Subvenciones 2026 a entidades privadas sin ánimo de lucro para la realización de acciones de orientación para el empleo…

Título oficial: Subvenciones 2026 a entidades privadas sin ánimo de lucro para la realización de acciones de orientación para el empleo y mejora de la empleabilidad a personas con discapacidad, según Decreto 167/2026 de 29 de septiembre de 2026

1. El presente Decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar programas de orientación para el empleo, que se desarrollen de manera personalizada, integral e inclusiva en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y cuyo objetivo es recopilar información, realizar un diagnóstico de la situación individual, así como proporcionar asesoramiento, y acompañamiento en las transiciones laborales a las personas demandantes de servicios de empleo, desde las diversas situaciones de empleo y desempleo que pueden darse a lo largo de la vida laboral.

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Personas con discapacidad. Su ámbito territorial es ES43 - EXTREMADURA. La gestiona SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO (SEXPE).

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas, Personas con discapacidad.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 1.000.113,30 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Las entidades beneficiarias de las subvenciones reguladas en el presente Decreto deberán asumir, además de las obligaciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la
  • Comunicar al órgano gestor de la subvención del Servicio Extremeño Público de Empleo la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las acciones subvencionadas y/o la modificación de las circunstancias tenidas en cuenta para la concesión de la subvención. Dicha comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca la referida circunstancia y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
  • Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención, de acuerdo con las condiciones previstas en el presente Decreto, en la correspondiente convocatoria y en la resolución de concesión.
  • Acreditar, con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución de concesión y, en todo caso, con carácter previo al pago de la subvención, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias frente a la Hacienda Estatal y a la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como de las obligaciones frente a la Seguridad Social.
  • Justificar ante el órgano gestor el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidos, así como la efectiva realización de la actividad subvencionada, y el cumplimiento de la finalidad que fundamenta la concesión de la subvención, de conformidad con lo previsto en el presente Decreto.
  • Conservar, durante un plazo de 4 años, los documentos justificativos de la realización de la actividad que fundamenta la concesión de la subvención, así como de la correcta aplicación de los fondos percibidos, a efectos de las oportunas actuaciones de comprobación, control o auditoría que pudieran llevarse a cabo conforme a la normativa vigente.
  • Adoptar las medidas de difusión y publicidad contenidas en el presente Decreto.
  • Facilitar, en el plazo de 10 días hábiles, cuantos datos le sean requeridos por el órgano concedente en relación con el desarrollo y el resultado de las acciones, de acuerdo con el formato y las especificaciones que establezca el Servicio Extremeño Público de Empleo.
  • Mantener un sistema de contabilidad separada o un código contable adecuado para todas las transacciones vinculadas a la actividad subvencionada, a fin de garantizar la adecuada justificación de la subvención, sin perjuicio de la aplicación de las normas de contabilidad nacional.
  • Garantizar la aplicación del principio de igualdad de trato y oportunidades y la no discriminación entre mujeres y hombres en la realización de las acciones y servicios de orientación profesional.
  • Disponer, desde el inicio del proyecto, de las instalaciones, inmuebles, equipamientos y medios adecuados
  • º Despachos adecuados para el desarrollo de las acciones de orientación, en número proporcional al personal orientador, y que permitan garantizar la privacidad de las personas usuarias del proyecto.
  • º Sala de reuniones, para las sesiones de planificación y coordinación del personal contratado para el proyecto subvencionado.
  • º Aula/s para las acciones grupales y, en su caso, para el desarrollo de las otras actuaciones de políticas activas de empleo.
  • º Archivadores con cerraduras, para la custodia de los historiales y la documentación relativa a las personas usuarias del proyecto.
  • Disponer del personal suficiente y con la cualificación adecuada para el desarrollo del proyecto y la consecución de los objetivos establecidos en la resolución de concesión.
  • Registrar, en la aplicación informática habilitada por el SEXPE, las acciones realizadas con las personas usuarias previstas en las correspondientes convocatorias. La entidad deberá incorporar en dicha aplicación todos los datos relativos a las personas usuarias obtenidos tanto en las sesiones de orientación como en las actuaciones de políticas activas de empleo, a efectos de la verificación del cumplimiento de los objetivos. Esta aplicación informática permanecerá disponible para la carga de datos hasta 15 días tras la finalización del período de ejecución de las acciones. Transcurrido este plazo, tan solo se admitirán subsanaciones a los datos ya introducidos, pero no se admitirán nuevos datos.
  • Garantizar la gratuidad a las personas usuarias participantes en las acciones.
  • Suscribir una póliza de seguro de responsabilidad civil. Asimismo, en el supuesto que las entidades realicen con cargo al mayor esfuerzo inversor cursos de formación presencial, deberán suscribir, antes del inicio de las acciones, un seguro de accidente con especificación de la actividad a desarrollar y durante el tiempo que dure dicha formación.
  • La entidad, mediante declaración responsable que figura en el Anexo de solicitud de subvención del presente Decreto, deberá comprometerse a disponer de todos los medios que se indican en el presente apartado.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Artículo 9. Gastos subvencionables. · eligible
    De conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se consideran gastos subvencionables aquellos que, de manera indubitada, respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido para la ejecución de las acciones subvencionables. En ningún caso, el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. Serán subvencionables aquellos gastos efectuados durante el periodo de ejecución del proyecto que hayan sido debidamente abonados antes de la finalización del plazo de justificación establecido en la resolución de concesión. Sin perjuicio de lo establecido el párrafo anterior, el Servicio Extremeño Público de Empleo subvencionará los
  • Artículo 9. Gastos subvencionables. · eligible
    siguientes gastos:

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

1. El presente Decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar programas de orientación para el empleo, que se desarrollen de manera personalizada, integral e inclusiva en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y cuyo objetivo es recopilar información, realizar un diagnóstico de la situación individual, así como proporcionar asesoramiento, y acompañamiento en las transiciones laborales a las personas demandantes de servicios de empleo, desde las diversas situaciones de empleo y desempleo que pueden darse a lo largo de la vida laboral.