Personas físicasES617 - Málaga

Subvención para la promoción del deporte

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES617 - Málaga. La gestiona AYUNTAMIENTO DE TORREMOLINOS.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 9.900,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Copia del DNI/NIE de la persona solicitante o, en su caso, DNI/NIE de la persona representante.
  • En su caso, Título de representación.
  • Certificado/s de la federación deportiva andaluza, española, internacional.
  • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria de la persona o entidad beneficiaria.
  • Documentación justificativa de los criterios de otorgamiento previstos en el punto 8º de la convocatoria.
  • Presupuesto desglosado del importe solicitado.
  • El plazo para presentar las solicitudes será de 15 días desde el día siguiente a la publicación en el BOP de Málaga del extracto de resolución por la que se apruebe la convocatoria de la subvención para la promoción del deporte.
  • Con carácter general, cuando se trate de información o documentos que obren en poder del Ayuntamiento de Torremolinos, la persona solicitante podrá ejercer su derecho a no presentarlos, autorizando al órgano gestor para que los recabe de otra Área u órgano administrativo. Para ello deberá indicar el órgano al que fueron presentados o por el que fueron emitidos, la fecha de dicha presentación o emisión, y el procedimiento al que corresponden, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización de éste. La presentación de la solicitud implicará autorización del solicitante ante el organismo otorgante para solicitar a las Administraciones competentes los datos necesarios para verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y de Seguridad Social, así como los necesarios para la ejecución de las acciones programadas. El solicitante puede denegar expresamente esta autorización
  • Si en las solicitudes no se hubieran cumplimentado los extremos contenidos en el punto anterior, se requerirá de manera conjunta a las personas interesadas para que en el plazo de diez días procedan a la subsanación, con la indicación de que, si
  • así no lo hicieran, se les tendrá por desistidas de su solicitud de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la LPAC, previa resolución que deberá ser dictada en los términos del artículo 21 de la referida Ley.
  • Transcurrido el plazo para subsanar, se dictará resolución declarando el archivo de las solicitudes no subsanadas, y la inadmisión en los casos en que corresponda.
  • Los escritos mediante los que las personas interesadas efectúen la subsanación deberá presentarse, al igual que la solicitud, en el Registro Electrónico General del Ayuntamiento de Torremolinos. 8º.- Criterios objetivos para la concesión de la subvención. Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los logros y/o participación en competiciones oficiales en las temporadas deportivas de 2025/2026. Se ponderará hasta un máximo de 30 puntos. Lista de Campeonatos Valoración
  • Reconocimiento internacional: Carácter internacional y reconocimiento dentro del sector deportivo correspondiente, apoyado por la prensa especializada.
  • Organización estable: Consolidación mínima de cinco ediciones realizadas.
  • Alto nivel competitivo: Participación de deportistas internacionales de alto nivel, demostrable mediante clasificaciones u otros indicadores.
  • Cobertura mediática: Impacto mediático o reconocimiento institucional, deportivo o social.
  • Resultados oficiales: Disponibilidad de resultados oficiales y públicos. Al puntuar cada uno de los deportistas aspirantes solo se puntuará un resultado por campeonato, tomando siempre el de la categoría más alta obtenida. La asignación financiera se otorgará en función del precio por punto resultante de dividir el importe total de la subvención por programa entre el total de puntos obtenidos por los solicitantes. 9º.- Órganos competentes.
  • El órgano competente para la instrucción el procedimiento será, con la asistencia del personal de la Delegación de Deportes, la persona que desempeñe el puesto de T.A.G. en la Delegación de Deportes del Ayuntamiento de Torremolinos, a quien corresponderá la evaluación previa de las solicitudes, el análisis de las alegaciones y documentación presentada y la propuesta de resolución provisional. La propuesta de resolución definitiva se formulará al órgano concedente por el órgano colegiado a través del órgano instructor. Un órgano colegiado (Comisión de valoración) a definir, emitirá informe en el que se concrete el resultado de la evaluación de las solicitudes y formulará la propuesta de resolución definitiva al órgano concedente a través del órgano instructor.
  • El órgano competente para resolver será el Concejal Delegado de Deportes, de conformidad con la delegación realizada mediante Decreto n.º 2025-6503, de 09/05 /2025. 10º.- Tramitación.
  • La evaluación comprenderá el análisis y valoración de las solicitudes de acuerdo con los criterios establecidos en el punto octavo. En este trámite, el órgano competente para realizar la evaluación previa podrá realizar cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales se efectuará la evaluación.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • De esta forma, se consideran gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Inscripciones en competiciones oficiales.
  • De esta forma, se consideran gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Desplazamiento, alojamiento y manutención del deportista debidamente acreditados mediante la presentación de un calendario de competiciones y el justificante de participación en las mismas expedido por la federación.
  • De esta forma, se consideran gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Alquiler de instalación (entrenamiento).
  • De esta forma, se consideran gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Adquisición de equipamientos deportivos necesarios para el desarrollo de la actividad objeto de subvención.
  • De esta forma, se consideran gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Gastos federativos de mutualidades, licencias y otros derechos de participación.
  • De esta forma, se consideran gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Facturas por los servicios profesionales prestados por entrenadores, servicio médico y otros que deriven de la actividad subvencionada.
  • De esta forma, se consideran gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Otros directamente relacionados con los gastos derivados de la participación en competiciones oficiales.
  • Se podrán compensar todos los gastos subvencionables. · eligible
    Las actividades subvencionables deberán haberse realizado en la temporada . La temporada deportiva abarcará doce meses naturalesdeportiva 2026/2027 consecutivos comenzando en el mes de septiembre.
  • Se podrán compensar todos los gastos subvencionables. · eligible
    Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Aquellos gastos derivados de salarios o compensaciones económicas del deportista individual o de quienes integren el equipo.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Los intereses, recargos y sanciones deportivas, administrativas y penales.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Los gastos de procedimientos judiciales.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Material de publicidad y propaganda.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Gastos de relaciones públicas.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Compra de bienes destinados a la venta.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Protocolo, atenciones personales ni gastos de galas o celebraciones.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Cualquier otro no relacionado directamente con los gastos derivados de la participación en competiciones oficiales.
  • Los tributos son gastos subvencionables cuando la persona beneficiaria de la subvención los abone efectivamente. En ning · eligible
    Las solicitudes, de conformidad con lo previsto en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, se presentarán electrónicamente en el Registro Electrónico General del Ayuntamiento de Torremolinos al que se puede acceder por la sede electrónica municipal en la que se habilitará elhttps://torremolinos.sedelectronica.es/info.0 siguiente trámite: .solicitud de subvención para la promoción del deporte
  • Los tributos son gastos subvencionables cuando la persona beneficiaria de la subvención los abone efectivamente. En ning · eligible
    Los documentos que deberán presentarse son los siguientes:

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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