Personas jurídicasES130 - Cantabria

Subvencion Nominativa Virgen del Mar

El presente convenio tiene como objeto establecer las condiciones en las que el Ayuntamiento de Santander concede una subvención nominativa, prevista en el Presupuesto General para 202 6, a la Hermandad Virgen del Mar, con la finalidad de articular la colaboración en una actividad de interés mutuo, al objeto de mantener y promover las tradicionales fiestas en honor a la Virgen del Mar.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES130 - Cantabria. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SANTANDER.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 18.000,00 €. Inicio: 03/08/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Aportación económica: El Ayuntamiento de Santander, en desarrollo del presente Convenio, concederá una subvención nominativa a la Hermandad de la Virgen del Mar, por importe de DICIOCHO MIL EUROS ( 18.000 €), con destino a la financiación del proyecto anteriormente mencionado , con cargo a la partida 01010 3380 48001 y con destino a financiar los actos conmemorativos de la festividad de la Virgen del Mar 2026, RC 220260010750 La subvención se abonará, previa justificación del proyecto objeto del presente convenio presentándose una memoria descriptiva de la actividad realizada y la ap ortación de los correspondientes justificantes de gasto. b0000098a33b1508d7507ea2f1070a25L
  • Conceder las autorizaciones y permisos que resulten necesarios para la organización de las fiestas. Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto la Hermandad, deberá tramitar y obtener la correspondiente licencia y/o autorización según lo previsto en la Ley de Cantabria 3/2017, de 5 de abril., de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
  • Disponer el operativo de la Policia Local y Policia de Gala, para el acompañamiento durante la misa.
  • Préstamo de vallas, templetes para las orquestas y cortavientos para el altar de la misa.
  • Entrega de banderas de España, Cantabria y Santander.
  • Limpieza de la Isla, previa y posterior a la celebración del día grande de las fiestas.
  • La Hermandad de la Virgen del Mar, deberá justificar el destino dado a la subvención, de conformidad con el artículo 30 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El presente convenio tiene como objeto establecer las condiciones en las que el Ayuntamiento de Santander concede una subvención nominativa, prevista en el Presupuesto General para 202 6, a la Hermandad Virgen del Mar, con la finalidad de articular la colaboración en una actividad de interés mutuo, al objeto de mantener y promover las tradicionales fiestas en honor a la Virgen del Mar.