA LLINGÜÍSTICA Y DEPORTE Estado del documento Original Página 5 de 10 Dirección electrónica de validación CSV https://consultaCVS.asturias.es Código Seguro de Verificación (CSV) 16340722443445017772 Sin perjuicio de lo anterior, y en ausencia de oposición del interesado, las Administraciones Públicas deberán recabar los documentos electrónicamente a través de sus redes corporativas y mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto. SEXTO.- El Órgano Instructor del procedimiento de concesión de subvenciones será un/a funcionario/a perteneciente al Servicio competente en materia de promoción del deporte. SÉPTIMO.- Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y, en su caso, el de subsanación de defectos, serán valoradas por una Comisión cuya composición, queda
  • Presidente/a: La persona titular de la Dirección General con competencias en materia de deporte.
  • Integrantes: dos personas adscritas a la citada Dirección General, de las que una de ellas realizará funciones de secretaría y la persona titular del Servicio competente en materia de promoción del deporte. Para dicha valoración, se tendrán en cuenta los criterios que vienen establecidos en la
  • Pruebas de carácter Internacional (mínimo de 5 países, sin contar España), Campeonatos de España y/o Copas de España ........................................30 puntos
  • Pruebas de carácter Nacional o de carácter Internacional de menos de 5 países sin contar España ............................20 puntos
  • Pruebas de carácter autonómico.................................................................10 puntos
  • De 1 a 15 años ....................................................4 puntos
  • De 16 a 30 años ...................................................6 puntos
  • De 31 a 45 años ..................................................8 puntos
  • 46 ó más años......................................................10 puntos Criterio 2º.- Consideración del evento como deporte de promoción en atención al interés público deportivo que el mismo tenga para la Comunidad Autónoma, hasta un máximo de 30 puntos. El interés público deportivo vendrá condicionado por la relevancia de los y las deportistas participantes, el fomento en dicho evento de la participación de mujeres en igualdad de condiciones, de personas con discapacidad y de menores de edad.
  • Número de participantes, hasta un máximo de 10 puntos:
  • Hasta 50 participantes ........................................4 puntos
  • De 51 a 150 participantes...................................6 puntos

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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