Personas físicasES21 - PAIS VASCO

Subvención para la retirada de amianto.

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES21 - PAIS VASCO. La gestiona AYUNTAMIENTO IRUÑA OKA/IRUÑA DE OCA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

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    - OBJETO.- Constituye el objeto de estas bases fijar los criterios y regular el procedimiento para el otorgamiento de subvenciones para sufragar los costes económicos de retirada de amianto por empresa autorizada inscrita en el Registro de Empresas con Riesgo por Amianto (RERA) , cuando se realicen en el municipio obras que impliquen reparación o sustitución de amianto por otro material diferente.
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    - PERSONAS BENEFICIARIAS.- Serán beneficiarias las personas físicas mayores de edad y comunidad es de propietarios , que
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    - Que las obras para las que se solicita la subvención se ejecuten dentro del término municipal de Iruña de Oca durante el periodo comprendido entre el 16 de diciembre 2025 y el 1 de diciembre de 2026.
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    - Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Iruña de Oca.
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    - PROCEDIMIENTO DE CONCESION
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    1.- Las subvenciones a las que hacen referencia estas bases tienen carácter voluntario y eventual; no generan ningún derecho a la obtención de subvenciones en años posteriores, no podrán alegarse como precedente y tienen carácter no devolutivo.
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    2.- El procedimiento para el otorgamiento de las subvenciones previstas en estas bases será el de concurrencia pública no competitiva, en base al orden cronológico de presentación de la solicitud completa y debidamente justificada.
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    - CUANTIA DE LA SUBVENCION.- La cuantía máxima destinada a atender estas subvenciones no podrá ser superior a 25.000,00 € del vigente presupuesto municipal del año 2026. El gasto de esta convocatoria se imputará con cargo a la aplicación presupuestaria número
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    434.000 del presupuesto general de 2026.
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    1.- Las actuaciones objeto de subvención contempladas en la presente convocatoria deberán estar realizadas dentro del periodo comprendido entre el 16 de diciembre 202 5 y el 1 de diciembre de 2026.
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    2.-Para la determinación del momento exacto de ejecución de las diferentes actividades subvencionables, se tendrá en cuenta la fecha de las facturas justificativas de la inversión realizada, de acuerdo con lo dispuesto en esta convocatoria y demás normas de aplicación.
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    - PRESENTACION Y PLAZO.- El plazo para la presentación de solicitudes, se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria de las bases en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava y permanecerá abierto hasta el 1 de diciembre de 2026.
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    Se deberá presentar la siguiente documentación:
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    Impreso de solicitud cumplimentado (Anexo I)
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    Fotocopia del DNI o CIF del solicitante.
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    Factura emitida por la empresa acreditada en el Registro de Empresas con Riesgos por Amianto (RERA) y justificante de pago de la misma.
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    Certificado por parte de empresa acreditada en el Registro de Empresas con Riesgos por Amianto (RERA) que se ha realizado la gestión de residuos.
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    Licencia municipal de obras. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General del Ayuntamiento de Iruña de Oca o en la forma establecida en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El orden de prelación se determinará por la fecha y hora de presentación de la solicitud completa, esto es, aquella que venga acompañada de toda la documentación exigida. Las solicitudes incompletas no adquirirán dicho orden de prelación hasta que se haya subsanado la documentación exigida. En el supuesto de que las solicitudes formuladas no reúnan los requisitos enunciados, este Ayuntamiento requerirá a los interesados para que en un plazo de 10 días subsanen las anomalías advertidas, procediéndose en caso contrario, al archivo de la solicit ud, debiendo entenderse desistida su petición, sin más trámites.
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    - ESTUDIO Y RESOLUCION DE SOLICITUDES.-
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    1.-Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se procederá a redactar, por la Alcaldía- Presidencia u órgano competente, la propuesta de concesión de estas subvenciones que, en todo caso, se realizará, conforme al orden cronológico de presentación de las solicitudes completas. En caso de que el crédito disponible en la aplicación presupuestaria indicada resulte insuficiente para atender todas las solicitudes presentadas, aquellas que no puedan ser subvencionadas por falta de disponibilidad presupuestaria tendrán carácter prefere nte en una eventual convocatoria de subvenciones que pudiera aprobarse para el ejercicio 2027.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad