Personas jurídicasES709 - Tenerife

Subvenciones 2026 a los ayuntamientos de Tenerife para dotación de fondos bibliográficos y audiovisuales para las bibli…

Título oficial: Subvenciones 2026 a los ayuntamientos de Tenerife para dotación de fondos bibliográficos y audiovisuales para las bibliotecas públicas municipales centrales

El objeto de estas subvenciones es financiar la adquisición de material bibliográfico y audiovisual

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES709 - Tenerife. La gestiona CABILDO INSULAR DE TENERIFE.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 90.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los beneficiarios.
  • Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la ejecución de un proyecto, la r ealización de una actividad, la adopción de un comportamiento singular, ya realizados o por desarrollar, o la concurrencia de una situación, debiendo el beneficiario cumplir las obligaciones materiales y formales que se hubieran establecido.
  • Que el proyecto, la acción, conducta o situación financiada tenga por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública. Código Seguro De Verificación AJ0mL0AfkuNFiOnh9zgagA Estado Fecha y hora Firmado Por Mª Elena Frías Cerrillo - Vicesecretaria General (por Ausencia del Titular) Firmado 03/09/2026 13:16:42 Url De Verificación https://sede.tenerife.es/verifirma/code/AJ0mL0AfkuNFiOnh9zgagA Normativa Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). Página 2/13
  • El artículo 6.2.p) de la Ley 3/2026, de 16 de junio, de Cabildos Insulares establece como competencia de los Cabildos Insulares, entre otras, la cultura.
  • La ley 5/2019, de 9 de abril, de la lectura y de las bibliotecas de Canarias establece en su artículo 40 h) que corresponde a los Cabildos Insulares apoyar los servicios municipales bibliotecarios para asegurar la prestación integral de los servicios bibliotecarios en el territorio insular.
  • Mediante Decreto de la Presidencia de fecha 27 de enero de 2025 se modifica y establece el ámbito competencial de la Consejería Insular de Cultura, Museos y Deportes teniendo atribuidas
  • Fomento de la cultura e instalaciones culturales y bibliotecas.
  • Planificación, organización y gestión de eventos de carácter cultural.
  • Promoción y desarrollo de la cultura musical, literaria, artística, etc.
  • Podrán recibir subvención los ayuntamientos de la isla de Tenerife y su sector público institucional para la adquisición de material bibliográfico y audiovisual con destino a la biblioteca pública
  • Ser de titularidad municipal.
  • Tener un horario mínimo de apertura al público de 15 horas por semana.
  • Pertenecer a la Red de Bibliotecas de Canarias (BICA).
  • IMPORTE Y APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. El crédito total disponible asciende a la cantidad de noventa mil (90.000,00 €) euros que se aplicará a la partida 26.0801.3321.46240 del presupuesto del Cabildo Insular de Tenerife para el presente ejercicio.
  • CRITERIOS DE REPARTO. La distribución del c rédito existente se determina en función del número de habitantes de cada municipio solicitante, según las últimas cifras oficiales de población a fecha 1 de enero de 2026 publicadas por el Instituto Canario de Estadística, cada municipio obtendrá un determinado número
  • 1. La solicitud se formalizará a través del procedimiento “Subvenciones para la adquisición de fondos bibliográficos para las bibliotecas públicas municipales 2026” habilitado en la sede electrónica del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife. La solicitud incorpo ra una declaración
  • Que se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones, tributarias con el Estado, la Comunidad Autónoma de Canarias, el Cabildo Insular de Tenerife, y con la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Que no ha recibido ayudas o subvenciones con el mismo objeto de cualquier Administración, ente público, entidades privadas o particulares. En otro caso, hará constar las que haya recibido, especificando el concepto, la actividad o conducta subvencionada y el importe de las mismas.
  • Que ha procedido a la justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad por el Cabildo Insular de Tenerife para la misma actividad o conducta.
  • Que no se halla inhabilitado para recibir ayudas o subvenciones del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de estas subvenciones es financiar la adquisición de material bibliográfico y audiovisual