Personas jurídicasES51 - CATALUÑA

Subvención sin concurrencia al Consell Comarcal del Priorat 2026

El objeto de este Convenio es potenciar la colaboración en materia de protección civil entre ambas partes, y crear una infraestructura básica temporal dentro de la organización del Consejo Comarcal del Priorat, con la finalidad de generar las condiciones para que esta colaboración favorezca la consecución de los objetivos de protección civil legalmente previstos en el territorio del Priorat, y para proteger a la población frente a los riesgos por los efectos graves de la sequía y el cambio climático.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES51 - CATALUÑA. La gestiona DEPARTAMENT D'INTERIOR I SEGURETAT PÚBLICA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • 1 Aportar la cantidad prevista en el acuerdo cuarto para que el Consejo Comarcal del Priorat contrate un técnico en protección civil que impulse y coordine los compromisos contraídos mediante este Convenio.
  • 2 Fundamentar las bases para crear una infraestructura básica de protección civil dentro de la organización del Consejo Comarcal del Priorat.
  • 3 Asesorar al Consejo Comarcal del Priorat en el desarrollo de las tareas de protección civil que le son propias, mediante la Dirección General de Protección Civil y el Servicio Territorial de Protección Civil en Tarragona, y darle apoyo.
  • 4 Fomentar la valoración de los riesgos de protección civil a los que están sometidos los municipios del Priorat y hacer seguimiento de las obligaciones o recomendaciones de elaborar los planes de actuación municipal.
  • 5 Desarrollar, conjuntamente con el Consejo Comarcal del Priorat, actuaciones de prevención y sensibilización a la población en materia de protección civil específicas para el territorio del Priorat que tengan en cuenta las afectaciones de la sequía persistente, especialmente el riesgo de incendios forestales.
  • 6 Aplicar el programa de trabajo de evaluación e implantación de protección civil en el territorio del Priorat, establecido en el Convenio de colaboración entre el Departamento de Interior y Seguridad Pública de la Generalitat de Cataluña y el Consejo Comarcal del Priorat en materia de protección civil, aprobado el 5 de mayo de 2025, que fomente la preparación de los municipios para hacer frente a las afectaciones en los riesgos de protección civil debidas a la sequía persistente
  • 7 Hacer el seguimiento del Programa de trabajo de evaluación e implantación de protección civil en el Priorat, aprobado de mutuo acuerdo por ambas administraciones.
  • 8 Coordinarse con el Consejo Comarcal del Priorat en caso de emergencia grave que afecte a su territorio, a través de su técnico de protección civil.
  • 9 Propiciar que el técnico de protección civil del Consejo Comarcal del Priorat que desarrolle tareas propias de la implantación territorial tenga la formación básica necesaria, y favorecer su formación continuada.
  • 1 Incorporar un técnico dedicado exclusivamente a tareas de protección civil.
  • 2 Crear una infraestructura básica de protección civil dentro de la organización del Consejo Comarcal del Priorat.
  • 3 Actuar de acuerdo con el Programa de trabajo de evaluación e implantación de protección civil aprobado de mutuo acuerdo por ambas administraciones.
  • 4 En el marco del Programa mencionado, priorizar el impulso y el apoyo a los ayuntamientos del territorio del Priorat en la elaboración e implantación de sus planes de protección civil municipales y las actuaciones de prevención y sensibilización a la población, de acuerdo con los criterios de la Dirección General de Protección Civil.
  • 5 En caso de emergencia o situación de riesgo grave, coordinarse con la Dirección General de Protección Civil a través del Centro de Coordinación Operativa de Cataluña (CECAT), de acuerdo con los protocolos que se hayan establecido, y dar apoyo a los municipios afectados en el ejercicio de sus funciones en materia de protección civil.
  • 6 Asistir a las reuniones de coordinación periódicas, presenciales o virtuales según proceda, que se establezcan para coordinar las actuaciones con la Dirección General de Protección Civil.
  • 7 Informar semestralmente de las acciones llevadas a cabo de acuerdo con el Programa de trabajo de evaluación e implantación de protección civil.
  • 8 A la finalización del plazo de duración del Convenio, justificar ante el Departamento de Interior y Seguridad Pública la ejecución del Programa de
  • 9 La falta de justificación o la justificación parcial de la actuación implica la tramitación del procedimiento de reintegro de las subvenciones previsto en el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  • 10 Conservar los justificantes originales y electrónicos, y el resto de la documentación relacionada con la subvención otorgada, durante un período mínimo de cinco años. Esta obligación, igualmente, también corresponderá al ente ejecutor cuando sea diferente del ente beneficiario.
  • 11 Someterse a las actuaciones de comprobación que correspondan al Departamento de Interior y Seguridad Pública, y a las de control de la actividad económica y financiera que correspondan a la Intervención General de la Generalitat de Cataluña, a la Sindicatura de Cuentas o a otros órganos competentes, tanto nacionales como comunitarios, y aportar toda la información que les sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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El objeto de este Convenio es potenciar la colaboración en materia de protección civil entre ambas partes, y crear una infraestructura básica temporal dentro de la organización del Consejo Comarcal del Priorat, con la finalidad de generar las condiciones para que esta colaboración favorezca la consecución de los objetivos de protección civil legalmente previstos en el territorio del Priorat, y para proteger a la población frente a los riesgos por los efectos graves de la sequía y el cambio climático.