Personas jurídicasES707 - La Palma

Subvención prevista en la aplicación presupuestaria 3410.48923 del presupuesto de gastos del Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma en el ejercicio 2026 a favor de la entidad SD Tenisca

general, debe ser tutelado y fomentado por los poderes públicos aportando los medios necesarios para estimular el fomento del deporte, la preparación técnica y el apoyo científico y técnico a los deportistas así como su plena integración social y profesional, máxime cuando la Ley Territorial 1/2019, de 30 de enero, de la actividad física y el deporte de Canarias, consagra como principios generales en la organización institucional del deporte en Canarias los de descentralización, coordinación, cooperación y eficiencia en el ejercicio de sus respectivas competencias por las Administraciones Públicas de Canarias y participación y colaboración de las Entidades Deportivas y de cualesquiera otras…

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES707 - La Palma. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE LA PALMA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • documentation
    Memoria y presupuesto del proyecto deportivo 2025/2026.
  • documentation
    Certificados de estar al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • documentation
    Consta en el expediente declaración responsable de haber recibido ayuda económica para sufragar los gastos contemplados en el proyecto y declaración responsable de que la entidad no se halla incursa en causa alguna de prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones Asimismo, se ha incorporado al expediente informe de la Tesorería de esta entidad por el que se acredita que no consta deuda pendiente de ingreso con cargo a la entidad beneficiaria.
  • documentation
    Los artículos 21, 25 y 72 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
  • documentation
    Los artículos 10, 11 y 31 de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de municipios de Canarias.
  • documentation
    Los artículos 9.2, 22.2, 28, 30 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • documentation
    Los artículos 55 y 65 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. - El Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas.
  • documentation
    Firmado por: ASIER ANTONA GÓMEZ - Alcalde\sa - Presidente Fecha: 19-06-2026 09:01:28 NOELIA LORENZO MORERA - Secretario\a General Fecha: 19-06-2026 10:15:12 Registrado en: DECRETOS - Nº: 1826/2026 Fecha: 19-06-2026 10:15 Nº expediente administrativo: 3528/2026 Código Seguro de Verificación (CSV): B438A9063A584625B02E76B04EA0AC36 Comprobación CSV: https://sede.santacruzdelapalma.es/home/validador/B438A9063A584625B02E76B04EA0AC36 Fecha de sellado electrónico: 19-06-2026 10:15:27 Fecha de emisión de esta copia: 20-07-2026 08:28:54 Tercero. - En cuanto al procedimiento para la concesión de subvenciones, el artículo 22.2 LGS establece la posibilidad de conceder de forma directa aquellas subvenciones previstas nominativamente en los Presupuestos Generales de las Entidades Locales. El citado precepto establece que “2. Podrán concederse
  • documentation
    000,00 euros, a la entidad “Sociedad Deportiva Tenisca”, con CIF G-38022190. SEGUNDO. Otorgar la subvención prevista nominativamente en la aplicación presupuestaria
  • documentation
    48923 del presupuesto de gastos de la Corporación para el ejercicio 2026 a favor de la entidad “Sociedad Deportiva Tenisca”, con CIF G-38022190 por un importe de 45.000 euros. TERCERO. Autorizar, disponer y reconocer y liquidar la obligación de la cantidad de 45.000 euros a favor de la Entidad “Sociedad Deportiva Tenisca”, con CIF G-38022190 con cargo a la aplicación presupuestaria citada en el apartado anterior.
  • documentation
    NORMATIVA APLICABLE: Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Reglamento de desarrollo aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, Bases de Ejecución del Presupuesto de la Corporación para el ejercicio 2022 y Ordenanza General de Reguladora de las Subvenciones para finalidades culturales, turísticas, deportivas, docentes, juveniles, sanitarias, medio ambiente, de cooperación, participación vecinal, consumo, servicios sociales y otras (BOP núm. 56, martes 12 de abril de 2005).
  • documentation
    Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades deportivas realizadas en la temporada. Esta memoria irá firmada por el Presidente de la entidad.
  • documentation
    Una memoria económica, relativa a la totalidad de los gastos e ingresos correspondientes al período o proyecto subvencionado, en la que se especifique el importe, procedencia e imputación de los fondos recibidos a los gastos realizados, firmada por el Presidente de la entidad beneficiaria de la subvención,
  • documentation
    Las facturas o documentos de valor probatorio equivalentes en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa comprensivas de los gastos financiados con cargo a la presente subvención.
  • documentation
    Los documentos acreditativos del pago. Las facturas habrán de ser originales y dar cumplimiento a los requisitos establecidos en el Reglamento de facturación (R.D. 161972012, de 30 de noviembre). Las facturas deberán contener al
  • documentation
    Identificación clara tanto del proveedor como del cliente (NIF/CIF, nombre y apellidos, denominación social y dirección completa).
  • documentation
    Lugar y fecha de expedición.
  • documentation
    Descripción suficiente de las operaciones junto con su importe individualizado sin impuestos y la forma de pago.
  • documentation
    Impuestos que procedan con indicación del tipo de gravamen y cuota resultado, ajustados a la normativa del IGIC.
  • documentation
    Retenciones aplicables, a justadas a la normativa del IRPF. Las facturas que no contengan todos y cada uno de los datos arriba reseñados no serán tenidas en cuenta como gastos subvencionables. Las facturas deberán ir acompañadas de la documentación acreditativa del pago de las mismas de la

Gastos y actuaciones

  • GASTOS SUBVENCIONABLES : Tendrán consideración de gastos subvencionables los · eligible
    Licencias federativas y seguros.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES : Tendrán consideración de gastos subvencionables los · eligible
    Gastos de personal técnico y deportivo.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES : Tendrán consideración de gastos subvencionables los · eligible
    Gastos de arbitraje.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES : Tendrán consideración de gastos subvencionables los · eligible
    Gastos en dietas y alojamiento de deportistas y técnicos.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES : Tendrán consideración de gastos subvencionables los · eligible
    Gastos de desplazamiento no subvencionados por otras Administraciones Públicas.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES : Tendrán consideración de gastos subvencionables los · eligible
    Gastos por inscripción en competiciones oficiales.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES : Tendrán consideración de gastos subvencionables los · eligible
    Equipamiento y material deportivo.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES : Tendrán consideración de gastos subvencionables los · eligible
    Gastos de atención médica y rehabilitación.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES : Tendrán consideración de gastos subvencionables los · eligible
    Gastos de asistencia técnica (entrenadores, monitores y especialistas).
  • GASTOS SUBVENCIONABLES : Tendrán consideración de gastos subvencionables los · eligible
    Gastos de mantenimiento de inmuebles, elementos de transporte o maquinaria.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES : Tendrán consideración de gastos subvencionables los · eligible
    Gastos de publicidad.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES : Tendrán consideración de gastos subvencionables los · eligible
    Cualesquiera otros que estén relacionados directamente con la participación en la liga de Futbol. En ningún caso serán subvencionados los gastos que se destinen a celebraciones, comidas de hermandad y otras de semejante naturaleza, así como los derivados de actividades que vulneren los valores del deporte. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas de acuerdo con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES : Tendrán consideración de gastos subvencionables los · eligible
    PLAZO PARA LA REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD SUBVENCIONADA: del 15 de julio de 2025 al 14 de julio de 2026.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES : Tendrán consideración de gastos subvencionables los · eligible
    PLAZO PARA JUSTIFICAR LA SUBVENCIÓN : La entidad beneficiaria está obligada a justificar los fondos percibidos en el plazo máximo de DOS (2) MESES desde la finalización del plazo establecido para la realización de la actividad.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES : Tendrán consideración de gastos subvencionables los · eligible
    FORMA DE JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN: Se justificará mediante la aportación de
  • GASTOS SUBVENCIONABLES : Tendrán consideración de gastos subvencionables los · eligible
    Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades deportivas realizadas en la temporada. Esta memoria irá firmada por el Presidente de la entidad.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES : Tendrán consideración de gastos subvencionables los · eligible
    Una memoria económica, relativa a la totalidad de los gastos e ingresos correspondientes al período o proyecto subvencionado, en la que se especifique el importe, procedencia e imputación de los fondos recibidos a los gastos realizados, firmada por el Presidente de la entidad beneficiaria de la subvención,
  • GASTOS SUBVENCIONABLES : Tendrán consideración de gastos subvencionables los · eligible
    Las facturas o documentos de valor probatorio equivalentes en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa comprensivas de los gastos financiados con cargo a la presente subvención.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES : Tendrán consideración de gastos subvencionables los · eligible
    Los documentos acreditativos del pago. Las facturas habrán de ser originales y dar cumplimiento a los requisitos establecidos en el Reglamento de facturación (R.D. 161972012, de 30 de noviembre). Las facturas deberán contener al
  • GASTOS SUBVENCIONABLES : Tendrán consideración de gastos subvencionables los · eligible
    Identificación clara tanto del proveedor como del cliente (NIF/CIF, nombre y apellidos, denominación social y dirección completa).

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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general, debe ser tutelado y fomentado por los poderes públicos aportando los medios necesarios para estimular el fomento del deporte, la preparación técnica y el apoyo científico y técnico a los deportistas así como su plena integración social y profesional, máxime cuando la Ley Territorial 1/2019, de 30 de enero, de la actividad física y el deporte de Canarias, consagra como principios generales en la organización institucional del deporte en Canarias los de descentralización, coordinación, cooperación y eficiencia en el ejercicio de sus respectivas competencias por las Administraciones Públicas de Canarias y participación y colaboración de las Entidades Deportivas y de cualesquiera otras Entidades Públicas o Privadas. Con el fin de conseguir una mayor eficacia en la utilización de los fondos públicos en el deporte, la Administración Local, en aras del principio de colaboración, podrá estimular las acciones desarrolladas por el sector privado pues el modelo deportivo definido en la Ley Canaria del Deporte es el resultado de la complementariedad entre el sector público y el privado de la organización deportiva, siendo la participación de los deportistas y el éxito de toda política de fomento y ordenación del deporte. Por ello, el objeto de la presente subvención es el de apoyar económicamente a la entidad beneficiaria para su participación en competiciones nacionales y regionales; para el sostenimiento de sus equipos de base, así como para el mantenimiento de las infraestructuras deportivas con las que cuenta.