Subvenciones a ayuntamientos de la provincia de Palencia para obras de reparación, conservación y mejora de colegios de educación infantil y primaria del medio rural de la provincia de Palencia 26/27

Educación

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES41 - CASTILLA Y LEON. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE PALENCIA.

● Cerrada

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Qué necesitas

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    Memoria o proyecto detallado, con denominación exacta de las obras a realizar, al que se incorporará un presupuesto detallado de gastos.
  • documentation
    Informe técnico favorable sobre la memoria o proyecto emitido por el Área Técnica de Construcciones y Equipamientos de la Dirección Provincial de Educación de Palencia y la adecuación a las necesidades del centro.
  • documentation
    Compromiso de financiación como mínimo del 20% del coste total de la obra ejecutada en su respectivo ámbito y de asumir el pago de los tributos de carácter local derivados de la ejecución de la obra, sin proceder por ende a su exacción a ningún otro sujeto interviniente en este Convenio.
  • documentation
    Certificación del secretario-interventor de disponibilidad de crédito para la parte a ejecutar por el ayuntamiento o compromiso de consignación presupuestaria por el importe necesario para cubrir la aportación municipal.
  • documentation
    Certificado del secretario de que el ayuntamiento se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social. Con independencia de la documentación señalada, se podrá requerir en todo momento la documentación o información complementaria que en función de las características del proyecto o datos facilitados se estime necesaria. De acuerdo con lo previsto en el art. 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Diputación de Palencia comprobará las solicitudes, los datos y documentación presentada, así como el cumplimiento de los requisitos y viabilidad de la solicitud, y si la misma no reuniese dichos requisitos el órgano competente requerirá a los interesados, en su caso, para que en el plazo de diez días se subsanen los defectos o se acompañen los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hicieran se les tendrá por desistidos de su solicitud, previa la resolución que habrá de dictarse. Si el ayuntamiento solicitante presentase su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica.
  • documentation
    - INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN La instrucción del expediente será realizada por el Servicio de Cultura.
  • documentation
    El estudio, clasificación y selección de solicitudes presentadas, así como la aplicación, en su caso, de lo establecido en la base 4ª.
  • documentation
    La valoración de las solicitudes que se presenten por los ayuntamientos, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en la base 6ª.
  • documentation
    El seguimiento, evaluación e interpretación del convenio suscrito con la Consejería de Educación a tal fin, así como la resolución de cuantas cuestiones surjan en su ejecución. La propia comisión determinará sus normas de organización y funcionamiento, y a ella podrán asistir con voz, pero sin voto los asesores que cada parte estime más conveniente.
  • documentation
    - ACEPTACIÓN Y RENUNCIA A LA AYUDA Si en el plazo de cinco días a partir de la notificación de la resolución no se hubiera presentado renuncia por escrito, se entenderá aceptada por el beneficiario la subvención, así como las condiciones derivadas de la misma.
  • documentation
    ²3J0Y4K2I153U1H7113HB«» Departamento Secretaría 710 Todas aquellas entidades beneficiarias que por razones justificadas no puedan ejecutar las actuaciones en el plazo establecido deberán notificarlo por escrito, antes de que finalice el plazo de justificación, manifestando las causas que ocasionan tal renuncia.
  • documentation
    - PUBLICIDAD En la difusión y publicidad que se efectúe de las actuaciones subvencionadas el ayuntamiento beneficiario hará constar de forma expresa y claramente visible la colaboración de la Diputación de Palencia y de la Junta de Castilla y León en la financiación de la obra.
  • documentation
    - OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
  • documentation
    Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o ejecutar el comportamiento que fundamenta la concesión de subvenciones. No se autorizarán modificaciones de las obras a ejecutar, a no ser que, por cuestiones sobrevenidas de interés prioritario, debidamente justificadas, sea preciso realizar una actuación distinta, siempre que corresponda a un criterio de baremación igual o superior y cuya cuantía no sea inferior a la inicialmente concedida, contando siempre con el informe favorable del Área Técnica de la Dirección Provincial de Educación.
  • documentation
    Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la inversión y el cumplimiento de la finalidad que determine la concesión y disfrute de la subvención.
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    Las obras deberán estar finalizadas antes del 31 de agosto de 2027.
  • documentation
    Comunicar a la Diputación de Palencia la obtención de otras ayudas para la misma finalidad procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos, dentro de los quince días siguientes a su concesión, pudiéndose revocar o cancelar la ayuda si no se cumple esta obligación.
  • documentation
    - PLAZO JUSTIFICACIÓN El plazo para la justificación de la subvención finalizará el día 31 de agosto de 2027, incluido, y se realizará en el Registro telemático de la Diputación de Palencia conforme al formulario electrónico del procedimiento [“Justificación de la subvención-Ayuntamientos y otras entidades públicas”] habilitado en la sede electrónica de la Diputación de Palencia (http://sede.diputaciondepalencia.es), situado en el catálogo de procedimientos electrónicos en el grupo Asuntos Generales. No obstante, lo dispuesto en los apartados anteriores, y en casos debidamente justificados y siempre que exista la motivación preceptiva y la existencia de crédito adecuada, la Sra. Presidenta podrá ampliar dicho plazo de forma excepcional y previa solicitud del beneficiario. No serán aceptadas aquellas solicitudes de prórroga que no tengan entrada con una antelación de siete días hábiles al de finalización del plazo de justificación.
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    - JUSTIFICACIÓN Y PAGO DE LAS SUBVENCIONES
  • documentation
    ²3J0Y4K2I153U1H7113HB«» Departamento Secretaría 810 La Diputación librará a los ayuntamientos beneficiarios el anticipo de la parte correspondiente al ejercicio 2026 (25 %) de la subvención concedida. A efecto de justificar la subvención concedida deberán presentar la siguiente

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Educación