SUBVENCIÓN NOMINATIVA YMCA PARA ACTIVIDADES DEPORTIVAS PARA JÓVENES DE TOLEDO

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Jóvenes. Su ámbito territorial es ES425 - Toledo. La gestiona AYUNTAMIENTO DE TOLEDO.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas, Jóvenes.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 3.500,00 €. Inicio: 30/01/2026. Plazo: Fin: 27/11/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • - Acreditar ante el Ayuntamiento, el destino de la subvención a la f inalidad para la que se ha otorgado.
  • - En toda la documentación y publicidad que se realice del objeto d e la subvención se harÆ constar que el mismo cuenta con la subvención de l Excmo. Ayuntamiento de Toledo.
  • - Ejecutar las actividades, cuyos fines se especifican en el proyecto adj unto, en la forma, condiciones y plazos establecidos. Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento de Toledo - https://sede.toledo.es - Código Seguro de Verificación: 45071IDDOC2E591228F83455D42A2
  • -Facilitar cuanta información le sea requerida por el Ayuntamiento
  • -DeberÆ adoptar las medidas oportunas para preservar la confidencialidad de los datos sobre los usuarios, conforme a la Ley OrgÆnica 3/2018, de cinco de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
  • -Colaborar con el Ayuntamiento en las actividades organizadas y propuestas por la Concejalía de Juventud en materia de medio ambiente.
  • SÉPTIMA.- RÉGIMEN DE JUSTIFICACION DE LA AYUDA Una vez realizada la actividad para la que se otorga la ayuda, la Entidad beneficiaria deberÆ presentar cuenta justificativa de la subvención en los tØrminos previstos en el artículo 75.2 de Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento la Ley General de Subvenciones.
  • Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
  • Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. En caso de que la subven ción se otorgue con arreglo a un presupuesto estimado, se indicarÆn las desviaciones acaecidas.
  • Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
  • En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos
  • Documentación acreditativa de que se han solicitado tres ofertas de diferentes proveedores, en los supuestos previstos en el artículo 31.3 de la LGS.
  • siguiente forma: Un primer pago del 50% a la firma del presente Convenio. Un segundo pago, hasta completar el 100% de la subvención, una ve z acreditado el pago efectivo de los gastos incluidos en la justificación. La justificación se realizarÆ con antelación suficiente para hacer presupuestariamente posible la realización del segundo pago de la subve nción (el ejercicio económico suele cerrarse a primeros del mes de diciembre). En caso de no presentar en tiempo y forma la justificación, perderÆn el d erecho a reclamar el segundo pago (sin perjuicio de la obligatoria justific ación económica y/o del reintegro de la cantidad ya percibida, art. 37 de la Ley General de Subvenciones.
  • BENEFICIARIA En el caso de que la entidad beneficiaria reciba otras ayudas, debe rÆ dar conocimiento de Østas al Ayuntamiento de Toledo. En ningœn caso las ayudas concurrentes pueden superar el coste total de la actividad subvencionada. UNDÉCIMA.- Duración Los efectos económicos del presente Convenio y el período de imputació n de gastos se computarÆn desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2026.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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