SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE CARÁCTER LOCAL.

El objeto de las presentes bases es regular la concesión de subvenciones a las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro de carácter local, para colaborar con estas entidades en la programación de actividades en materia de cultura, acción social, música, deportes, educación, juventud.

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES243 - Zaragoza. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CERVERA DE LA CAÑADA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Asociaciones culturales, Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 3.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se regulan en esta convocatoria, las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro de ámbito local, legalmente constituidas a la fecha de esta convocatoria, con domicilio en el municipio de Cervera de la Cañada y que entre sus fines se encuentre la realización de actividades en materia de cultura, acción social, música, deportes, educación, juventud que además cumplan los siguientes
  • Que las actividades subvencionadas según las presentes bases se hayan realizado o se realicen durante el período establecido en la convocatoria. Ayuntamiento de Cervera de la Cañada
  • Que dentro del objeto social según sus estatutos se encuentre incluida alguna de las siguientes actividades: cultura, acción social, música, deportes, educación, juventud, o restauración del patrimonio.
  • Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias, con la seguridad social y con el Ayuntamiento de Cervera de la Cañada.
  • No estar inhabilitado para recibir ayudas o subvenciones de las administraciones públicas y no estar incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en la ley 38/2003 de 17 de noviembre general de subvenciones que les impida obtener la condición de beneficiario.
  • CUANTÍA DE LA AYUDA El importe máximo de las ayudas a conceder será el resultante de dividir el crédito presupuestario entre las solicitudes recibidas y que cumplan con los requisitos establecidos, procediéndose así al prorrateo entre los beneficiarios de la subvención, del importe global máximo destinado a la subvención. Con un límite máximo de 1000€ por solicitud. La concesión de estas subvenciones es compatible con la percepción por parte del beneficiario de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad, si bien el importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas o subvenciones, supere el coste de la actividad o gasto subvencionado
  • CRÉDITO PRESUPUESTARIO El importe máximo destinado a atender estas ayudas será el recogido en cada anualidad en el presupuesto municipal vigente en la aplicación presupuestaria destinada a dicho gasto.
  • Las solicitudes, en el modelo que figura como Anexo irán acompañadas de la documentación e información requeridas, se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo
  • 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 15 días hábiles desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
  • Cada interesado podrá presentar una única solicitud de subvención. Ayuntamiento de Cervera de la Cañada
  • La presentación de la solicitud de ayuda fuera del plazo establecido y la no utilización de los formularios normalizados de uso obligatorio, serán causas de inadmisión.
  • A la instancia que figura como Anexo I de estas bases deberá adjuntarse la siguiente
  • PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN Ayuntamiento de Cervera de la Cañada
  • Aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad o actividades subvencionadas.
  • Serán subvencionables los gastos realizados en el período de ejecución establecido en la convocatoria de la subvención. Desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026
  • Para recibir las subvenciones será preciso acreditar la efectiva realización de las actividades o gastos subvencionados por cuantía igual o superior al importe de la subvención concedida, pudiendo para ello presentar las facturas de los gastos de funcionamiento que hayan sido necesarios para la ejecución o desarrollo de las actividades. Los gastos realizados, que deberán corresponder a la actividad o actividades subvencionadas deberán llevar fecha comprendida entre el plazo de ejecución establecido en cada convocatoria En caso de justificarse una cantidad inferior a la otorgada como subvención, esta se reducirá en la misma proporción procediéndose al abono de la parte proporcional que corresponda. El plazo para presentar la justificación finalizará a los tres meses de finalizar el plazo de ejecución.
  • Para la justificación deberá presentarse en el Registro General del Ayuntamiento: Solicitud de pago de la subvención firmada por el representante de la Asociación, indicando el número de cuenta donde debe ingresarse la subvención. Anexo IV. Certificado del representante de la Asociación en el que se haga constar, que se ha cumplido la finalidad para la que se concedió la subvención, relación de los gastos realizados con cargo a la subvención, y que los referidos gastos no han sido objeto de otra ayuda o subvención o en caso de concurrencia de subvenciones para la misma finalidad se indicará la entidad concedente y el importe concedido. Anexo V. Originales o copias compulsadas de las facturas que justifiquen los gastos realizados, que deberán corresponder a las actividades o gastos subvencionados y deberán llevar fecha comprendida entre el plazo de ejecución establecido en la convocatoria. Declaración responsable de hallarse la entidad al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, autorizando en su caso al Ayuntamiento a solicitar la documentación acreditativa de tal circunstancia. Anexo VI. Ayuntamiento de Cervera de la Cañada
  • Realizar la actividad o actividades para las que se concede la subvención y hacerlo dentro del ejercicio económico para el que se ha concedido.
  • Hacer constar la colaboración prestada por el Ayuntamiento en la documentación, propaganda impresa y demás medios de difusión de la actividad objeto de subvención.
  • Comunicar al Ayuntamiento cualquier circunstancia que altere o modifique las características de la actividad o actividades inicialmente proyectadas o que impida realizarlas.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • 8 .- GASTOS SUBVENCIONABLES.- · eligible
    Se considerarán gastos subvencionables los siguientes: Ayuntamiento de Cervera de la Cañada
  • 8 .- GASTOS SUBVENCIONABLES.- · eligible
    Aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad o actividades subvencionadas.
  • 8 .- GASTOS SUBVENCIONABLES.- · eligible
    Serán subvencionables los gastos realizados en el período de ejecución establecido en la convocatoria de la subvención. Desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de las presentes bases es regular la concesión de subvenciones a las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro de carácter local, para colaborar con estas entidades en la programación de actividades en materia de cultura, acción social, música, deportes, educación, juventud.